Norma Legal Oficial del día 10 de julio del año 2009 (10/07/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano MORDAZA, viernes 10 de MORDAZA de 2009

NORMAS LEGALES

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de reclamos y la imposicion de medidas correctivas y sanciones, entre otras. 2.2. Participacion de los interesados De conformidad con lo dispuesto en los articulos 5º y 23º del Reglamento General de la SUNASS ­ Decreto Supremo Nº 017-2001-PCM, constituye requisito para la aprobacion de los reglamentos, directivas, normas de alcance general y regulaciones que dicte la SUNASS, el que sus respectivos proyectos hayan sido prepublicados en el Diario Oficial El Peruano, con el fin de recibir comentarios de los interesados. Siendo ello asi, mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 017-2009-SUNASS-CD publicado en el Diario Oficial El Peruano en fecha 6.05.09 se aprobo el proyecto de MORDAZA que aprueba el Reglamento General de Pequenas Empresas de Saneamiento ­ PES, Titulo I "Creacion de PES", otorgandose a los interesados un plazo de quince (15) dias calendario contados desde el dia siguiente a la fecha de la publicacion de la mencionada resolucion, para que presenten sus comentarios sobre el proyecto y su exposicion de motivos, en el local de la SUNASS o por via electronica a gpn@sunass.gob.pe., plazo que vencio el dia 21.05.09. 2.3. Creacion de PES Mediante Decreto Supremo Nº 031-2008-VIVIENDA publicado el 30 de noviembre de 2008 en el Diario Oficial El Peruano, se modifico el Texto Unico Ordenado del Reglamento de la Ley General de Servicios de Saneamiento, con el objetivo de ordenar el sistema y definir a los operadores en funcion a su ambito de responsabilidad: las EPS seran aquellas que atienden a capitales de provincia y ambitos con mas de 40 mil habitantes urbanos, las Pequenas Empresas de Saneamiento ­ PES aquellas que atienden a una poblacion MORDAZA entre 15 mil y 40 mil habitantes, quedando en el ambito rural y de pequenas ciudades aquellas poblaciones menores a 15 mil habitantes. Asimismo, el reordenamiento de los servicios de saneamiento se define en funcion a la relacion entre ambito de responsabilidad para la prestacion de servicios y MORDAZA de prestador de servicios. En relacion a las PES, el Decreto Supremo MORDAZA indicado establece en el articulo 185º que para constituir una PES municipal o mixta se debera contar previamente con la autorizacion de la Superintendencia y del Ente Rector, para lo cual las municipalidades correspondientes deberan demostrar como minimo la viabilidad economica y financiera de la nueva PES. En ese contexto, y de acuerdo a las competencias institucionales MORDAZA descritas y el articulo 185º del Texto Unico Ordenado del Reglamento de la Ley General de Servicios de Saneamiento, resulta necesario establecer el respectivo procedimiento y requisitos para autorizar la creacion de las PES. III. OBJETO Determinar las condiciones y el procedimiento a seguir para la creacion de PES, en los aspectos de la prestacion de los servicios de saneamiento de competencia de la SUNASS. IV. PROPUESTA DE REGLAMENTO DE CREACION DE PEQUENAS EMPRESAS DE SANEAMIENTO ­ PES 4.1. De la Creacion de PES De acuerdo con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 031-2008-VIVIENDA, para la constitucion de una PES municipal o mixta se debe contar previamente con la autorizacion de la Superintendencia, para lo cual las municipalidades correspondientes deberan demostrar como minimo la viabilidad economica y financiera de la nueva PES. Asimismo se establece las etapas del procedimiento para autorizar la constitucion de PES, la

cual, consta de: (i) recepcion de documentacion, (ii) revision y evaluacion de la documentacion, (iii) autorizacion de la constitucion de la PES. 4.2. Procedimiento para autorizar la constitucion de PES Las municipalidades que conforman la nueva PES deberan presentar una solicitud, a la cual se acompanara los siguientes documentos de manera obligatoria: 1. Acuerdo del Concejo Municipal distrital aprobando la conformacion de la PES. Cada municipalidad distrital integrante debera contar con su respectivo Acuerdo de Concejo. 2. Opinion de la municipalidad provincial respecto a la conformacion de la PES. 3. Informacion Tecnica de los servicios de saneamiento de todo el ambito que integrara la PES, la cual incluira: (i) nombre del distrito(s) y la provincia que conformara la empresa, (ii) poblacion MORDAZA, indicando la fuente de la informacion, (iii) descripcion del sistema de saneamiento existente, el cual contendra el sistema de agua potable (captacion, tratamiento, conduccion, almacenamiento y distribucion de agua potable), el sistema de alcantarillado (recoleccion, evacuacion y tratamiento de aguas residuales) y el sistema de tratamiento y disposicion de aguas servidas de ser el caso, (iv) numero de conexiones domiciliarias, y (v) numero de medidores instalados. 4. Informacion Financiera de los servicios de saneamiento que incluira: (i) Capital social de la empresa, precisando el aporte economico y la relacion de activos fijos (inmuebles, maquinaria, equipos), (ii) Tarifa o cuota vigente y sus categorias de ser el caso, (iii) monto subsidiado por la municipalidad distrital o alguna otra entidad, de ser el caso, (iv) relacion de personal con el que se cuenta y contara. 5. Proyecto de Plan de Implementacion de PES en funcion a la organizacion propuesta, el cual tendra una duracion de un (1) ano, e incluira el plazo para la elaboracion de los siguientes documentos basicos: (i) Estatuto de la empresa, (ii) Contrato de Administracion de Servicios, y (iii) Plan de Desarrollo. Asimismo los solicitantes pueden acompanar otra documentacion que estimen pertinente. Estos requerimientos han sido debidamente coordinados con el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento. V. RESULTADOS DE LA CONSULTA PUBLICA 5.1. Comentario de la Municipalidad Distrital de MORDAZA La Municipalidad Distrital de MORDAZA senala lo siguiente: a) Deben formularse anexos de formatos MORDAZA para la MORDAZA de los requisitos que establece la Resolucion Nº 017-2009-SUNASS-SD. Se recoge el comentario recibido, a fin de simplificar la labor de las municipalidades provinciales y distritales solicitantes, agregandose en el articulo 6º del Reglamento que se deberan adjuntar los siguientes documentos, que como Anexo, forman parte integrante del Reglamento. b) Respecto al articulo 5º, item 3 parrafo (iii) dice: Licencia de uso de agua o documentacion que acredite su solicitud ante la Autoridad Nacional del Agua. En el caso de los distritos lejanos de MORDAZA, donde se puede realizar la gestion. Al respecto debemos indicar que la licencia de uso de agua es otorgada por la Autoridad Nacional del Agua ­ MORDAZA (Calle Diecisiete Nº 355, Urb. El Palomar, San MORDAZA ­ MORDAZA, telefono 224-3298, http:/www.ana.gob.pe). Dicha autoridad, cuenta con catorce Autoridades Administrativas del Agua a nivel nacional.

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