Norma Legal Oficial del día 25 de junio del año 2009 (25/06/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 25 de junio de 2009

Unipersonal de la Corte Superior de Justicia de la MORDAZA (Expediente Principal N° 2007-05498); CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Consultiva del 27 de MORDAZA de 2009, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, declaro procedente la solicitud de extradicion activa del procesado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por la presunta comision del Delito de Omision a la Asistencia Familiar en la modalidad de incumplimiento de obligacion alimentaria (Expediente de Extradicion N° 19-2009); Que mediante el Informe Nº 060-2009/COE-TC del 17 de junio de 2009, la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados ha emitido la opinion correspondiente; Estando a lo dispuesto por el inciso 1) del articulo 514º del Codigo Procesal Penal promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, el inciso 5) del articulo 34° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, el Tratado de Extradicion suscrito entre la Republica del Peru y el Reino de Espana, suscrito en la MORDAZA de MORDAZA, Espana, el 23 de Junio de 1989, aprobado mediante Resolucion Legislativa Nº 25347; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Acceder al pedido de extradicion activa del procesado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, formulado por el Primer Juzgado Penal Unipersonal de la Corte Superior de Justicia de la Libertad; y declarado procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, por la presunta comision del Delito de Omision a la Asistencia Familiar en la modalidad de incumplimiento de obligacion alimentaria; y disponer su MORDAZA por via diplomatica al Reino de Espana de conformidad con el Tratado vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por los Ministros de Justicia y de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Justicia MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores
365165-9 RESOLUCION SUPREMA Nº 160-2009-JUS

de extradicion activa del procesado MORDAZA BISCEGLIA GRILLO, por la presunta comision del Delito contra la Salud Publica - Trafico Ilicito de Drogas MORDAZA agravado, en agravio del Estado Peruano (Expediente Nº 342009); Que, mediante el Informe Nº 063-2009/COE-TC del 17 de junio de 2009, la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados, ha emitido la opinion correspondiente; Estando a lo dispuesto por el numeral 1) del articulo 514º del Codigo Procesal Penal promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, el inciso 5) del articulo 34º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, el Tratado de Extradicion suscrito entre la Republica del Peru y la Republica Italiana, suscrito en la MORDAZA de MORDAZA, el 24 de noviembre de 1994, vigente desde el 07 de MORDAZA de 2005; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Acceder al pedido de extradicion activa del procesado MORDAZA BISCEGLIA GRILLO, formulado por la MORDAZA Sala Penal de la Corte Superior de Justicia del Callao; y declarado procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, por la presunta comision del Delito contra la Salud Publica - Trafico Ilicito de Drogas MORDAZA agravado, en agravio del Estado Peruano; y disponer su MORDAZA por via diplomatica, al Gobierno de la Republica Italiana, de conformidad con el Tratado de la materia vigente, y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por los Ministros de Justicia y de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Justicia MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores
365165-10

Acceden a solicitud de extradicion pasiva de procesado y disponen su entrega al Gobierno de la Republica MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 161-2009-JUS

MORDAZA, 24 de junio de 2009 VISTO; el Informe de la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 063-2009/ COE-TC del 17 de junio de 2009, sobre la solicitud de extradicion activa del procesado MORDAZA BISCEGLIA GRILLO, formulada por la MORDAZA Sala Penal de la Corte Superior de Justicia del Callao (Expediente Principal Nº 0182-2002); CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Consultiva del 18 de MORDAZA de 2009, aclarada por Resolucion del 02 de junio de 2009, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, declaro procedente la solicitud

MORDAZA, 24 de junio de 2009 VISTO; el Informe de la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 058-2009/ COE-TC del 17 de junio de 2009, sobre la solicitud de extradicion pasiva del procesado MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA, formulada por el Juzgado Nacional en lo Criminal de Instruccion Nº 47 - Buenos Aires de la Republica Argentina; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Consultiva del 8 de junio de 2009, la MORDAZA Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, declaro procedente la solicitud de procedimiento simplificado de entrega del ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA, a las

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