Norma Legal Oficial del día 09 de julio del año 2008 (09/07/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 67

El Peruano MORDAZA, miercoles 9 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES
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servicios publicos de su responsabilidad, en MORDAZA con las politicas y planes nacionales y regionales de desarrollo; Que, el literal c) del articulo 19° del Decreto Supremo Nº 083 ­ 2004 ­ PCM, Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado establece que se encuentran exoneradas de los procesos de seleccion (procesos de licitacion publica, concurso publico, adjudicacion de menor cuantia) las adquisiciones y contrataciones, que se realicen en situacion de emergencia o de desabastecimiento inminente declaradas de conformidad a la presente ley, senalando el literal a) y c) del articulo 20° que dispone que las exoneraciones deberan ser aprobadas mediante la Resolucion del Titular de la Entidad o mediante Acuerdo de Concejo la misma que requiere de un informe tecnico ­ legal; asimismo, se indica que una MORDAZA de la misma y del informe o informes que la sustenten deben remitirse a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, bajo responsabilidad del titular del pliego, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la publicacion; Que en ese mismo sentido, el articulo 146° del Reglamento de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004PCM, establece que la resolucion que aprueba la exoneracion de un MORDAZA de seleccion, al MORDAZA de algunas de las causales, contenidas en el articulo 19° del Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, requiere obligatoriamente de uno o mas informes previos que contengan la justificacion y la procedencia y necesidad de la exoneracion; Que, asimismo el articulo 147° del Decreto Supremo Nº 084 ­ 2004 ­ PCM en el parrafo precedente prescribe que la resolucion que aprueba la exoneracion, excepto de los casos referidos en los incisos b) y d) del articulo 19° de la Ley, debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) dias Habiles siguientes a su emision o adopcion y adicionalmente debera publicarse en el SEACE; Que, mediante Informe Tecnico Nº 20 - 2008 ­ STDC/MDM, la Secretaria Tecnica de Defensa Civil justifica la necesidad de que se declare en situacion de emergencia el Cauce de los MORDAZA, Diques de Defensa Riberena, Captaciones, Vias ­ Carreteras vecinales del distrito de Marcabal y la gravedad del problema en las epocas de lluvia, donde genera el alto riesgo de danos y perdidas de la produccion y superficie MORDAZA del distrito de Marcabal asi como los accesos y vias de comunicacion, la Construccion, Mantenimiento y Rehabilitacion de estructuras de captacion, cauces entre otros; y brindar asistencia a la poblacion afectada en el distrito que comprende a sus comunidades y caserios por plazo establecido por ley y a las normas legales vigentes, y de Urgencia promover la adquisicion de maquinaria y Vehiculos: 1 Cargador Frontal de 180 HP a 220 HP, 1 volquete de 12 A 17 m3 de capacidad, 1 camioneta 4x4 doble cabina. Hasta por el monto de S/. 1'500,000.00 (Un millon quinientos mil y 00/100 nuevos soles), a fin de contrarrestar los problemas de salud, Agricultura, Economia, asi como propiciar el desarrollo sostenible de la MORDAZA, mejorando las condiciones de transporte y servicios dentro de un MORDAZA de eficiencia economica y preservacion del medio ambiente; La adquisicion de equipos y maquinaria servira ademas para la ejecucion de las obras de Saneamiento Basico, Irrigacion, Electrificacion, Reconstruccion de los Centros Educativos, Centro de Salud, Construccion y Mejoramiento de las carreteras de acceso, programadas en el periodo 2008 ­ 2009. En el ambito de la MORDAZA, no disponen de maquinarias y equipos para alquiler lo cual viene retrasando el cumplimiento de los objetivos y metas programadas en la ejecucion de obras y servicios, situacion que pone en grave riesgo la salud, la educacion y el normal desenvolvimiento socioeconomico de los pobladores; Que, mediante informe legal Nº 12 - 2008 ­ OAL/ MDM, de fecha 2 de MORDAZA del 2008 ha cumplido con emitir opinion favorable de acuerdo a lo establecido en el articulo 22° del Texto Unico Ordenado de la

Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, y el articulo 142° del Decreto Supremo Nº 084 ­ 2004 ­ PCM. Opinando por la procedencia del presente acuerdo. Que, de acuerdo a lo expuesto en los considerandos MORDAZA referidos, procede autorizar y exonerar del MORDAZA de seleccion correspondiente, las adquisiciones de maquinarias y equipos, por la causal prevista en el inciso c) del Articulo 19° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; De conformidad con lo dispuesto en los articulos 19°, 20° y 22° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, Aprobado por el D.S. Nº 083-2004-PCM y articulos 146º, 147º y 148º del reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S Nº 0842004-PCM y los documentos del visto que forman parte integrante del presente acuerdo y en uso de las facultades conferidas por el Art. 9° de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; SE ACORDO: Articulo 1°.- DECLARAR EN EMERGENCIA: el Cauce de los MORDAZA, Diques de Defensa Riberena, Captaciones, Vias ­ carreteras vecinales del distrito de Marcabal y la gravedad del problema en las epocas de lluvia, donde genera el alto riesgo de danos y perdidas de la produccion y superficie MORDAZA, asi como brindar asistencia a la poblacion afectada en el distrito que comprende a sus comunidades y caserios del distrito de Marcabal, provincia de MORDAZA MORDAZA, departamento de La MORDAZA, por un periodo de 60 dias contados a partir del dia siguiente de la publicacion del presente acuerdo. Articulo 2°.- Declarar en Situacion de Urgencia la adquisicion de maquinaria y vehiculos: 1 Cargador Frontal de 180 HP a 220 HP, 1 volquete de 12 A 17 m3 de capacidad, 1 camioneta 4x4 doble cabina, a fin de contrarrestar los problemas de salud, Agricultura, economia principalmente la Construccion, Mantenimiento y Rehabilitacion de estructuras de captacion, cauces entre otros, asi como propiciar el desarrollo sostenible de la MORDAZA, mejorando las condiciones de transporte y servicios dentro de un MORDAZA de eficiencia economica y preservacion del medio ambiente, conforme a los documentos precisados en la parte sustentatoria del presente Acuerdo. Articulo 3°.- Exonerar del MORDAZA de seleccion la adquisicion de la maquinaria y equipo siguientes: 1 Cargador Frontal de 180 HP a 220 HP, 1 volquetes de 12 A 17 m3 de capacidad, 1 camioneta 4x4 doble cabina, hasta el monto de S/. 1'500,000.00 (Un millon quinientos mil y 00/100 nuevos soles) el mismo que se efectuara conforme a los procedimientos previstos en los Arts. 19°, 20° y 22° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por D.S Nº 083-2004-PCM y su Reglamento Arts. 142º, 146º, 147º y 148º, aprobado mediante D.S. Nº 084-2004-PCM; afectandose a los fondos del canon minero. Articulo 4°.- Encargar a la Gerencia Municipal de la Municipalidad Distrital de MARCABAL, la adquisicion de la citada maquinaria pesada y vehiculo y el servicio correspondiente, en el MORDAZA de la normatividad del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento. Articulo 5°.- Autorizar amplia y suficientemente al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA del Concejo Distrital de MARCABAL, para que realice todos y cada uno de las gestiones y tramites, conducentes a la formalizacion y ejecucion del presente acuerdo. Articulo 6°.- Disponer la publicacion del presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano conforme al inciso c) del articulo 20° del Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, encargando a la Oficina de Administracion la publicacion del presente Acuerdo de Concejo en el Diario Oficial El Peruano, debiendo remitir MORDAZA del mismo y el informe que lo sustenta a la Contraloria General de la Republica y al Concejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado dentro de los 10 dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion las adquisiciones o contrataciones a que

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