Norma Legal Oficial del día 22 de octubre del año 2008 (22/10/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano MORDAZA, miercoles 22 de octubre de 2008

NORMAS LEGALES
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General de la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Salud, Nivel F-5, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- Encargar a la abogada MORDAZA Desilu MORDAZA CHEMPEN, las funciones de Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Salud, Nivel F-5, en adicion a sus funciones de Asesora II del Despacho Ministerial de Salud. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 268037-3

Con la visacion de la Directora General (e) de la Oficina de Asesoria Juridica; y, De conformidad con el numeral 4 del articulo 11º de la Ley Nº 29158 ­ Ley Organica del Poder Ejecutivo; y, la Ley Nº 27594 - Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar a partir de la fecha, al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Viceministro de Promocion del Empleo y la Micro y Pequena Empresa del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo. Articulo 2º.- Dejar sin efecto la Resolucion Ministerial Nº 327-2008-TR. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA ELISBAN VILLASANTE MORDAZA Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo 268041-11

Designan Asesora II en el Despacho Viceministerial de Salud
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 746-2008/MINSA MORDAZA, 20 de octubre del 2008 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 528-2005/ MINSA del 8 de MORDAZA de 2005, se aprobo la modificacion y reordenamiento del Cuadro para Asignacion de Personal de la Administracion Central del Ministerio de Salud y en el Despacho Viceministerial de Salud se encuentra vacante el cargo y plaza de Asesor II, Nivel F-5; Que, por convenir al servicio resulta necesario designar a la profesional propuesta; Con la visacion del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico; articulo 77 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90PCM; literal b) del articulo 7º de la Ley Nº 29142, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008 y articulo 3º de la Ley Nº 27594, Ley que regula la Participacion del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designacion de Funcionarios Publicos; SE RESUELVE:

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Otorgan concesion unica a Cable Universal S.A.C para prestar servicios publicos de telecomunicaciones en area que comprende todo el territorio de la Republica
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 774-2008-MTC/03 MORDAZA, 17 de octubre de 2008 VISTA, la solicitud presentada con Expediente Nº 2008-028519 por la empresa CABLE UNIVERSAL S.A.C. sobre otorgamiento de concesion unica para la prestacion de los servicios publicos de telecomunicaciones, en todo el territorio de la Republica del Peru; indicando como servicio a prestar inicialmente el de distribucion de radiodifusion por cable en la modalidad de cable alambrico u optico; CONSIDERANDO:

Articulo Unico.- Designar a la abogada MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Asesor II, Nivel F-5, en el Despacho Viceministerial de Salud. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 268037-4

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Designan Viceministro de Promocion del Empleo y la Micro y Pequena Empresa
RESOLUCION SUPREMA N° 035-2008-TR MORDAZA, 21 de octubre de 2008 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Viceministro de Promocion del Empleo y la Micro y Pequena Empresa del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, siendo necesario designar al funcionario que lo ocupara;

Que, el inciso 3) del articulo 75° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, senala que corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones otorgar concesiones, autorizaciones, permisos y licencias en materia de telecomunicaciones; Que, el articulo 47° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, modificado por la Ley Nº 28737, senala que la concesion es el acto juridico mediante el cual el Estado concede a una persona natural o juridica la facultad de prestar servicios publicos de telecomunicaciones. El Ministerio otorgara concesion unica para la prestacion de todos los servicios publicos de telecomunicaciones, independientemente de la denominacion de estos contenida en la Ley o en su Reglamento, con excepcion de la concesion para Operador Independiente. La concesion se perfecciona mediante contrato escrito aprobado por resolucion del Titular del Sector; Que, adicionalmente, el citado articulo senala que las personas naturales o juridicas, titulares de una concesion unica, previamente deberan informar al Ministerio de Transportes y Comunicaciones los servicios publicos a brindar, sujetandose a los derechos y obligaciones

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