Norma Legal Oficial del día 16 de mayo del año 2008 (16/05/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano MORDAZA, viernes 16 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES
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ORDENANZA Nº 371-MDEA El MORDAZA, 8 de MORDAZA del 2008

372395

POR CUANTO: VISTO: En Sesion Ordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO:

Reducen costo de Carne de Sanidad

Que, el Art. 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley de Reforma Constitucional - Ley Nº 27680, en concordancia con lo establecido en el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que los Gobiernos Locales gozan de potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas y derechos municipales, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley; Que, la constitucion politica del Peru consagra como derecho fundamental de la persona humana el derecho a la identidad y siguiendo este lineamiento, el articulo 19º del Codigo Civil senala que toda persona tiene derecho y el deber de llevar un nombre que permita identificarlo e individualizarlo de los demas; y que en nuestro Distrito existen personas que por motivos economicos principalmente no han podido sacar su partida, consecuentemente carecen de documentos que los identifiquen y que les permita ejercer sus derechos civiles conforme lo establece la Ley; Que, mediante Ordenanza Nº 132-MDEA de fecha 31 de enero del 2002, se aprueba el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de El MORDAZA, conjuntamente con los derechos contenidos en el mismo documento; Que, la expedicion de la Partida de Nacimiento es un servicio que brinda la municipalidad y por cuyo derecho se paga S/. 16.42 (dieciseis con 42/100 nuevos soles), monto que resulta elevado teniendo en consideracion el poder economico promedio de los habitantes de El Agustino; es por ello que el Concejo, a fin de brindar comodidades a los administrados que asi lo requieran, debe acordar una rebaja sustancial sobre dicho concepto por un tiempo estimado de 30 dias; Que, de acuerdo al articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, mediante Ordenanza se crean, modifican, suprimen, o exoneran los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los limites establecidos por ley; y de conformidad con el articulo 9º numeral 9) de la citada MORDAZA, corresponde al concejo municipal crear, modificar, suprimir o exonerar las contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos conforme a ley; Estando a lo expuesto, en uso de las facultades que le confiere la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, el Concejo Municipal, y con dispensa del tramite de Comisiones, lectura y de aprobacion del Acta, con el MORDAZA UNANIME de los Regidores aprobo la siguiente Ordenanza: ORDENANZA DE REBAJA DEL COSTO DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO

EL MORDAZA DISTRITAL DE EL MORDAZA POR CUANTO: VISTO: En Sesion Ordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, el Art. 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley de Reforma Constitucional - Ley Nº 27680, en concordancia con lo establecido en el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que los Gobiernos Locales gozan de potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas y derechos municipales, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley; Que, de conformidad con lo establecido por el articulo 80º numeral 3, inciso 3.5 de la Ley Nº 27972­ Ley Organica de Municipalidades, las municipalidades distritales en materia de saneamiento, salubridad y salud, tienen la funcion de expedir carnes de sanidad; Que, mediante Ordenanza Nº 132-MDEA de fecha 31 de enero del 2002, se aprueba el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de El MORDAZA, conjuntamente con los derechos contenidos en el mismo documento; Que, la expedicion del Carne de Sanidad es un servicio que brinda la Municipalidad y por cuyo derecho se paga S/. 13.57 (trece con 75/100 nuevos soles), monto que resulta elevado teniendo en consideracion el poder economico promedio de los habitantes de El Agustino; es por ello que el Concejo, a fin de brindar comodidades a los administrados que asi lo requieran, debe acordar una rebaja sustancial sobre dicho concepto por un tiempo estimado de 60 dias; Que, de acuerdo al articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, mediante Ordenanza se crean, modifican, suprimen, o exoneran los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los limites establecidos por ley; y de conformidad con el articulo 9º numeral 9) de la citada MORDAZA, corresponde al concejo municipal crear, modificar, suprimir o exonerar las contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos conforme a ley; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades que le confiere la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, el Concejo Municipal, y con dispensa del tramite de Comisiones, lectura y de aprobacion del Acta, con el MORDAZA UNANIME de los Regidores aprobo la siguiente Ordenanza: ORDENANZA QUE REBAJA EL COSTO DEL CARNE DE SANIDAD Articulo 1º.- REBAJAR por el termino de sesenta (60) dias contados a partir de la fecha, el costo por Carne de Sanidad, de S/. 13.57 (trece con 57/100 nuevos soles) a S/. 7.00 (siete con 00/100 nuevos soles). Articulo 2º.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal el cumplimiento de la presente Ordenanza, a la Secretaria General su publicacion en el Diario Oficial El Peruano y poner en conocimiento a las demas oficinas de esta Municipalidad para su debido cumplimiento; y a la Unidad de Participacion Vecinal, Prensa, Relaciones Publicas y Protocolo su correspondiente difusion masiva. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 200687-3

Articulo 1º .- REBAJAR por el termino de treinta (30) dias contados a partir de la fecha, el costo por Partida de Nacimiento, de S/. 16.42 (dieciseis con 42/100 nuevos soles) a S/. 5.00 (cinco con 00/100 nuevos soles). Articulo 2º.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y a la Unidad de Registro Civil el cumplimiento de la presente Ordenanza. Articulo 3º.- ENCARGAR a la Secretaria General su publicacion en el Diario Oficial El Peruano y poner en conocimiento a las demas oficinas de esta Municipalidad para su debido cumplimiento; y a la Unidad de Participacion Vecinal, Prensa, Relaciones Publicas y Protocolo su correspondiente difusion masiva. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 200687-2

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