Norma Legal Oficial del día 09 de julio del año 2008 (09/07/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

El Peruano MORDAZA, miercoles 9 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES
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respecto al Proyecto de Ordenanza que aprueba el MORDAZA Regimen de Aplicacion de Sanciones y el Cuadro de Infracciones y Sanciones en materia de Defensa Civil de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho; y, CONSIDERANDO:

Que el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley de Reforma Constitucional Ley Nº 27668, establece que las Municipalidades son Gobiernos Locales con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, el mismo que es recogido por el Articulo I del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades; Que, es obligacion de la Municipalidad Distrital a traves de su organo de linea de Defensa Civil cautelar la MORDAZA e integridad fisica de las personas, para lo cual debe hacer cumplir las disposiciones correctivas emanadas de las inspecciones tecnicas realizadas por el personal de Defensa Civil conforme a los Articulos 4º, 5º y 6º del Capitulo III, Titulo I y el Articulo 8º Capitulo I, Titulo II del Reglamento de Inspecciones Tecnicas de Seguridad en Defensa Civil aprobado por Decreto Supremo Nº 066-2007-PCM, y los Articulos 49º y 78º de la Ley Organiza de Municipalidades - Ley Nº 27972, y todas las normas pertinentes, debiendo aplicar las sanciones del caso a todos aquellos que incumplan las disposiciones contenidas en el MORDAZA Legal precitado; Que, los Articulos 5º y 6º del Capitulo III, Titulo I del Reglamento de Inspecciones Tecnicas de Seguridad en Defensa Civil aprobado por Decreto Supremo Nº 066-2007PCM, establece que las normas Tecnicas de Seguridad en Defensa Civil son de caracter obligatorio para los propietarios, conductores, administradores, apoderados y/o representantes de los objetos de inspeccion, lo cual sera verificado a traves de los procedimientos de ITSDC y Visitas de Defensa Civil; precisandose que las Normas de Seguridad en Defensa Civil estan establecidas en el Art. 6º del la referida MORDAZA legal; Que, el Articulo 8º Titulo II Capitulo I del Reglamento de Inspecciones de Seguridad en Defensa Civil, establece la obligatoriedad y oportunidad de las personas naturales y juridicas del Derecho Publico o Privado, Propietarias, Administradoras y/o Conductoras de los objetos de Inspeccion estan obligados a obtener el Certificado de Inspeccion Tecnica de Seguridad en Defensa Civil, para lo cual deberan solicitar la Inspeccion Tecnica de Seguridad en Defensa Civil correspondiente y renovar el mismo con la periodicidad que establezca el manual de Ejecucion de ITSDC; Que, los promotores, organizadores o responsable de un evento y/o espectaculo publico, deberan solicitar la ITDSC previa a la realizacion del espectaculo publico a la Sub. Gerencia de Defensa Civil de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho o ante el Organo competente del SINADECI segun las Normas establecidas; Que, mediante Ordenanza Nº 107, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 31.03.2007, se aprobo la Estructura Organica y Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho, creandose la Sub Gerencia de Defensa Civil, como ente encargado de hacer cumplir las disposiciones tecnicas emanadas de los dispositivos del Sistema Nacional de Defensa Civil; Que, el Reglamento de Organizacion y Funciones ­ ROF de la Municipalidad aprobado mediante Ordenanza Municipal Nº 107 de fecha 26.03.2007, preve en su Articulo 4º que la Corporacion Municipal tiene como finalidad promover el desarrollo integral y sostenible, asi como fomentar el bienestar y desarrollo de los vecinos en el ambito de su jurisdiccion; Estando a los fundamentos MORDAZA expuestos, y en uso de las facultades conferidas por el Articulo 9º y 40º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, a lo dispuesto en el Reglamento Interno de Concejo aprobado mediante Ordenanza Nº 134 y el Decreto Supremo Nº 066-2007-PCM, con el MORDAZA MAYORITARIO de los senores regidores y con la dispensa de lectura y tramite de aprobacion del acta, se aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL MORDAZA REGIMEN DE APLICACION DE SANCIONES Y EL CUADRO DE INFRACCIONES Y SANCIONES EN MATERIA DE DEFENSA CIVIL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO Articulo Primero.- APROBAR el Regimen de Aplicacion de Sanciones (RAS) y el Cuadro de Infracciones

y Sanciones (CIS) en Defensa Civil de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho, los mismos que forman parte Integrante de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- FACULTAR al Despacho de Alcaldia para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones reglamentarias y complementarias que se requieran para una mejor aplicacion de la presente Ordenanza. Articulo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo Economico a traves de la Sub Gerencia de Defensa Civil, la Sub Gerencia de Ejecutoria Coactiva Administrativa y demas areas pertinentes el cumplimiento de la presente Ordenanza. Articulo Cuarto.- Dejar sin efecto el Regimen de Aplicacion de Sanciones Administrativas (RASA) y el Cuadro de Infracciones y Sanciones (CUIS), en el extremo correspondiente al organo de linea de Defensa Civil aprobado mediante Ordenanza Nº 032, asi como cualquier otra MORDAZA o disposicion que se oponga a la presente Ordenanza. Articulo Quinto.- Derogar la Ordenanza Nº 111 y cualquier otras Normas que se opongan a la presente. Articulo Sexto.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el diario oficial El Peruano. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA REGIMEN DE APLICACION DE SANCIONES EN MATERIA DE DEFENSA CIVIL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Y NATURALEZA DE LAS INFRACCIONES Y SANCIONES Articulo 1º.- FINALIDAD Y AMBITO DE APLICACION La presente Ordenanza tiene como finalidad establecer el Procedimiento Administrativo de Deteccion de Infracciones, imposicion, ejecucion e impugnacion de aplicacion de sanciones a las infracciones de lo dispuesto a los Articulos 4º, 5º y 6º del Capitulo III, Titulo I y el Articulo 8º Capitulo I, Titulo II del Reglamento de Inspecciones Tecnicas de Seguridad en Defensa Civil aprobado por D.S. Nº 066-2007-PCM, y los articulos 49º y 78º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; asi como en las demas normas en lo que corresponda a Defensa Civil y las tipificadas en el Cuadro de Infracciones y Sanciones, en adelante "CIS" que forma parte de la presente Ordenanza. La presente Ordenanza es de aplicacion en la circunscripcion del Distrito de San MORDAZA de Lurigancho, aun cuando los infractores no presenten domicilio real y/o legal dentro de distrito. Articulo 2º.- TITULARIDAD DE LA COMPETENCIA SANCIONADORA Los procedimientos de fiscalizacion regulados en la presente Ordenanza, asi como, la atencion de los procedimientos administrativos originados de tales actos, son competencia de la Subgerencia de Defensa Civil de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho. La imposicion de sanciones en materia de Defensa Civil, es responsabilidad de la Subgerencia de Defensa Civil, dependiente de la Gerencia de Desarrollo Economico, de conformidad con las funciones asignadas en el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF). Para la imposicion de la sancion o sanciones, se tendra en consideracion la notificacion de infraccion que efectuen los inspectores tecnicos de la Subgerencia de Defensa Civil. Articulo 3º.- CONCEPTO DE INFRACCION Para los efectos de la presente Ordenanza, entiendase como infraccion toda conducta, accion u omision que implique el incumplimiento total o parcial de las Normas Tecnicas de Seguridad emanadas de INDECI, las

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