Norma Legal Oficial del día 12 de mayo del año 2009 (12/05/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano MORDAZA, martes 12 de MORDAZA de 2009

NORMAS LEGALES

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EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA DEL TRIUNFO VISTO, el Recurso de Reconsideracion interpuesto por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA RACHUMI contra la Resolucion de Alcaldia No. 078-2009/MVMT del 04 de marzo de 2009, y; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion de Alcaldia No. 0782009/MVMT del 04 de marzo de 2009, se impuso al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rachumi, ex Subgerente de Logistica y Control Patrimonial, la sancion de cese temporal sin goce de remuneraciones por el periodo de tres meses; Que, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rachumi ha interpuesto Recurso de Reconsideracion contra la Resolucion de Alcaldia No. 078-2009/MVMT; Que, los fundamentos del recurso permiten tener un MORDAZA enfoque de los hechos y de la falta administrativa imputada, permitiendo concluir que aquella enerva, al grado de desvirtuarla, la responsabilidad administrativa imputada al recurrente, los que han sido evaluadas por la Gerencia de Asesoria Juridica segun Informe Nº 3302009-GAJ/MVMT; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto por la Ley del Procedimiento Administrativo General y la Ley Organica de Municipalidades; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar FUNDADO el Recurso de Reconsideracion interpuesto contra la Resolucion de Alcaldia Nº 078-2009/MVMT, dejando sin efecto la sancion impuesta mediante aquella al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA RACHUMI, absolviendosele de todos los cargos imputados. Articulo Segundo.- Encargar a la Subgerencia de Personal el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolucion. Articulo Tercero.- Notifiquese la presente resolucion de acuerdo a lo dispuesto por la Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA
346487-1

Seleccion por causal de Situacion de Desabastecimiento del Suministro de Insumos para el programa de Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA - Canete y, CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son organos de Gobierno Local, con personeria juridica de Derecho Publico que gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo establecido en el articulo 194 de la Constitucion Politica del Peru, desarrollada en el articulo 2 de la Ley Organica de Municipalidades; Que, con 27 de Enero del 2009 se suscribio una adenda para la adquisicion complementaria por el 30% del contrato original para el alimento enriquecido lacteo; Que, de la ejecucion contractual, se desprende que a la fecha se adquirio las siguientes cantidades en stock para el suministro de los insumos para el PVL: Leche evaporada Modificada 7,200 tarros de 410 gr. con un precio de S/ 14,040.00 y Hojuelas de quinua MORDAZA con 2,019.72 Kg. con un precio de S/ 10,906.48. Que, conforme a lo programado en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el 2009, corresponde convocar una Adjudicacion Directa Selectiva para la adquisicion de Insumos para el Programa de Vaso de Leche, MORDAZA que tiene como plazo minimo, entre la convocatoria y la suscripcion del contrato, 30 dias habiles; sin contar el plazo que podria demandar una eventual impugnacion al MORDAZA, el cual nos podria demandar un tiempo adicional de 60 dias. Que, resulta evidente el desabastecimiento de insumos para el Programa del Vaso de Leche a partir del 30 de marzo del 2009. Que, la Ley de Contrataciones preve en estos casos se declare en situacion de desabastecimiento por el periodo en que podria demorar la solucion de este inconveniente, que para el presente caso podria durar hasta 90 dias, teniendo en cuenta que entre la convocatoria y la suscripcion del contrato existe un plazo minimo de 30 dias habiles; sin contar el plazo que podria demandar una eventual impugnacion al MORDAZA, el mismo que podria demandar un tiempo adicional de 60 dias. Que, el articulo 20 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Legislativo Nº 1017, establece que estan exoneradas de los procesos de seleccion las contrataciones que se realicen ante una situacion de desabastecimiento debidamente comprobado. Que, asimismo el articulo 22 de la referida Ley establece que se considera situacion de desabastecimiento aquella situacion inminente, extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial. Dicha situacion faculta a la Entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para resolver la situacion y llevar a termino el MORDAZA de Concurso Publico correspondiente. Que, asimismo el mismo articulo senala que la aprobacion de la exoneracion en virtud de la causal de situacion de desabastecimiento inminente no constituye dispensa, exencion o liberacion de las responsabilidades de los funcionarios o servidores de la Entidad cuya conducta hubiese originado la presencia o configuracion de dicha causal. Que, el articulo 133 del Reglamento de la Ley de Contrataciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, establece que las resoluciones o acuerdos que aprueben la exoneracion de los procesos de seleccion, al MORDAZA de las causales contenidas en el articulo 22 de la Ley, requieren obligatoriamente los Informes Tecnicos y Legales previamente emitidos por las areas tecnica y de Asesoria Juridica de la Entidad. Dicho informe contendra la Justificacion Tecnica y Legal de la procedencia y necesidad de la exoneracion, lo cual se ha verificado mediante los Informes Nº 23-2009-JL-

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA
Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion de suministro de insumos para el Programa del Vaso de Leche
ACUERDO DE CONCEJO Nº 015-2009-MDSL

San MORDAZA, 30 de MORDAZA del 2009 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS; VISTOS; El Acta de Sesion Extraordinaria de fecha 30 de MORDAZA del 2009, en el que dentro del punto tratado se encuentra la Aprobacion de la exoneracion del MORDAZA de

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