Norma Legal Oficial del día 22 de enero del año 2009 (22/01/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 22 de enero de 2009

MORDAZA, informa que se ha declarado fundada la demanda de nulidad de acto juridico de anticipo de legitima y levantamiento de inscripcion registral, interpuesta por MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y en consecuencia se declaro nulo el acto juridico de anticipo de legitima otorgado mediante Escritura Publica del 06 de MORDAZA de 2006, por los demandados MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA de MORDAZA a favor de sus hijos, sobre la embarcacion pesquera "MI SAN MORDAZA I" con matricula Nº PT- 4413-BM, inscrita en el Registro de Propiedad de Embarcaciones Pesqueras de la MORDAZA Registral I ­ Piura; Que de la evaluacion efectuada al expediente, se advierte que los solicitantes no han cumplido con adjuntar los requisitos senalados en el procedimiento Nº 6 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, ello teniendo en consideracion que si bien adjunto la Declaracion Jurada que precisa que sobre la citada embarcacion no recae gravamen o MORDAZA judicial, dicha declaracion no se ajusta a la verdad, toda vez que ha quedado demostrado que sobre la embarcacion pesquera MI SAN MORDAZA I se ha consignado en el rubro de gravamenes y cargas la anotacion de demanda en el rubro D 00001 de la Partida Nº 50000415, razon por la cual se considera pertinente declarar improcedente la referida solicitud; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto a traves del Informe Nº 447-2008PRODUCE/DGEPP-Dchi y con la opinion favorable de la Instancia Legal correspondiente; De conformidad con lo establecido por el Articulo 34°, del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, Decreto Supremo Nº 004-2007-PRODUCE, Texto Unico de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 035 y demas normas modificatorias; y; En uso de las facultades conferidas por el Articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y por el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 0102006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar improcedente la solicitud de cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion MI SAN MORDAZA I con matricula Nº PT-4413-BM, presentada por los senores MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 302981-8

un considerable numero de connacionales con residencia permanente, estimado en poco mas de seis centenares de personas; Que, mediante Decreto Supremo Nº 055-2008-RE, publicado el 24 de diciembre de 2008, se modifico la circunscripcion geografica del Consulado del Peru en Bilbao, Reino de Espana, a cargo de funcionario consular honorario, fijandose la misma sobre las provincias de Vizcaya, Alava, Guipuzcoa, Cantabria, La MORDAZA y Navarra, exceptuandose al Principado de Asturias; Que, la MORDAZA de MORDAZA, capital del Principado de Asturias y sede de la Archidiocesis de MORDAZA, es el centro comercial, de negocios, administrativo y universitario de la region, con un numero aproximado de 225,000 habitantes, lo que la convierte en la MORDAZA MORDAZA mas poblada, despues de Gijon, dentro del Principado de Asturias; Que, mediante mensaje Nº 1796, del 4 de diciembre de 2008, la Embajada del Peru en MORDAZA transmitio MORDAZA de la Nota Verbal Nº 242/7 a traves de la cual el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperacion del Reino de Espana comunico la no objecion de su Gobierno para la apertura de la Oficina Consular del Peru en MORDAZA, con circunscripcion geografica en todo el Principado de Asturias, la misma que estara a cargo de un funcionario consular honorario; Con la opinion favorable de la Subsecretaria de Comunidades Peruanas en el Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores, de la Embajada del Peru en MORDAZA, Reino de Espana, y del Consulado General del Peru en Barcelona, Jefatura de Servicios Consulares; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 118º inciso 11) de la Constitucion Politica del Peru; en los articulos 37º y 38º del Reglamento Consular del Peru, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 076-2005-RE de 5 de octubre de 2005; asi como en la Convencion de MORDAZA sobre Relaciones Consulares; DECRETA: Articulo 1º.- Crear el Consulado del Peru en la MORDAZA de MORDAZA, Reino de Espana, a cargo de un funcionario consular honorario, con circunscripcion geografica en todo el Principado de Asturias. Articulo 2º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiun dias del mes de enero del ano dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 303936-4

RELACIONES EXTERIORES
Crean el Consulado del Peru en la MORDAZA de MORDAZA, Espana
DECRETO SUPREMO Nº 008-2009-RE EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, es prioridad del Gobierno del Peru mantener una activa labor de proteccion y promocion de los intereses y derechos de los peruanos, a traves de un MORDAZA apoyo y asistencia consular a las comunidades peruanas en el exterior; asi como tambien promover los intereses del MORDAZA, especialmente los vinculados a las esferas economico-comercial, cultural y turistico; Que, en los ultimos anos se ha registrado en el Principado de Asturias, Reino de Espana, la presencia de

Dan por terminadas funciones de Embajadores Extraordinarios y Plenipotenciarios del Peru en Alemania, MORDAZA, MORDAZA, Panama, Italia, Uruguay, MORDAZA, Rusia, Rumania y MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 026-2009-RE MORDAZA, 21 de enero de 2009 Vista la Resolucion Suprema Nº 346-2006-RE, que nombro Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Peru en la Republica Federal de Alemania, al doctor MORDAZA Kauffmann Doig; Vista la Resolucion Ministerial Nº 1353-2006-RE, que fijo el 1 de diciembre de 2006, como la fecha en que el citado funcionario debio asumir funciones como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Peru en la Republica Federal de Alemania; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y

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