Norma Legal Oficial del día 12 de mayo del año 2009 (12/05/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 12 de MORDAZA de 2009

20. Presentarse a las Escuelas de Formacion o a las instalaciones policiales, militares o a instalaciones publicas o privadas, en comision de servicio, con signos de ebriedad, de haber consumido drogas ilicitas; o haber ingerido bebidas alcoholicas al interior de alguna de ellas. 21. Embriagarse estando uniformado en lugares publicos o fomentar escandalo en la via publica. 22. Ofender o ultrajar los simbolos, himnos y emblemas nacionales o institucionales. 23. Participar en desordenes callejeros. 24. Salir de las Escuelas de Formacion sin autorizacion. 25. Ocasionar deliberadamente danos en las prendas, armamento, equipo, mobiliario, locales y otros de propiedad del Estado. 26. Agredir fisicamente a un superior, un subordinado o un companero del mismo grado. 27. Abandonar el servicio sin causa justificada. 28. Haber sido desaprobado en disciplina en un semestre academico, con nota menor a trece (13) puntos. 29. Conducir vehiculos sin licencia y ser responsable de accidente de transito. 30. Autolesionarse, mutilarse intencionalmente o intentar suicidarse. 31. Acumular dos (2) sanciones de rigor en su periodo de formacion. 32. Evadirse de un hospital o centro medico, encontrandose en calidad de internado o en concurrencia medica. Articulo 82º.- Imposibilidad de alta como oficial o suboficial Los cadetes y alumnos de las Escuelas de Formacion no seran dados de alta como oficial o suboficial, respectivamente, mientras no hayan concluido los procesos disciplinarios a los que se encuentren sometidos. El reglamento de la presente Ley establece la forma y los casos en que procede el alta. Articulo 83º.- Los procedimientos disciplinarios Las Escuelas de Formacion de la Policia Nacional del Peru resuelven sobre las infracciones disciplinarias de conformidad con sus reglamentos, manuales y directivas. Las sanciones impuestas se cumplen en el interior de las Escuelas de Formacion los fines de semana. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS PRIMERA.- La Policia Nacional del Peru actualiza los legajos individuales a efectos de establecer una adecuada politica de personal en la Policia Nacional del Peru. Anualmente, la Inspectoria General de la Policia Nacional del Peru en coordinacion con la Direccion de Recursos Humanos y la Direccion de Inteligencia revisan y evaluan las referencias disciplinarias del personal policial, con el fin de determinar las condiciones de idoneidad para su desempeno. Los expedientes que no califiquen se remiten al Comando Institucional para los fines que correspondan. SEGUNDA.- La presente Ley prevalece sobre las normas de procedimientos administrativos y aquellas de derecho comun que MORDAZA aplicables a esta materia.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS

DISPOSICION DEROGATORIA UNICA.- Deroganse la Ley Nº 28338, Ley de Regimen Disciplinario de la Policia Nacional del Peru y sus normas modificatorias, asi como las demas disposiciones que se opongan a la presente Ley. DISPOSICION FINAL UNICA.- El Poder Ejecutivo en un plazo de sesenta (60) dias emitira el reglamento de la presente Ley. Comunicase al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los diez dias del mes de MORDAZA de dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA QUESQUEN Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los once dias del mes de MORDAZA del ano dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica YEHUDE MORDAZA MUNARO Presidente del Consejo de Ministros
ANEXO I TABLA DE INFRACCIONES Y SANCIONES LEVES
CONTRA LA DISCIPLINA CODIGO INFRACCION SANCION

L1

Omitir el saludo reglamentario al superior o Desde Apercibimiento no contestarle al subordinado. hasta 3 dias de Arresto Simple. Fumar contraviniendo la ley. Desde Apercibimiento hasta 3 dias de Arresto Simple.

L2

L3

Falta de cortesia en la precedencia al Desde Apercibimiento superior, de acuerdo a ley. hasta 3 dias de Arresto Simple. Descuidar el aseo y MORDAZA personal Desde Apercibimiento o incumplir las normas establecidas para el hasta 3 dias de Arresto uso del uniforme. Simple. Proferir palabras o realizar gestos ofensivos Desde Apercibimiento o renidos con la moral, urbanidad, las hasta 3 dias de Arresto buenas costumbres y normas de cortesia. Simple.

L4

L5

PRIMERA.- Los procedimientos disciplinarios, iniciados MORDAZA de la entrada en vigencia de la presente Ley, se adecuaran a esta. SEGUNDA.- En un plazo MORDAZA de treinta (30) dias calendario, contado a partir de la publicacion de la presente Ley, la Direccion General de la Policia Nacional del Peru procedera a realizar las acciones de difusion, informacion, capacitacion y especializacion de contenido y alcance de esta Ley al personal de la Policia Nacional del Peru.

L6

Usar prendas, objetos antirreglamentarios.

o

distintivos Desde Apercibimiento hasta 3 dias de Arresto Simple.

L7

Ofender con gestos, palabras, graficos o Desde Apercibimiento escritos al personal de la Policia. hasta 3 dias de Arresto Simple. Dirigirse al superior en terminos que atenten Desde Apercibimiento contra las normas de cortesia o urbanidad, hasta 3 dias de Arresto aun cuando este se encuentre en situacion Simple. de retiro o disponibilidad.

L8

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