Norma Legal Oficial del día 15 de diciembre del año 2009 (15/12/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 15 de diciembre de 2009

Segundo: Sobre el particular, la propuesta modificatoria se sustenta en que de disponerse de un plazo mayor seria posible lo siguiente: a) Fortalecer la organizacion y labor de las Comisiones Distritales, pues los periodos vacacionales de inicios de ano, dificultaron la realizacion de las MORDAZA Plenas para la eleccion de sus miembros. Ademas de lo cual, el plazo de gestion de las Comisiones Distritales se colegiria con el plazo de gestion de la Presidencia de la respectiva Corte Superior de Justicia, asegurandose como consecuencia de ello una mayor y mas eficiente labor de la misma; b) La Secretaria Tecnica contaria con un plazo mayor a ser tomado en cuenta para la elaboracion del cronograma de trabajo segun procedimiento establecido en el Reglamento de Otorgamiento del Premio a la Excelencia Judicial; c) Optimizar las labores de difusion de la convocatoria mediante la utilizacion de los mas eficientes medios audiovisuales y escritos en los Distritos Judiciales del pais; d) Promover la mayor participacion de instituciones publicas, privadas y, sobre todo, de miembros del Poder Judicial, en la MORDAZA de postulaciones, en razon a que se contaria con el tiempo suficiente para la preparacion de los expedientes de postulacion debidamente acreditados; e) Conceder a la Secretaria Tecnica un plazo mayor para la verificacion de la informacion que se consigne en las fichas de inscripcion, solicitando la corroboracion de las mismas a las instituciones u organos que considere pertinentes; f) Permitir que los miembros de los jurados calificadores cuenten con plazos mas amplios para su labor de evaluacion, sobre todo teniendo en cuenta la necesidad de coordinar con ellos las fechas de las sesiones de evaluacion, y considerando que estos realizan otras multiples actividades; y, g) Incrementar el MORDAZA de capacitacion en un cien por ciento (al proceder a acumularse lo previsto para dos anos consecutivos); todo lo cual coadyuvara en el logro de los objetivos establecidos al crearse el Premio a la Excelencia Judicial; Tercero: Que, siendo asi, y estando a los fundamentos presentados para la modificacion del "Reglamento de Procedimiento para el Otorgamiento del Premio a la Excelencia Judicial", en aras de adoptar las medidas que se estimen necesarias para la optima y oportuna consecucion de los fines del "Premio a la Excelencia Judicial"; resulta conveniente aprobar la propuesta presentada; El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las atribuciones conferidas por el Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, por unanimidad; RESUELVE: Articulo Primero.- Modificar el articulo primero de la Resolucion Administrativa Nº 192-2007-CE-PJ, de fecha 10 de agosto de 2007, que instituyo el "Premio a la Excelencia Judicial", precisandose que la convocatoria a dicho premio se realizara cada dos (02) anos, a fin de optimizar el logro de sus objetivos. Articulo Segundo.- Modificar el articulo 4º, del Titulo MORDAZA del Reglamento de Procedimiento para el Otorgamiento del Premio a la Excelencia Judicial, aprobado mediante Resolucion Administrativa Nº 2922007-CE-PJ, de fecha 26 de diciembre de 2007, el cual tendra el siguiente texto: "Articulo 4º.- Los premios seran definidos, MORDAZA de comunicar el inicio de este concurso en cada convocatoria, por la Presidencia del Poder Judicial. Los premios serviran para reconocer el trabajo realizado y estimular su continuidad y mejoramiento. En ningun caso se otorgara un premio en dinero. Articulo Tercero.- Modificar la denominacion de la Convocatoria vigente a la fecha, en los siguientes terminos: "Premio a la Excelencia Judicial 2009 ­ 2010". Articulo Cuarto.- Transcribase la presente resolucion al Presidente del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia de la Republica, Gerencia General del Poder

Judicial, Centro de Investigaciones Judiciales, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. SS. MORDAZA MORDAZA STEIN MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 435086-2

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Designan Juez Supernumerario del Vigesimo MORDAZA Juzgado Especializado en lo Penal de MORDAZA
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MORDAZA Presidencia Oficina de Coordinacion Administrativa y de Asuntos Juridicos RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 844-2009-P-CSJLI/PJ MORDAZA, 14 de diciembre del 2009 VISTO y CONSIDERANDO: Que, resulta pertinente precisar que la novisima Ley de la MORDAZA Judicial, en su articulo sesenta y cinco, define y clasifica la nomenclatura de los jueces en Titulares, Provisionales, Supernumerarios; es asi que el inciso tercero del citado articulo denomina como Jueces Supernumerarios a aquellos que "(...no habiendo obtenido la plaza de Juez Titular aceptan incorporarse al registro de jueces supernumerarios en su nivel siempre y cuando se encuentren en el cuadro de aptos elaborado por el Consejo Nacional de la Magistratura, a efectos de cubrir plazas vacantes conforme al articulo doscientos treinta y nueve de la Ley Organica del Poder Judicial...)" Que, bajo este contexto, de conformidad con la MORDAZA MORDAZA referida, se desprende que en adelante se denominara como Jueces Supernumerarios, a los magistrados que MORDAZA eran nombrados Jueces Suplentes, por cuanto la nomenclatura y las caracteristicas de los MORDAZA denominados Jueces Titulares y Provisionales, aun se mantiene en la "Ley de la MORDAZA Judicial". Que, no obstante ello, la MORDAZA MORDAZA acotada, establece ciertos requisitos para el nombramiento de los Jueces Supernumerarios; sin embargo, debido a lo reciente del citado cuerpo normativo, tales requerimientos formales se encontrarian en implementacion por parte de los entes encargados de ello; razon por la cual, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, ante la necesidad de cubrir plazas vacantes en los distintos organos jurisdiccionales de este Distrito Judicial, se ve en la necesidad de nombrar Jueces Supernumerarios de reconocida idoneidad y probidad para ejercer el cargo como magistrado, con la finalidad de brindar un adecuado servicio de justicia a la comunidad y no permitir que se vea afectada la gran expectativa de los justiciables respecto a la pronta solucion de sus conflictos judicializados, debido a falencias de orden meramente formal. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la MORDAZA autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la politica interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un eficiente servicio de administracion de justicia en beneficio de los justiciables; y en virtud a

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