Norma Legal Oficial del día 22 de octubre del año 2008 (22/10/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano MORDAZA, miercoles 22 de octubre de 2008

NORMAS LEGALES
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humanas a las cuales compete atender, la seguridad de los locales donde reside la poblacion objetivo no puede ser una actividad accesoria, complementaria y/o administrativa; sino que viene ser una actividad de soporte y apoyo fundamental sin la cual no podrian prestarse en forma absolutamente normal los servicios en sus distintas Unidades Operativas; Que, en el MORDAZA de los hechos expuestos, la dacion de la Ley Nº 29427 ha generado una situacion que ha llevado en alguna medida a la Administracion del INABIF a no poder cubrir en forma real el servicio de vigilancia por determinado periodo, produciendose una situacion de desabastecimiento inminente que por la naturaleza del servicio afectaria las actividades u operaciones que el INABIF desarrolla de manera esencial; razon por la cual es indispensable una medida de excepcion para atender la necesidad real y contratar por el periodo necesario para remediar la situacion originada; Que, aun cuando se presentan elementos para atender una causal de desabastecimiento inminente como lo ha propuesto el Equipo de Trabajo de Logistica del INABIF es necesario que las instancias competentes puedan realizar las investigaciones y deslindes a que habria lugar respecto a la razonabilidad de los plazos empleados pues puede verse que desde la dacion de la Ley Nº 29247 el 25 de junio de 2008 hasta el pedido del expediente para reformulacion con Memorandum Nº 354-2008/INABIF-UA del 25 de MORDAZA de 2008 y la convocatoria del MORDAZA de seleccion segun Resolucion de Direccion Ejecutiva Nº 503 del 16 de setiembre de 2008, habrian transcurrido aproximadamente mas de 1 y 2 meses respectivamente; del mismo modo deberia analizarse la justificacion de la no continuacion del MORDAZA de seleccion con el solo requerimiento de los Hogares; y finalmente si ello obedece a un problema de planificacion considerando que el contrato de vigilancia segun lo expone el Jefe de Logistica del INABIF culminaria el 15 de octubre de 2008; De conformidad con lo dispuesto en los articulos 19º y 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, y los articulos 146º, 147º y 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004PCM; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar en situacion de desabastecimiento inminente el servicio de vigilancia del local Central del INABIF y sus Unidades Operativas, de conformidad con lo dispuesto en el literal c) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo Segundo.- Exonerar del MORDAZA de seleccion correspondiente para la contratacion del servicio de vigilancia del local Central del INABIF y sus Unidades Operativas, por un periodo de dos meses y medio o hasta un dia MORDAZA de la entrada en vigencia del contrato a suscribirse con la empresa postora que resulte finalmente beneficiada con la buena pro en el Concurso Publico Nº 001-2008-INABIF "Contratacion del Servicio de Vigilancia y de Seguridad para la Sede Central y las Unidades Operativas del INABIF", lo que ocurra primero, hasta por un monto de S/. 558,119.00 (Quinientos Cincuenta y Ocho Mil Ciento Diecinueve con 00/100 Nuevos Soles), incluidos los impuestos de ley y con cargo a la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios. Articulo Tercero.- Disponer que el INABIF a traves de la Unidad Organica correspondiente lleve a cabo las acciones inmediatas a fin de contratar el servicio respectivo de conformidad con la normatividad aplicable. Articulo Cuarto.- Remitir los actuados al funcionario a cargo de la Direccion Ejecutiva del INABIF para que disponga el inicio de las medidas conducentes al establecimiento de las responsabilidades administrativas, civiles y/o penales de los funcionarios o servidores publicos involucrados a que hubiera lugar por los hechos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Quinto.- Encargar a la Secretaria General del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social comunique el contenido de la presente resolucion y los informes tecnico y legal a la Contraloria General de la Republica

y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, dentro del plazo de diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de aprobacion de la presente Resolucion Ministerial. Articulo Sexto.- Encargar al INABIF la publicacion de la presente Resolucion en la pagina web de la Entidad y en el Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado ­ SEACE. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA VILDOSO MORDAZA Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 267880-1

Designan funcionaria responsable de entregar informacion publica solicitada y de la elaboracion del MORDAZA de internet del Programa Nacional Wawa Wasi
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 469-2008-MIMDES MORDAZA, 20 de octubre de 2008 CONSIDERANDO: Que, el articulo 1º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 27806 Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, establece que la citada Ley tiene por finalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la informacion, consagrado en el numeral 5 del articulo 2 de la Constitucion Politica del Peru; Que, el articulo 3 del mencionado Texto Unico Ordenado establece, entre otros, que todas las disposiciones de las entidades comprendidas en la Ley Nº 27806 estan sometidas al MORDAZA de publicidad, que el Estado adoptara medidas basicas que garanticen y promuevan la transparencia en la actuacion de las Entidades de la Administracion Publica y que dichas entidades tienen la obligacion de entregar la informacion que demanden las personas, en aplicacion del MORDAZA de publicidad, del mismo modo la entidad publica designara al funcionario responsable de entregar la informacion solicitada; Que, asimismo el articulo 5 del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 27806 senala que las entidades de la Administracion Publica estableceran progresivamente, de acuerdo a su presupuesto la difusion a traves de Internet de la informacion respecto a: Datos generales de la entidad de la Administracion Publica, la Informacion presupuestal, las adquisiciones de bienes y servicios que realicen, actividades oficiales que desarrollaran o desarrollaron los altos funcionarios de la respectiva entidad, y demas informacion adicional que la entidad considere pertinente, asimismo debera identificar al funcionario responsable de la elaboracion de los portales de Internet; Que, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES, establece en su articulo 79, entre otros, que son Programas Nacionales del MIMDES: El Programa Nacional Wawa Wasi; Que, en tal sentido, resulta necesario emitir el acto mediante el cual se designe a la funcionara responsable de entregar la informacion publica solicitada asi como elaborar el MORDAZA de Internet del Programa Nacional Wawa Wasi; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 27806 ­ Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, en la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, en la Ley Nº 27793 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social ­ MIMDES y su Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES;

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