Norma Legal Oficial del día 12 de junio del año 2011 (12/06/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 12 de junio de 2011

NORMAS LEGALES

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la provincia de MORDAZA en el departamento de La MORDAZA por el plazo de sesenta (60) dias calendario, debido al MORDAZA de inestabilidad de las playas al norte del Puerto de Salaverry, con el peligro de colapso de infraestructuras cercanas a la costa e inundaciones constantes, habiendo sido prorrogado el citado plazo mediante Decreto Supremo Nº 043-2011-PCM de fecha 11 de MORDAZA de 2011; Que, mediante Decreto Supremo Nº 024-2011-MTC de fecha 01 de junio de 2011, se encargo al Ministerio de Transportes y Comunicaciones las acciones necesarias para la reposicion del borde costero de los balnearios citados en el considerando precedente, incluyendo dicho encargo, la adopcion de medidas para atender la situacion de emergencia, asi como las acciones que conlleven a la solucion definitiva, respecto al avance de la erosion maritima en el litoral de los citados balnearios; Que, con el proposito de dar cumplimiento al encargo otorgado al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, mediante Memorando Nº 262-2011-MTC/13 la Direccion General de Transporte Acuatico comunico que el requerimiento para financiar la contratacion de los servicios para atender la situacion de emergencia MORDAZA senalada, asciende a la suma de S/. 91 000 000,00 (Noventa y Un Millones y 00/100 Nuevos Soles), requerimiento de caracter coyuntural e imprevisto, que en consecuencia no se encuentra comprendido en el Presupuesto Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, de las proyecciones al cierre del ejercicio presupuestal 2011 del Presupuesto de Inversiones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones se presentan saldos disponibles por la suma de S/. 340 000 000,00 (Trescientos Cuarenta Millones y 00/100 Nuevos Soles), provenientes de menores requerimientos en este rubro; Que, conforme a lo senalado en los considerandos precedentes y teniendo en cuenta lo previsto por la Trigesimo Tercera Disposicion Complementaria y Final de la Ley Nº 29626 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011, los referidos saldos pueden ser derivados al financiamiento de los compromisos asumidos para la conservacion de carreteras bajo la estrategia del programa Proyecto Peru, hasta por S/. 249 000 000,00 (Doscientos Cuarenta y Nueve y 00/100 Nuevos Soles) a fin de asegurar su continuidad y no poner en riesgo los niveles o estandares de transitabilidad alcanzados a la fecha, posibilitando la atencion de obligaciones establecidas en los contratos correspondientes, pudiendo asimismo destinarse hasta S/. 91 000 000,00 (Noventa y Un Millones y 00/100 Nuevos Soles), para financiar las actividades inmediatas para la reposicion del borde costero de los balnearios de Las Delicias, Buenos Aires y Huanchaco; Que, en consecuencia, es necesario exonerar al Ministerio de Transportes y Comunicaciones de lo establecido en el articulo 41º numeral 41.1 literal c) de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; En uso de las facultades conferidas por el numeral 19) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo a dar cuenta al Congreso de la Republica; DECRETA: Articulo 1.- Autorizacion al Ministerio de Transportes y Comunicaciones para realizar modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programatico Autorizar al Ministerio de Transportes y Comunicaciones a realizar modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programatico hasta por la suma de S/. 340 000 000,00 (Trescientos Cuarenta Millones y 00/100 Nuevos Soles) en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a fin de habilitar dichos recursos para asegurar la continuidad de los servicios de conservacion vial por niveles de servicio y realizar las acciones inmediatas para la reposicion del borde costero de los balnearios de Las Delicias, Buenos Aires y Huanchaco. Articulo 2.- Exoneracion Para efecto de lo establecido en la presente MORDAZA, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones queda exceptuado de lo establecido en el articulo 41 numeral 41.1 literal c) de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y, en consecuencia, facultado para realizar las modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programatico que resulten necesarias para la aplicacion del presente Decreto de Urgencia. Articulo 3.- Limitacion al uso de los recursos Los recursos objeto de las modificaciones presupuestarias a que se refiere el articulo 1 del presente

dispositivo no podran ser destinados bajo responsabilidad, a fines distintos a los establecidos en el presente Decreto de Urgencia. Articulo 4.- Aplicacion Temporal de la MORDAZA El presente Decreto de Urgencia sera implementado en el Ejercicio Fiscal 2011. Articulo 5.- Refrendo El presente Decreto de Urgencia sera refrendado por la Presidenta del Consejo de Ministros, por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los once dias del mes de junio del ano dos mil once. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Justicia MORDAZA MORDAZA FERREYROS Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones

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PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Se aprueba el consolidado de mejoras efectuadas por las entidades publicas de todos los niveles de gobierno durante el ano 2010
RESOLUCION SUPREMA N° 152-2011-PCM MORDAZA, 11 de junio de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 27658, Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado se declara al Estado Peruano en MORDAZA de modernizacion en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestion publica y construir un Estado democratico, descentralizado y al servicio del ciudadano, estableciendo principios, acciones, mecanismos y herramientas para llevar a cabo el mismo; Que, el articulo 38° inciso 5 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, senala que una vez aprobado el MORDAZA, toda modificacion que no implique la creacion de nuevos procedimientos podra realizarse mediante resolucion ministerial, MORDAZA regional, decreto de alcaldia o resolucion del titular; Que, mediante Resolucion Suprema N° 043-2010-PCM se aprobo el Consolidado de Mejoras en los procedimientos administrativos efectuadas por las entidades del Poder Ejecutivo durante los anos 2007 a 2009, que consistio en la simplificacion de 1311 procedimientos administrativos; Que, la Resolucion Suprema N° 331-2010-PCM aprobo el Consolidado de Mejoras efectuadas por las entidades del Poder Ejecutivo durante el periodo de setiembre a diciembre del ano 2010 con 610 mejoras traducidas en la simplificacion de 428 procedimientos administrativos; Que, durante todo el ano 2010 y como consecuencia de la implementacion de la Politica Nacional de Simplificacion Administrativa y el Plan Nacional de SimplificacionAdministrativa las entidades publicas, incluyendo a las que forman parte del Poder Ejecutivo, efectuaron esfuerzos por simplificar sus procedimientos y servicios prestados en exclusividad durante todo ese ano para mejorar su relacion con la ciudadania: Que, estas acciones se efectuan para dar cumplimiento a la Meta estimada dentro del Objetivo estrategico 1 de la Politica Nacional de Simplificacion Administrativa el cual senala que hacia diciembre del ano 2014 el 50 % de los procedimientos y servicios administrativos de las entidades publicas se habran simplificado;

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