Norma Legal Oficial del día 21 de julio del año 2008 (21/07/2008)


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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, lunes 21 de MORDAZA de 2008

prestacion de los servicios publicos de telecomunicaciones por el plazo de veinte (20) anos, en el area que comprende todo el territorio de la Republica del Peru, estableciendose como primer servicio a prestar, el servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable en la modalidad de cable alambrico u optico. Articulo 2º.- Aprobar el contrato de concesion a celebrarse con la empresa TELEVISION SATELITAL PLUS S.A.C., para la prestacion de los servicios publicos de telecomunicaciones, el que consta de veintiocho (28) clausulas y forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 3º.- Autorizar al Director General de Concesiones en Comunicaciones para que, en representacion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, suscriba el contrato de concesion que se aprueba en el articulo 2° de la presente resolucion, asi como, en caso cualquiera de las partes lo solicite, a firmar la elevacion a Escritura Publica del referido contrato y de las Adendas que se suscriban al mismo. Articulo 4º.- La concesion otorgada quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el contrato de concesion no es suscrito por la empresa solicitante en el plazo MORDAZA de sesenta (60) dias habiles computados a partir de la publicacion de la presente resolucion. Para la suscripcion debera cumplir previamente con el pago por derecho de concesion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones 228284-1

Propiedad Estatal, aprobado por Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, en adelante el Reglamento; Que, mediante el articulo 12º del TUO de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 013-93-TCC, se creo el FITEL, disponiendose que dicho fondo seria administrado por el Organismo Supervisor de Inversion Privada en Telecomunicaciones, en lo sucesivo OSIPTEL; Que, mediante Certificado de Donacion, del 8 de setiembre de 2006, la agencia de cooperacion tecnica alemana CIM, Centrum fur Internationale Migration und Entwicklung, ofrecio en donacion a favor de FITEL, cuatro (4) sets de computo con sus respectivos equipos de energia; Que, mediante Informe Nº 032-GF/2006, del 5 de octubre de 2006, la senorita Jutta Niemann indico que en representacion de la agencia de cooperacion tecnica alemana CIM, Centrum fur Internationale Migration und Entwicklung, adquirio los siguientes equipos: Cuatro (4) sets de computo con sus respectivos equipos de energia; asi como una (1) notebook, una (1) memoria USB de 1 Gb y un (1) proyector multimedia portatil. En el referido informe se senala que la citada agencia decidio ofrecer tales equipos en donacion a favor de FITEL; motivo por el cual y en calidad de anexos, adjunto la siguiente documentacion:

Aceptan donacion de bienes muebles efectuada a favor del FITEL
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 550-2008-MTC/03 MORDAZA, 16 de MORDAZA de 2008 VISTO: El Memorandum Nº 494-2008-MTC/24 de la Secretaria Tecnica del Fondo de Inversion en Telecomunicaciones ­ FITEL, por medio del cual solicita que se acepte la transferencia en la modalidad de donacion de los bienes muebles, efectuada por la agencia de cooperacion tecnica alemana CIM, Centrum fur Internationale Migration und Entwicklung; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con la Cuarta Disposicion Transitoria de la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, los procedimientos administrativos iniciados MORDAZA de la entrada en vigencia de dicha ley, continuaran con el procedimiento que regia desde su inicio hasta su conclusion; Que, tratandose de la aceptacion de la donacion de bienes muebles a favor del Estado, el numeral 3.2.1 de la Directiva Nº 009-2002/SBN: "Procedimiento para la Donacion de Bienes Muebles dados de baja por las Entidades Publicas y para la Aceptacion de la Donacion de Bienes Muebles a favor del Estado" senala que una vez admitido a tramite el escrito de la oferta de donacion a favor del Estado, se entendera iniciado el procedimiento administrativo; Que, en atencion a lo expuesto y dado que la solicitud de la agencia de cooperacion tecnica alemana CIM, Centrum fur Internationale Migration und Entwicklung, de donar a favor del Fondo de Inversion en Telecomunicaciones, en adelante FITEL, determinados bienes muebles, ha sido formulada en el ano 2006, se tiene que la MORDAZA que resulta aplicable a este caso es el Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de

a) Certificado de Donacion, que lleva adjunto un detalle (caracteristicas tecnicas) de los equipos que han sido ofrecidos en calidad de donacion (Anexo 1). b) Listado de los equipos que han sido ofrecidos en calidad de donacion, en el cual se indica el valor de los mismos (Anexo 2). c) Declaracion jurada suscrita por la senorita Jutta Niemann, en la que indica que si bien en el Certificado de Donacion se senala que el proyector multimedia portatil consigna que su MORDAZA es SONY VPL-CS20; este fue cambiado por otro similar de MORDAZA Epson, modelo Power Lite, serie Nº GWUG650074F, valorizado en US$ 2 755.00, debido a que el proveedor no tenia en stock el modelo SONY inicialmente cotizado (Anexo 3). Que, mediante Acuerdo Nº 278/1012/06, el Consejo Directivo de OSIPTEL acordo aprobar la realizacion de los tramites destinados a aceptar la donacion de los equipos senalados en el Anexo 2 del Informe Nº 032-GF/2006, cuyo valor total asciende a US$ 23 740.79; Que, mediante el articulo 1º de la Ley Nº 28900, se otorgo a FITEL la calidad de persona juridica de derecho publico, adscribiendola al Sector Transportes y Comunicaciones. Asimismo, el articulo 5º de dicha MORDAZA dispuso que OSIPTEL debia transferir a FITEL todos los activos, pasivos, obligaciones y derechos contractuales derivados de los contratos de financiamiento vigentes, acervo documentario y toda la informacion pertinente a dicho fondo; Que, mediante Declaracion Jurada del 13 de diciembre de 2006, la senorita Jutta Niemann indico que la notebook Sony Vaio, con serie Nº 28197430 3103360, la memoria USB Sony Micro Vault y el proyector de la MORDAZA Epson, modelo Power Lite, serie Nº GWUG650074F, que sustituyo al proyector SONY VPL-CS20, fueron adquiridos con recursos provenientes de la agencia de cooperacion tecnica alemana CIM, Centrum fur Internationale Migration und Entwicklung; Que, mediante Oficio Nº 4286-2007-PCM/SG, se remitio a este Ministerio el expediente administrativo correspondiente a la donacion efectuada por la agencia de cooperacion tecnica alemana CIM, Centrum fur Internationale Migration und Entwicklung, toda vez que en atencion a lo senalado en el articulo 1º de la Ley Nº 28900, la aceptacion de dicha donacion corresponde que sea efectuada por este Ministerio; Que, mediante Informe Nº 588-2008-MTC/24, de la Secretaria Tecnica de FITEL, se ha senalado que de conformidad con lo indicado en el numeral 1.4.3 de la Directiva Nº 009-2002/SBN, corresponde a la Direccion General de Administracion de la entidad publica o a la que haga sus veces, iniciar las acciones para la aceptacion de los equipos donados a favor de la misma. En ese sentido,

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