Norma Legal Oficial del día 16 de mayo del año 2008 (16/05/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, viernes 16 de MORDAZA de 2008

El Oficio N° 599-2008-GR.LAMB/PEOT-GG; y, solicita Regularizacion de MORDAZA de Seleccion; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio N° 599-2008-GR.LAMB/ PEOT-GG el Gerente General de Proyecto Olmos Tinajones solicita la regularizacion de la Exoneracion por Emergencia de la Restauracion Operativa y Mantenimiento de la Linea de Transmision 60Kv.Olmos Occidental, MORDAZA N° 253 arrasada por la aguas del Rio Olmos y caida a nivel del suelo totalmente deformada La MORDAZA N° 254. Que, mediante Resolucion Gerencial N° 214/2008. GR.LAMB/PEOT.GG de fecha 16 de MORDAZA del 2008 se aprueba la Exoneracion para la contratacion del Servicio "Trabajo de Emergencia para Restauracion Operativa y Mantenimiento de la Linea de Transmision 60KV., Olmos Occidental, MORDAZA N° 253 arrasada por las aguas del Rio Olmos y caida a nivel del suelo totalmente deformada La MORDAZA N° 1254. Que, mediante Resolucion Gerencial N° 217/2008. GR.LAMB/PEOT.GG de fecha 17 de MORDAZA del 2008 se aprueba la MORDAZA modificacion del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Proyecto Especial Olmos Tinajones, para el ejercicio fiscal 2008, para la inclusion del MORDAZA de Seleccion "Servicio de Reparacion de la Linea de Transmision 60KV., Olmos Occidental". Que, mediante Decreto Supremo N° 016-2008-PCM se declara el Estado de Emergencia por desastre natural den los departamentos de Tumbes, MORDAZA, MORDAZA y Ucayali. El Gobierno Regional de MORDAZA mediante Acuerdo Regional N° 028-2008-GR.LAMB/CR declara en Emergencia diversos distritos ubicados en la provincias de MORDAZA, Ferrenafe y Chiclayo. El inciso c) del Art.19 de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado establece que estan exonerado de procesos de seleccion los que se realicen en situacion de emergencia o de desabastecimiento inminente declarados de conformidad con la Ley mencionada, MORDAZA que tiene concordancia con el Art.142 de su Reglamento DS Nº 084-2004-PCM que establece que la situacion de emergencia es aquella en la cual la entidad tiene que actuar de manera inmediata a causa de acontecimiento catastroficos, de situaciones que suponen grave peligro o de necesidad que afecten la defensa nacional, debiendo la Entidad adquirir o contratar en forma directa lo estrictamente necesario para prevenir y atender desastres, asi como para satisfacer las necesidades sobrevinientes, despues de lo cual debera convocar los procesos de seleccion que corresponda. Que, la MORDAZA parte del Art.142 del reglamento establece que toda contratacion o adquisicion realizada para enfrentar una situacion de emergencia debera regularizarse dentro de los 10 dias habiles siguientes de efectuada la contratacion, incluyendo el MORDAZA en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Entidad, publicando la Resolucion o Acuerdo correspondiente, en el Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado-SEACE y en el Diario Oficial El Peruano, remitiendolo, junto con el informe tecnico legal sustentatorio, a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones de el Estado, asi como emitiendo los demas documentos contractuales que correspondan segun el estado de la ejecucion de las prestaciones. Estando al Oficio N° 599-2008.GR.LAMB/PEOTGG y a las facultades conferidas la Ley N° 27867 Ley Organica de Gobiernos Regionales y su modificatoria Ley N° 27902; SE RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR via Regularizacion, la realizacion del MORDAZA de Seleccion "Trabajo de Emergencia para Restauracion Operativa y Mantenimiento de la Linea de Transmision 60Kv., Olmos Tinajones, MORDAZA

N° 253 arrasada por las aguas del Rio Olmos, caida a nivel del suelo totalmente deformada La MORDAZA N° 254", en el Proyecto Especial Olmos Tinajones, por los fundamentos expuestos. Articulo Segundo.- Notificar la presente Resolucion de acuerdo a Ley. Registrese, comuniquese y archivese. YEHUDE MORDAZA MUNARO Presidente Regional 200662-1

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA

Ratifican Ordenanzas que fijan montos por derecho de emision mecanizada del impuesto predial y arbitrios en el distrito de Chaclacayo para el ejercicio 2008
ACUERDO DE CONCEJO Nº 193 MORDAZA, 29 de MORDAZA de 2008 Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 24 de MORDAZA del ano en curso el Oficio N° 001-090-004731 de la Jefatura del Servicio de Administracion Tributaria ­ SAT, sobre ratificacion de la Ordenanza 160, modificada por la Ordenanza N° 167, que fijan los montos por derecho de emision mecanizada del impuesto predial y arbitrios municipales en el Distrito de Chaclacayo correspondiente al ejercicio 2008. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 40° de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales deben ser ratificadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripcion, para su entrada en vigencia y exigibilidad. Que, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA mediante Ordenanza Nº 607 publicada el 24 de marzo de 2004, MORDAZA el procedimiento para la ratificacion de Ordenanzas tributarias de las Municipalidades Distritales de la Provincia de Lima. Que, la Municipalidad Distrital recurrente, en aplicacion y observancia de la normatividad vigente aprobo la Ordenanza, objeto de la ratificacion, remitiendola con tal fin a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, conjuntamente con la informacion y/o documentacion sustentatoria respectiva, la que tiene caracter de Declaracion Jurada, segun lo dispuesto por el Inc. b) del Articulo MORDAZA de la Ordenanza Nº 607MML, y consecuentemente el Servicio de Administracion Tributaria-SAT ha realizado el analisis tecnico y legal de la informacion y/o documentacion presentada por la referida Municipalidad Distrital, concluyendo segun Informe N° 004-082-00000792 de fecha 17 de MORDAZA del ano en curso, que procede la ratificacion de la mencionada Ordenanza, por cumplir los requisitos exigidos para tal efecto. De conformidad la referida normatividad, de acuerdo con las opiniones del Servicio de Administracion Tributaria-SAT y de la Comision Metropolitana de Asuntos Economicos y Organizacion en su Dictamen N° 091-2008MML-CMAEO, por sus fundamentos;

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