Norma Legal Oficial del día 15 de diciembre del año 2009 (15/12/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano MORDAZA, martes 15 de diciembre de 2009

NORMAS LEGALES

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recomendaciones derivadas de la Comisiones creadas por las Leyes Nº 27452 y Nº 27586, encargadas de revisar los ceses colectivos efectuados en las empresas del Estado sujetas a procesos de promocion de la inversion privada y en las entidades del Sector Publico y Gobiernos Locales; el Decreto Supremo Nº 071-2003-EF, que establece disposiciones reglamentarias al articulo 16º de la Ley Nº 27803, relativa al pago de compensacion economica; y el literal d) del articulo 12º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 173-2002-TR y sus normas modificatorias, complementarias y reglamentarias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el pago de la Compensacion Economica prevista por el articulo 3° de la Ley N° 27803, a los ex trabajadores incluidos en el Registro Nacional de Trabajadores Cesados Irregularmente inscritos con la publicacion de la Resolucion Suprema Nº 028-2009-TR que optaron por dicho beneficio y acreditaron su tiempo de servicios de acuerdo a Ley, cuyos nombres figuran en el anexo 1 de la presente resolucion ministerial. Articulo 2º.- Autorizar a la Oficina Financiera el pago de la Compensacion Economica prevista por el articulo 3° de la Ley N° 27803, a los ex trabajadores incluidos en el Registro Nacional de Trabajadores Cesados Irregularmente inscritos con la publicacion de la Resolucion Suprema Nº 028-2009-TR, cuyos nombres figuran en el anexo 2 de la presente resolucion ministerial, que optaron por dicho beneficio y siempre y cuando dichos ex trabajadores hayan efectuado la subsanacion respectiva de acreditacion del tiempo de servicios de acuerdo a Ley, y esta MORDAZA sido remitida por el Coordinador de Ceses Colectivos para el cobro respectivo. Articulo 3°.- Disponer que la presente resolucion ministerial y sus anexos se publiquen en la pagina web del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; y, adicionalmente, se difundan a traves de las diferentes Direcciones Regionales de Trabajo y Promocion del Empleo del territorio nacional. Articulo 4°.- En el caso de los beneficiarios fallecidos, el pago se efectuara al conyuge superstite y los herederos por los montos que correspondan de acuerdo a Ley, conforme a la documentacion remitida al Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo. Articulo 5º.- Autorizar a la Direccion General de Administracion, a efectuar las acciones administrativas pertinentes para efectuar el pago senalado en la presente MORDAZA, considerando que el pago efectuado al ex trabajador concluye la ejecucion del beneficio optado, de acuerdo a la Ley Nº 27803, normas modificatorias, complementarias y reglamentarias. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA COCHAGNE Ministra de Trabajo y Promocion del Empleo 434985-1

Certificaciones y Autorizaciones de la Direccion General de Aeronautica Civil; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619, en concordancia con su MORDAZA reglamentaria aprobada por Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores, funcionarios publicos o representantes del Estado; Que, el articulo 1 del Decreto Supremo Nº 047-2002PCM, senala que la autorizacion de viajes al exterior de las personas que viajen en representacion del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Publico, se otorgara mediante Resolucion Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interes nacional o en el interes especifico de la institucion conforme a la Ley Nº 27619; Que, el numeral 9.3 del articulo 9 de la Ley Nº 29289, Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios publicos con cargo a recursos publicos, habiendose previsto que las excepciones a lo dispuesto en el citado numeral seran autorizadas mediante Resolucion Ministerial, entre las cuales se encuentra el viaje que realizaran los Inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para las acciones de inspeccion y vigilancia de actividades de aeronautica civil; Que, la Ley Nº 27261, Ley de Aeronautica Civil del Peru, establece que la Autoridad Aeronautica Civil es ejercida por la Direccion General de Aeronautica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en virtud a dicha competencia la Direccion General de Aeronautica Civil es responsable de la vigilancia de la seguridad de las operaciones aereas, seguridad que comprende la actividad de chequear las aptitudes del personal aeronautico de los explotadores aereos asi como el material aeronautico que emplean; Que, la empresa LAN PERU S.A. ha presentado ante la autoridad aeronautica civil, su solicitud para ser atendida durante el mes de diciembre de 2009, acompanando los requisitos establecidos en el MORDAZA del Procedimiento Nº 12 correspondiente a la Direccion General de Aeronautica Civil, previstos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, asimismo, LAN PERU SA. ha cumplido con el pago de los derechos de tramitacion correspondiente al Procedimiento a que se refiere en el considerando anterior, ante la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. En tal sentido, los costos del viaje de inspeccion, estan integramente cubiertos por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viaticos y la Tarifa Unificada de Uso de Aeropuerto; Que, dicha solicitud ha sido calificada y aprobada por la Direccion de Certificaciones y Autorizaciones de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, conforme a lo senalado por el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del citado Ministerio, segun se desprende de la respectiva Orden de Inspeccion, y referida en los Informes Nºs. 7712009-MTC/12.07 y 252-2009-MTC/12.07 de la Direccion General de Aeronautica Civil; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, Ley Nº 29289, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y estando a lo informado por la Direccion General de Aeronautica Civil; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje en comision de servicios del senor MORDAZA MORDAZA Sipan MORDAZA, Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, que se efectuara del 16 al 20 de diciembre de 2009, a la MORDAZA de Cancun, Mexico, de acuerdo con el detalle consignado en el anexo que forma parte integrante de la presente resolucion, sustentado en los Informes Nº 7712009-MTC/12.07 y Nº 252-2009-MTC/12.07. Articulo 2º.- Los gastos que demande el viaje autorizado precedentemente, han sido integramente cubiertos por la empresa LAN PERU S.A. a traves de los Recibos de Acotacion que se detallan en el anexo que forma parte

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan viaje de Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil a Mexico, en comision de servicios
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 830-2009-MTC/02 MORDAZA, 3 de diciembre de 2009. VISTO: El Informe Nº 771-2009-MTC/12.07 del 17 de noviembre de 2009, emitido por la Direccion General de Aeronautica Civil y el Informe Nº 252-2009-MTC/12.07 del 16 de noviembre de 2009 emitido por la Direccion de

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