Norma Legal Oficial del día 22 de octubre del año 2008 (22/10/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano MORDAZA, miercoles 22 de octubre de 2008

NORMAS LEGALES
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explotacion economica o con aptitud de MORDAZA (agraria) y menos con explotacion de ninguna naturaleza y menos agricola; c) No existen posesionarios; concluyendo que, revisado los archivos de la OPER TUMBES del ex PETT, se ha determinado que el area evaluada es de propiedad del Estado y forma parte del predio matriz denominado: "Quebrada Seca", que corre inscrito en la Ficha Nº 5932 de los Registros Publicos de Tumbes; Que, con el Informe Nº 002-2007-COFOPRI/OZTUMB del 03 de septiembre de 2007 y el Memorandum Nº 1519-2007 COFOPRI/OCD del 10 de diciembre de 2007, se pone de relevancia que: a) La revision de la Partida Electronica Nº 11012718 se advierte que el predio inscrito se independiza del predio de mayor extension denominado Quebrada Seca, inscrito en la Ficha Nº 5932, a favor de la Direccion General de Reforma Agraria y Asentamiento Rural (Estado); b) El Titulo Archivado Nº 2007-00001842 respecto a la descripcion del inmueble inscrito, consta la independizacion de un area de 10.1094 Hectareas como la Unidad Catastral Nº 7-5009560-010280 ubicado en el predio Quebrada Seca del MORDAZA de Quebrada - Bocapan - Casitas, Sector Quebrada Seca, distrito de Pampas Canoas de Punta Sal, provincia de Contralmirante MORDAZA y departamento de Tumbes a favor de MORDAZA de MORDAZA MORDAZA Lizano; c) De la revision del titulo archivado, se advierte la MORDAZA del Formulario "A", Inscripcion del Derecho de Posesion en Predios Rurales de propiedad del Estado o de particulares firmado por MORDAZA de MORDAZA MORDAZA Lozano; donde se hace constar que, realizada la Inspeccion ocular sobre el predio materia de inscripcion para verificar la explotacion economica, se determino como un terreno con labores de preparacion de suelos: Terrenos de Descanso 100%; d) Se advierte la MORDAZA del Anexo 001 al Formulario "A", en la Declaracion de Colindantes o Vecinos en donde intervienen MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, formularios autorizados por el abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA Mori; e) Sin embargo, dichos vecinos o supuestos colindantes no cuentan con el requisito de tener derecho de posesion o propiedad de predios rurales ubicados en la misma localidad; Que, respecto al Titulo Archivado 2007-000030979, en la misma Partida Electronica Nº 11012718, rubro: Descripcion del Inmueble Asiento B0002, consta una rectificacion de asiento de fecha 09 de MORDAZA del 2007, en el sentido que al predio anotado le corresponde un area de 12.0508 Hectareas y no de 10.1094 Hectareas, como inicialmente se inscribio; y de la revision del titulo archivado que dio merito a dicha inscripcion, se aprecia que el 05 de MORDAZA de 2007 la persona de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, presento una solicitud de inscripcion de titulo a las Oficinas de los Registros Publicos adjuntando el Oficio Nº 0444-2007-AG-PETT-OPER-TUMB del 11 de junio de 2007, suscrita por el abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA, solicitando rectificacion de medidas y linderos, se anexa un Certificado Catastral del 08 de junio de 2007 y el Informe Tecnico 283-2007-AG-PETT-OPER-TUMB/ dtb del 08 de junio de 2007, ambos suscritos por el Ing. MORDAZA Tomairo Berrocal; ademas de haberse hallado los siguientes vicios o irregularidades: a) En el mismo Titulo Archivado, se encuentran dos oficios signados con el mismo numero 0444-2007-AG-PETT-OPER-TUMB; uno fechado el 11 de junio de 2007, sobre rectificacion de medidas y linderos relativo al predio submateria, y otro de fecha 31 de MORDAZA de 2007, con el que subsana la observacion recaida en el titulo 2007-1843, respecto a la Unidad Catastral 7-5009560-010281; b) Los sellos del Responsable de Saneamiento Fisico utilizados en el Certificado Catastral de fecha 31 de MORDAZA de 2007, difieren de los empleados en el Certificado Catastral de fecha 08 de junio de 2007; asimismo los sellos del Jefe de la OPER Tumbes del ex PETT, empleados en los Oficios Nº 0444-2007-AG-PETT-OPER-TUMB de fechas 31 de MORDAZA de 2007 y 11 de junio de 2007, difieren entre si; c) Se advierte que tanto el Informe Tecnico 283-2007-AGPETT-OPER-TUMB/DTB del 08 de junio de 2007, como los Oficios Nº 0444-2007-AG-PETT-OPER-TUMB del 31 de MORDAZA de 2007 y 11 de junio de 2007, no obran fisicamente en el Expediente Administrativo submateria, ni en los archivos de la Sede Institucional; d) El Informe Tecnico Nº 283-007-AG-PETT-OPER-TUMB, que corre como

