Norma Legal Oficial del día 25 de junio del año 2008 (25/06/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

El Peruano MORDAZA, miercoles 25 de junio de 2008

NORMAS LEGALES
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de nacimiento, miembro habilitado del COP y tener por lo menos diez (10) anos de miembro del COP. Los impedimentos para ser Decano Regional son los mismos que para los del Decano Nacional. Articulo 43º.- Del Decano Regional. Son funciones y obligaciones del Decano Regional:

Articulo 47º.- De la Direccion General Regional. Son funciones y obligaciones de la Direccion General: 1. Actuar como Secretario de las sesiones ordinarias y extraordinarias del Consejo Regional y del Consejo Administrativo Regional. 2. Suscribir conjuntamente con el Decano Regional las actas de las sesiones ordinarias y extraordinarias del Consejo Regional y del Consejo Administrativo Regional, asi como la documentacion externa relacionadas con la Institucion. 3. Llevar los libros de actas de las sesiones ordinarias y extraordinarias del Consejo Regional y del Consejo Administrativo Regional. 4. Llevar los libros necesarios para el buen desenvolvimiento administrativo del Consejo Administrativo Regional. 5. Tramitar oportunamente todos los acuerdos del Consejo Regional y del Consejo Administrativo Regional. 6. Citar por disposicion del Decano Regional, a las sesiones ordinarias y extraordinarias del Consejo Regional y del Consejo Administrativo Regional. 7. Llevar el Registro de los Cirujanos Dentistas inscritos en el Colegio Regional, debidamente depurado. 8. Llevar/Mantener/Custodiar el archivo documentario de la Institucion. 9. Certificar la habilitacion profesional de los miembros de la orden. 10. Participar con voz y MORDAZA en el Consejo Regional. 11. Llevar el Registro de Peritos Odontologos de la Region. 12. Todas las demas atribuciones que le senale el presente Reglamento. Articulo 48º.- Del Director de Economia Regional. Son funciones y obligaciones del Director de Economia 1. Disenar y controlar las politicas y estrategias financieras y economicas de la Institucion, especialmente las estrategias de cobranza para los programas que generen ingresos. 2. Supervisar y coordinar las actividades de Tesoreria, Contabilidad, Cobranzas y Presupuestos, y en general de todo el movimiento economico del Colegio, para lo cual estara asesorado por un Contador Publico Colegiado y habil conforme a Ley. 3. Elaborar los presupuestos anuales, en colaboracion con los Directores, coordinadores de Programas, Comisiones y Organos Especializados. 4. Mantener y movilizar los fondos economicos entregados en administracion del Consejo Regional, mediante una o mas cuentas corrientes o cuentas especiales en entidades Bancarias, y mantener negociaciones con las mismas y otras entidades financieras, conjuntamente con el Decano Regional. 5. Firmar conjuntamente con el Decano Regional, o en ausencia de este, con el Vice Decano Regional, los documentos de pago, los libros de contabilidad y los estados financieros correspondientes. 6. Realizar arqueos inopinados por lo menos cada dos meses. 7. Custodiar la MORDAZA Fuerte y su contenido, y todo elemento de valor perteneciente a la Institucion. 8. Disponer el deposito en bancos de todo lo recaudado tanto en efectivo como en cheques, dentro de los cinco (05) dias laborables siguientes. 9. Disponer los cierres de MORDAZA diarios. 10. Disponer la preparacion de los flujos de caja. 11. Poner a disposicion de los Auditores y/o Peritos toda la informacion contable financiera que le sea requerida. 12. Elaborar y presentar el informe contable-financiero de la Institucion. 13. Llevar el registro de los libros contables de la Institucion. 14. Realizar, conjuntamente con el Director de Administracion inventarios fisicos por lo menos una vez al ano. 15. Llevar el Registro de la Cuota Societaria ordinaria y extraordinaria de los Colegiados. 16. Presentar trimestralmente al Consejo Administrativo Regional el Estado financiero de la Institucion. 17. Proponer al Consejo Regional lineamientos y estrategias que juzgue convenientes para incrementar las

1. Ejercer la Representacion legal del Colegio Odontologico del Peru dentro de su region con las atribuciones que le otorga el presente reglamento. 2. Convocar y presidir las sesiones ordinarias y extraordinarias del Consejo Administrativo Regional. 3. Convocar y presidir las sesiones ordinarias y extraordinarias del Consejo Administrativo Regional. 4. Representar al Colegio Regional, en todos los actos oficiales, publicos y/o particulares, de cuya asistencia e intervencion sea obligacion del Decano Regional, o delegar tal gestion al Vice Decano Regional o al Director que se designe. 5. Proponer al Consejo Administrativo Regional la conformacion de las comisiones y organos especializados regionales que fueren necesarios. 6. Exigir ante las autoridades correspondientes la fiel observancia de las garantias y derechos que le correspondan a los Cirujanos Dentistas en el ejercicio de su profesion en el ambito de su region. 7. Firmar conjuntamente con el Director de Economia los documentos de pago y estados financieros correspondientes. 8. Presentar al Consejo Regional para su aprobacion el Informe Memoria Anual de su gestion. 9. Suscribir conjuntamente con el Director General las actas de las sesiones ordinarias y extraordinarias del Consejo Regional y del Consejo Administrativo Regional, asi como la documentacion externa relacionadas con la Institucion. 10. Cumplir y hacer cumplir los acuerdos del Consejo Nacional, del Consejo Regional y del Consejo Administrativo Regional. 11. Recibir donaciones. 12. Informar al Consejo Nacional acerca de la gestion Institucional. 13. Generar convenios en el plano academico profesional y de cualquier otra naturaleza que beneficie a la institucion y presentarlos para su aprobacion al Consejo Regional. 14. Todas las demas atribuciones que le senale el presente Reglamento dentro de su jurisdiccion. Articulo 44º.- Requisitos e Impedimentos para ser Vice Decano Regional. Para ser elegido Vice Decano Regional se exigen los mismos requisitos que para ser elegido Decano Regional. Los impedimentos para ser Vice Decano Regional son los mismos que para los del Decano Regional. Articulo 45º.- Del Vice- Decano Regional. Son funciones y obligaciones del Vice Decano Regional: 1. Reemplazar al Decano Regional, en ausencia de este, asumiendo todas sus funciones. 2. Hacer cumplir el Codigo de Etica Profesional del COP. 3. Presidir el Comite de Medidas Disciplinarias del Colegio Regional. 4. Llevar el Libro de Registros de Procesos y Sanciones Disciplinarias. 5. Llevar el Registro de los Sentenciados por ejercicio ilegal de la profesion odontologica. 6. Mantener el Registro de Distinciones Honorificas. 7. Participar con voz y MORDAZA en el Consejo Regional. 8. Todas las demas obligaciones que se senale en el presente Reglamento.

Articulo 46º.- Requisitos e Impedimentos para ser Director Regional. Para ser elegido Director Regional del COP se exigen los mismos requisitos que para ser elegido Decano Regional, salvo la antiguedad de inscripcion de colegiatura que sera de cinco (05) anos. Los impedimentos para ser Director Regional son los mismos que para los del Decano Regional.

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