Norma Legal Oficial del día 21 de julio del año 2008 (21/07/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano MORDAZA, lunes 21 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES
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EL GERENTE DE OBRAS Y DESARROLLO MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO:

Visto, el Expediente Nº 107784-08 organizado por INVERSIONES BOREAL S.A.C., quien solicita la Acumulacion de Dos Lotes en una Unidad Predial. CONSIDERANDO:

Que, los dos Lotes signados como Lote 1 con un area de 650.00 m², ubicado con frente a la Av. MORDAZA Aramburu Nº 904 , Lote 2 con un area de 200.00 m² ubicado con frente a la MORDAZA las Tiendas Nº 306-310, Urb. Limatambo, Jurisdiccion Distrital de Surquillo; provincia y departamento de MORDAZA, es materia del presente procedimiento. Que, con el Informe aprobatorio de la Sub Gerencia de Obras Privadas y Catastro Nº 006-08/SCHU/GODU del 13/06/2008 en concordancia con el Reglamento Nacional de Construcciones; y cancelado los derechos por el concepto de ACUMULACION DE LOTES con el Recibo Nº 912068 de fecha 4/06/2008 pagado en la Tesoreria de la Municipalidad. Que, el recurrente ha cumplido con presentar los requisitos exigidos por el MORDAZA aprobado por la Ordenanza Nº 084/MDS; acompanando las Partidas Registrales Nº 49085991 , 41976888 , respectivamente; y los tres juegos de planos de Localizacion y Ubicacion (U-01) y de Acumulacion de Lotes (P-1), que obran en autos. Conforme a las atribuciones determinadas por el Reglamento Nacional de Construcciones; la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; y demas normas vigentes sobre la materia. SE RESUELVE:

Articulo Tercero.- Las caracteristicas que resultan del lote ACUMULADO de 850.00 m², con la Zonificacion CZ (Comercio Zonal), figuran en los Planos y Memoria Descriptiva anexos, que debidamente visados forman parte de la presente Resolucion. Articulo Cuarto.- Disponer la publicacion de esta Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, que corre a cargo del recurrente, que debe efectuarse dentro del plazo MORDAZA de 30 dias, a partir de su pertinente notificacion. Articulo Quinto.- Transcribase la presente Resolucion al Servicio de Parques de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA para la revision de los aportes que correspondan, asimismo, a la Oficina Registral de MORDAZA y Callao, para la Inscripcion Inmobiliaria segun ley; derivandose los actuados a la Sub Gerencia de Administracion Documentaria y Archivo, para los actos complementarios y archivamiento. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA GAILLOUR RONCAGLIOLO Gerente Gerencia de Obras y Desarrollo MORDAZA 228160-1

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BUENOS AIRES
Exoneran de MORDAZA de seleccion el proyecto de recuperacion de MORDAZA de captacion de los Sectores La Maravilla, San MORDAZA y La Pilca por situacion de emergencia
ACUERDO DE CONCEJO N° 01-2008/MDBA/CM Buenos Aires, 16 de junio del 2008 VISTOS: El Acuerdo de Consejo de fecha 27 de febrero del 2008, y; CONSIDERANDO: Que de conformidad con el articulo 194° de la Constitucion Politica del Estado, concordante con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades N°27972, las Municipalidades tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, el literal c) del articulo 19° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado ­ Decreto Supremo N° 083-2004-PCM, establece que estan exonerados de los procesos de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situacion de emergencia o desabastecimiento inminente declaradas de conformidad con dicha MORDAZA legal; Que, el articulo 22° de la referida Ley, establece que la situacion de emergencia, es aquella en que la entidad tiene que actuar de manera inmediata a causa de un acontecimiento catastrofico, de situaciones que supongan grave peligro de necesidad que afecten la defensa nacional; ello en concordancia con lo senalado por el articulo 142° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N° 084-2004-PCM, modificado por Decreto Supremo N° 137-2007-EF, donde se establece que "la situacion de emergencia es aquella en la cual la entidad tiene que actuar de manera inmediata a causa

Articulo Primero.- Aprobar la ACUMULACION del Lote 1: de 650.00 m², ubicado con frente a la Av. MORDAZA Aramburu Nº 904 , Lote 2 con un area de 200.00 m² ubicado con frente a la MORDAZA las Tiendas Nº 306-310, Urb. Limatambo, ; cuya area total constituye el Lote Acumulado de 850.00 m², de la Urb. Limatambo, del Distrito de Surquillo de la provincia y departamento de Lima. Articulo Segundo.- Acorde con los Planos de Localizacion y Ubicacion (U-01) y de la Acumulacion resultante (P-1), se aprueba la Acumulacion presentada cuya area ACUMULADA y/o Lote Matriz MORDAZA del Lote 1 y Lote 2 con los linderos y medidas perimetricas siguientes: LOTE 1: Zonificacion: CZ (Comercio Zonal). LOTE 1: 650.00 M2 Por el frente Por la derecha Por la izquierda Por el fondo Con la Av. Aramburu, con 25.00 ml. Con la MORDAZA Las Tiendas , con 26.00 ml. Con Propiedad de Terceros, con 26.00 ml.. Con el Lote 2, con 25.00 ml.

LOTE 2: Zonificacion: RDM. (Residencial Densidad Media). LOTE 2: 200.00 M2 Por el frente Por la derecha Por la izquierda Por el fondo Con la MORDAZA las Tiendas , con 8.00 ml. Con propiedad de terceros , con 25.00 ml. Con el lote 1 con 25.00 ml.. Con propiedad de terceros , con 8.00 ml.

LOTE ACUMULADO( LOTE 1 Y LOTE 2): Zonificacion: CZ (Comercio Zonal). AREA LOTE ACUMULADO: 850.00 m² Por el frente Con la Av. MORDAZA Aramburu con 25.00 ml. Por la derecha Con MORDAZA las Tiendas, con 34.00ml. Por la izquierda Con propiedad de terceros ,con 34.00 ml. Por el fondo Con Propiedad de terceros, con 25.00 ml.

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