Norma Legal Oficial del día 25 de junio del año 2009 (25/06/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 25 de junio de 2009

y 630-2009-PRODUCE/DGEPP-Dchi y con la opinion favorable de la Instancia Legal correspondiente; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25977- Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, modificado por Decreto Supremo Nº 015-2007-PRODUCE, Ley Nº 26920 su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 00398-PE y modificado por los Decretos Supremos Nº 00199-PE, Nº 003-2000-PE, Nº 004-2002-PRODUCE, y el Decreto Supremo Nº 004-2007-PRODUCE, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003PRODUCE y modificatorias; y En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, modificado por Decreto Supremo Nº 015-2007-PRODUCE y por el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Acumular las solicitudes presentadas por los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y su conyuge MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, referidas al cambio de titular del permiso de pesca de las embarcaciones pesqueras de MORDAZA denominadas MORDAZA MORDAZA de matricula Nº PL-19980-CM y MORDAZA MORDAZA de matricula Nº CO-16684-CM y la autorizacion de incremento de flota para ampliar la capacidad de bodega de la embarcacion pesquera JEHOVA JIRETH, via sustitucion de capacidad de bodega de las citadas embarcaciones pesqueras, por guardar conexion. Articulo 2º.- Aprobar a favor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y su conyuge MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, el cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion pesquera MORDAZA MORDAZA de matricula Nº PL-19980-CM, con capacidad de bodega de 35.01 m3 otorgado mediante Resolucion Directoral Nº 027-2000-PRE/P, en los mismos terminos y condiciones que fueron otorgados, para la extraccion de los recursos anchoveta y sardina con destino al consumo humano directo e indirecto. Articulo 3º.-. Aprobar a favor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y su conyuge MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, el cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion pesquera MORDAZA MORDAZA de matricula Nº CO-16684-CM, con capacidad de bodega de 36.20 m3 otorgado mediante Resolucion Directoral Nº 050-2001-CTAR-PIURA-DIREPE-DR, en los mismos terminos y condiciones que fueron otorgados, para la extraccion de los recursos anchoveta y sardina con destino al consumo humano directo e indirecto. Articulo 4º.- El permiso de pesca a que se refieren los articulos 2º y 3º de la presente Resolucion, deberan ser ejercido conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 001-2002-PRODUCE, que establece que el recurso sardina sera destinado al consumo humano directo o las normas que lo modifiquen o sustituyan, y a las sanciones previstas por su incumplimiento establecidas en el Decreto Supremo Nº 016-2007-PRODUCE. En este supuesto la embarcacion pesquera debera contar a bordo con hielo en MORDAZA, como medio de preservacion, cuya implementacion es obligatoria Articulo 5º.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca otorgado a traves de la Resolucion Directoral Nº 027-2000-PRE/P a favor de los armadores pesqueros MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA ECHEANDIA COSSIO, para operar la embarcacion pesquera MORDAZA MORDAZA de matricula Nº PL-19980-CM; asi como, tambien la titularidad del permiso de pesca otorgado a traves de la Resolucion Directoral Nº 050-2001-CTARPIURA-DIREPE-DR a favor del senor MORDAZA PAIVA MORDAZA, para operar la embarcacion pesquera MORDAZA MORDAZA de matricula Nº CO-16684-CM; Articulo 6º.- Incorporar al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y su conyuge MORDAZA

MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como titulares del permiso de pesca de las embarcaciones pesqueras MORDAZA MORDAZA de matricula Nº PL-19980-CM y MORDAZA MORDAZA de matricula Nº CO-16684-CM, asi como la presente Resolucion en el Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 085-2007-PRODUCE. Articulo 7º.- Otorgar a favor de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y su conyuge MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, autorizacion de incremento de flota para ampliar la capacidad de bodega de la embarcacion pesquera JEHOVA JIRETH con matricula Nº PL-17716-CM de 34.78 m3 hasta 105.99 m3 , via aplicacion de 35.01 m3 de capacidad de bodega procedente de la embarcacion pesquera MORDAZA MORDAZA de matricula Nº PL-19980-CM y 36.20 m3 de capacidad de bodega de la embarcacion pesquera MORDAZA MORDAZA de matricula Nº CO-16684-CM, empleando MORDAZA con hielo como medio de preservacion a bordo para la extraccion de los recursos hidrobiologicos: anchoveta y sardina con destino para el consumo humano directo e indirecto; utilizando redes de cerco con longitud minima de abertura de malla de ½ pulgada (13 mm) y 1 ½ pulgadas (38 mm), en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (05) millas marinas adyacentes a la costa. Articulo 8º.- La autorizacion de incremento de flota otorgada por el articulo 7º de la presente Resolucion, tendra vigencia por un plazo de veinticuatro (24) meses contados a partir de la notificacion de la presente Resolucion, la misma que podra ser ampliada por 24 meses adicionales improrrogables. La referida ampliacion debe ser solicitada dentro del plazo original; y, declarada, expresamente por el Ministerio de la Produccion. Vencido el plazo inicial, o la ampliacion, y de no haberse acreditado la construccion total para la ampliacion de las embarcaciones pesqueras, si esta hubiese sido otorgada, y de no haberse acreditado la construccion total de la embarcacion dentro del mismo, la autorizacion de incremento de flota caducara de forma expresa por la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero del Ministerio de la Produccion. Asimismo sera causal de caducidad de la autorizacion otorgada por la presente resolucion construir la embarcacion pesquera excediendo la capacidad de bodega autorizada y/o con caracteristicas diferentes a una embarcacion MORDAZA cerco. Articulo 9º.- Ejecutado el reacondicionamiento de la embarcacion pesquera "JEHOVA JIRETH" de matricula Nº PL-17716-CM, autorizada por la presente resolucion, dentro de los plazos previstos y senalados en el articulo precedente, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y su conyuge MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, deberan solicitar ante la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero el respectivo permiso de pesca, dentro del plazo MORDAZA de un (1) ano, contado a partir de la acreditacion del termino de reacondicionamiento de la capacidad de bodega de la citada embarcacion pesquera. Vencido dicho plazo, sin iniciar el procedimiento de permiso de pesca respectivo, la autorizacion de incremento de flota, caducara de pleno derecho, declarandose la misma mediante Resolucion Directoral. Articulo 10º.- Las embarcaciones pesqueras de MORDAZA MORDAZA MORDAZA de matricula Nº PL-19980CM, y MORDAZA MORDAZA de matricula Nº CO-16684-CM, consignadas en el Anexo I, de la Resolucion Ministerial Nº 085-2007-PRODUCE, podran operar hasta que la embarcacion objeto de la presente autorizacion de incremento de flota se encuentre en condiciones de efectuar faenas de pesca, debiendose proceder los respectivos desguaces como requisito previo al otorgamiento del permiso de pesca de la embarcacion reacondicionada, conforme a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 004-2007-PRODUCE. Articulo 11º.- Incorporar la autorizacion de incremento de flota contenida en la presente Resolucion en el Anexo III de la Resolucion Ministerial Nº 084-2007-PRODUCE. Articulo 12º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral y a la Direccion General de Capitanias y

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