Norma Legal Oficial del día 12 de septiembre del año 2011 (12/09/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 12 de setiembre de 2011

De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29565, Ley de Creacion del Ministerio de Cultura; la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0112006-ED, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2011-MC; y la Directiva Nº 001-2011/MC, aprobada por Resolucion Ministerial Nº 080-2011-MC, modificada por Resolucion Ministerial Nº 103-2011-MC; SE RESUELVE: Articulo Unico.DECLARAR PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACION la Fiesta de la Virgen del MORDAZA del distrito de Huarocondo, provincia de Anta, departamento de MORDAZA, por constituir una tradicion cultural que involucra a diversos sectores de la poblacion local, con variadas comparsas de danzas y elementos del culto que testifican la creciente importancia que esta alcanzando en el departamento de MORDAZA, cumpliendo asi el papel de reforzar la identidad local y regional. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA OTTA MORDAZA Viceministro (e) de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales 688389-1

Declaran como bien integrante del patrimonio cultural de la Nacion al templo Apostol MORDAZA, ubicado en el poblado y distrito de Anchucaya, provincia de Huarochiri, departamento de MORDAZA
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 696-2011-VMPCIC-MC MORDAZA, 6 de setiembre de 2011 Vistos los Expedientes Nº 029291/2008 y Nº 007991/2011; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Expediente Nº 029291, de fecha 24 de noviembre de 2008 (carta de fecha 17 de noviembre de 2008), el Sindico del templo senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pampavilca y el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, solicitan una inspeccion y coordinacion para la restauracion del templo Apostol MORDAZA ubicado en el pueblo y distrito de MORDAZA de Anchucaya, provincia de Huarochiri, departamento de Lima; Que, a traves del Informe Nº 001-2009-TLCS-SDCRDPHCR/INC de fecha 05 de enero de 2009, la Sub Direccion de Conservacion y Restauracion de la Direccion de Patrimonio Historico Colonial y Republicano informo de la inspeccion ocular realizada el dia 17 de diciembre de 2008, al templo Apostol MORDAZA y concluyo que por el alto valor arquitectonico, historico, tecnologico y simbolico que posee el mismo que fue edificado en el siglo XVII, este merece estar incluido dentro de la lista de los bienes integrantes del patrimonio cultural de la Nacion; asimismo, recomendo la realizacion de un proyecto integral que involucre la restauracion del templo, su estructura y el material mueble, proyecto que debe proponer la intervencion con las tecnicas constructivas y materiales compatibles con la edificacion, tomando en consideracion un estudio de suelos con el proposito de prevenir fallas estructurales y considerar el registro de bienes muebles con fines de restauracion y conservacion; Que, mediante Expediente Nº 000719, de fecha 12 de enero de 2009 (Oficio Nº 001-2009-SIDSA de fecha 09 de enero de 2009), se comunica al Instituto Nacional de Cultura que el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA es el MORDAZA Sindico del templo y que el senor MORDAZA MORDAZA Pomajulca Chinchihualpa es la persona autorizada para los tramites de la iglesia con la institucion; Que, a traves del Oficio Nº 169-2009-DPHCRDREPH/INC de fecha 10 de febrero de 2009, la Direccion

