Norma Legal Oficial del día 16 de febrero del año 2010 (16/02/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 16 de febrero de 2010

Designan Director de la Unidad de Personal de la Oficina de Administracion del Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0157-2010-AG
MORDAZA, 15 de febrero de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 0121-2009AG se designo a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de Directora de la Unidad de Personal de la Oficina de Administracion del Ministerio de Agricultura; Que, la citada funcionaria ha presentado su renuncia al cargo que venia desempenando; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 ­ Ley Organica del Poder Ejecutivo, Decreto Legislativo Nº 997 ­ Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura, y su Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008-AG; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar, a partir de la fecha, la renuncia presentada por la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de Directora de la Unidad de Personal de la Oficina de Administracion del Ministerio de Agricultura, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- Designar, a partir de la fecha, al senor MORDAZA MORDAZA Valcarcel MORDAZA en el cargo de Director de la Unidad de Personal de la Oficina de Administracion del Ministerio de Agricultura. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura

fitosanitarios necesarios para garantizar un nivel adecuado de proteccion al MORDAZA, minimizando los riesgos en el ingreso de plagas cuarentenarias; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1059, el Decreto Supremo Nº 018-2008-AG, el Decreto Supremo Nº 032-2003-AG, el Decreto Supremo Nº 008-2005AG, la Resolucion Directoral Nº 34-2007-AG-SENASA-DSV y con el visto MORDAZA del Director General de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Establecer los requisitos fitosanitarios de necesario cumplimiento en la importacion de semillas de papaya (Carica papaya L.) de origen y procedencia Taiwan de la siguiente manera: 1. Que el envio cuente con el Permiso Fitosanitario de Importacion emitido por el SENASA, obtenido por el importador o interesado, previo a la certificacion y embarque en el MORDAZA de origen o procedencia. 2. El envio debera venir acompanado de un Certificado Fitosanitario oficial del MORDAZA de origen, en el cual se consigne: 2.1 Tratamiento de desinfeccion pre embarque: con Captan 1.6 gr de i.a/kg de semillas o cualesquiera otro producto de accion equivalente. 3. Los envases seran nuevos y de primer uso. Libre de tierra y de cualquier material extrano al producto. 4. Inspeccion fitosanitaria en el punto de ingreso al pais. 5. El Inspector del SENASA tomara una muestra pra ser remitida a la Unidad del Centro de Diagnostico de Sanidad Vegetal del SENASA., quedando el envio retenido hasta la obtencion de los resultados. El costo del diagnostico sera asumido por el importador. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BARRENECHEA MORDAZA Director General Direccion de Sanidad Vegetal Servicio Nacional de Sanidad Agraria

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Establecen requisitos fitosanitarios de necesario cumplimiento en la importacion de semillas de papaya de origen y procedencia Taiwan
RESOLUCION DIRECTORAL N° 07-2010-AG-SENASA-DSV
La MORDAZA, 11 de febrero de 2010 VISTO: El ARP Nº 055-2009-AG-SENASA-DSV-SARVF de fecha 16 de MORDAZA de 2009, el cual busca establecer los requisitos fitosanitarios para la importacion de semillas de papaya (Carica papaya L.) de origen y procedencia Taiwan; y, CONSIDERANDO: Que, conforme al Decreto Legislativo Nº 1059 - Ley General de Sanidad Agraria, el ingreso al MORDAZA como importacion, MORDAZA internacional o cualquier otro regimen aduanero, de plantas y productos vegetales, animales y productos de origen animal, insumos agrarios, organismos beneficos, materiales de empaque, embalaje y acondicionamiento, cualquier otro material capaz de introducir o propagar plagas y enfermedades, asi como los medios utilizados para transportarlos, se sujetaran a las disposiciones que establezca, en el ambito de su competencia, la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria; Que, en el Articulo 12º del Reglamento de la Ley General de Sanidad Agraria, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2008-AG, establece que el SENASA publicara los requisitos fito y zoosanitarios en el Diario Oficial El Peruano y se notificaran a la OMC; Que, ante el interes de la empresa SEMILLAS DEL MORDAZA S.A.C de importar al MORDAZA semillas de papaya (Carica papaya L.) procedente de Taiwan; la Subdireccion de Analisis de Riesgo y Vigilancia Fitosanitaria del SENASA, inicio el respectivo estudio con la finalidad de establecer los requisitos fitosanitarios para la importacion del mencionado producto; Que, como resultado de dicho estudio la Subdireccion de Cuarentena Vegetal, ha establecido los requisitos

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COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
Autorizan viaje de representante del Ministerio a MORDAZA para participar en reunion de consultas en el MORDAZA de los acuerdos de la Organizacion Mundial del Comercio
RESOLUCION SUPREMA Nº 026-2010-MINCETUR
MORDAZA, 15 de febrero de 2010 CONSIDERANDO: Que, el 18 de febrero de 2010 se llevara a cabo en la MORDAZA de MORDAZA, Republica de MORDAZA, una reunion de consultas en el MORDAZA de los acuerdos de la Organizacion Mundial del Comercio - OMC; Que, el Viceministro de Comercio Exterior ha solicitado que se autorice el viaje de la senorita Mariella Kazuko Amemiya Siu, profesional que presta servicios al Viceministerio de Comercio Exterior, a la MORDAZA de MORDAZA, para que en representacion del MINCETUR, participe en la reunion MORDAZA mencionada; Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR es el organismo publico encargado de definir, formular, dirigir, supervisar y evaluar la politica de negociaciones comerciales internacionales, de acuerdo con la politica general del Estado y es el encargado de velar por el cumplimiento de los acuerdos suscritos por el Peru en el MORDAZA de la OMC; Que, la Ley N° 29465, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2010, prohibe los viajes al exterior con cargo a recursos publicos, salvo los casos

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