parte del Titulo Archivado que dio merito a la inscripcion de la Rectificacion de Area, es del 08 de junio de 2007, en tanto que la Inspeccion Ocular se practica el mismo dia e incluso el Certificado Catastral tambien se emite el mismo dia, cuando por el contrario, emitido el Informe Tecnico y realizada la Inspeccion Ocular, debia realizarse la publicacion por Cartel por el plazo de 30 dias, a fin que los interesados, si los hubiere, MORDAZA MORDAZA su derecho de oposicion; y vencido el mencionado plazo recien deberia expedirse el Certificado Catastral respectivo, conforme a lo previsto en el articulo 6 y siguientes del Decreto Legislativo Nº 667; Que, los Expedientes Administrativos elaborados para la emision de los "Certificados Catastrales", asi como para la asignacion de la Unidad Catastral Nº 7-5009560010280 se MORDAZA, emitio y asigno incumpliendo los requisitos y procedimientos establecidos en el Items Nºs. 10, 11 y 16 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del ex PETT aprobado por el Decreto Supremo Nº 010-2006-AG, ademas de incumplir lo dispuesto en los articulos 5, 20, 22 y 26 del Decreto Legislativo Nº 667 y su modificatoria hecha por la Ley Nº 27161, correspondiendo proceder y aplicar lo establecido en el numeral 32.3 del articulo 32 de la Ley Nº 27444; y aun cuando se MORDAZA incurrido en las causales de nulidad administrativas previstas en los articulos 10 y 202 de la Ley Nº 27444, sin embargo considerando que se trata de actos administrativos que causaron estado desde que se inscribe la ´"Independizacion Preventiva" de la Unidad Catastral Nº 7­5009560-010280 en la Partida Electronica Nº 11012718 de la Oficina Registral de Tumbes, asi como del Asiento de "rectificacion de area" en 12.0508 Hectareas; razon esencial por la que no procede se declare la Nulidad de Oficio en sede administrativa, correspondiendo interponer la demanda de Nulidad de Partida y Asiento Registral Via MORDAZA de Conocimiento en sede Judicial; Que, analizada la actuacion de los ex funcionarios y ex trabajadores del ex OPER TUMBES ­ PETT, asi como la participacion de los administrados o interesados y de los terceros (declarantes o testigos) en los hechos irregulares MORDAZA descritos, mediante el Informe Nº 083-2008COFOPRI/OAJ, se ha determinado que es necesario interponer denuncia penal ante el Ministerio Publico contra los ex funcionarios y ex trabajadores del ex PETT, quienes por su participacion y actuacion, en las diversas fases de la elaboracion de los Expedientes Administrativos, se encontrarian comprometidos en practicas ilegales, habiendo sido identificados como MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefe de la Oficina de la OPER TUMBES ­ PETT, MORDAZA Tomairo MORDAZA, ex Responsable de Saneamiento Fisico de la Oficina de la OPER TUMBES ­ PETT, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Responsable GIS de la Oficina de la OPER TUMBES ­ PETT, MORDAZA Armanza MORDAZA, ex Tecnico de MORDAZA de la Oficina de la OPER TUMBES ­ PETT, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Responsable Legal de la Oficina de la OPER TUMBES ­ PETT, por la presunta comision de los delitos de Usurpacion de Funciones, Abuso de Autoridad, Cohecho Pasivo Propio y Asociacion Ilicita para Delinquir, tipificados en los articulos 361, 376, 393 y 317 del Codigo Penal; asi mismo, en contra de MORDAZA de MORDAZA MORDAZA Lizano y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA por la presunta comision de los delitos de Cohecho Activo, Presentar Falsa Declaracion en MORDAZA Administrativo y Falsedad Ideologica, tipificados en los articulos 397, 411 y 428 del Codigo Penal; y en contra de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por la presunta comision del delito de Falsedad Ideologica, tipificado en el articulo 428 del Codigo Penal; Que, la Procuraduria Publica debera interponer la denuncia penal y en la etapa procesal correspondiente debera solicitar el pago de la Reparacion Civil pertinente al MORDAZA de lo dispuesto en los articulos 92, 93, 95, 99, 101 del Codigo Penal; Que, conforme a lo dispuesto en el articulo 47 de la Constitucion Politica del Peru, la Ley Nº 27792 ­ Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, el Decreto Ley Nº 17537 - Ley de Representacion y Defensa del Estado en asuntos judiciales, modificado por el Decreto Ley Nº 17667 y el

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