de Patrimonio Historico Colonial y Republicano, remite al administrado MORDAZA del Informe Nº 001-2009-TLCSSDCR-DPHCR/INC elaborado por personal tecnico de la Direccion de acuerdo a lo solicitado y le comunica que el inmueble se encuentra dentro de la presuncion legal establecida en la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion Nº 28296, de conformidad con lo senalado en el Titulo preliminar, Articulo III, en tal sentido cualquier obra que se desee realizar en el templo debera contar con la autorizacion previa del Instituto Nacional de Cultura (hoy Ministerio de Cultura), previa MORDAZA del proyecto respectivo para su evaluacion y calificacion; Que, mediante el Expediente Nº 007991, de fecha 08 de marzo de 2011 (Oficio Nº 10/SI-DSA-2011), el senor MORDAZA Huamanyauri MORDAZA solicita se disponga las acciones para la conclusion de los tramites, a fin que el Ministerio de Cultura emita la Resolucion de declaracion de patrimonio cultural de la Nacion del templo Apostol MORDAZA, remitiendo para tales efectos documentacion historica y fotografica complementaria, asi como documentos diversos relativos a la condicion del templo; Que, con Informe Nº 021-2011-DMVE-SDIH-DPHCR/ MC de fecha 05 de MORDAZA de 2011, la Sub Direccion de Investigacion Historica de la Direccion de Patrimonio Historico Colonial y Republicano senala que de acuerdo a los datos historicos en los anos 1774 y 1863, se efectuaron inventarios que ratifican que el templo Apostol MORDAZA mantuvo sus caracteristicas a traves de los anos, conociendose solo las intervenciones que consisten en la construccion de la MORDAZA exenta en ladrillo y concreto y la construccion del MORDAZA de ingreso en el sector de la portada principal el cual se habia demolido, volviendose a construir sin considerar las evidencias de la portada original; Que, a traves del Informe Tecnico Nº 128-2011-DPHCRDGPC/MC, de fecha 26 de MORDAZA de 2011, personal tecnico de la Direccion de Patrimonio Historico Colonial y Republicano del Ministerio de Cultura, evalua el expediente de solicitud de declaracion de bien integrante del patrimonio cultural de la Nacion del templo Apostol MORDAZA y concluye que el mismo posee valores historicos, arquitectonicos, artisticos, urbanisticos, tecnologicos, sociales y de identidad, considerando que el templo amerita su declaracion como bien integrante del patrimonio cultural de la Nacion; Que, el templo Apostol MORDAZA, se emplaza en la Plaza principal del pueblo MORDAZA de Anchucaya, sobre una plataforma paralela a la plaza citada; antecedido por un atrio, esta conformado por nave de planta gotico isabelina, sotacoro, MORDAZA alto, presbiterio sobre elevado, sacristia y MORDAZA exenta ubicada hacia el MORDAZA de pies. El templo cuenta con dos ingresos: el principal ubicado en el MORDAZA del Evangelio con frente a la plaza y el MORDAZA ubicado en el MORDAZA de pies; que, la nave unica se halla delimitada por gruesos muros de adobe sobre los que descansan los tijerales de MORDAZA que forman la estructura a dos vertientes del techo, la misma que recibe una cubierta de calamina metalica. El sotacoro ubicado hacia el MORDAZA de pies, presenta MORDAZA raso artesonado; el MORDAZA alto se apoya parcialmente en tres MORDAZA sustentados por dos columnas de MORDAZA policromada, de fuste liso y capiteles doricos, que descansan directamente sobre el suelo, existiendo asimismo dos columnas de MORDAZA de fuste liso con capiteles azapatados de estilo barroco sobre basas de MORDAZA, dispuesta paralelamente a las primeras a mitad del MORDAZA, el mismo que presenta una balaustrada torneada de madera. El presbiterio de encuentra en un nivel superior al del area de fieles, desde el que se accede trasponiendo el amplio arco triunfal de estructura de MORDAZA con evidencias de pintura mural policroma con imagenes de MORDAZA y MORDAZA y por 5 gradas de piedra; que, al interior del templo, se conservan ademas del retablo mayor rearmado con partes de estilo manierista y barrocos (columnas salomonicas), otros seis retablos principalmente de estilo renacentista y mas completos, un pulpito de MORDAZA con acabado en pan de oro, de catedra cilindrica y casoleta conica apoyado sobre un pie o pedestal, andas de MORDAZA de tallas barrocas y neoclasicas, asi como parte del sagrario original imagineria, lienzos y un organo entre otros bienes muebles. Cabe senalar que se observan evidencias de pintura mural policroma tras los retablos y en el sotacoro; Que, la portada del MORDAZA de pies presenta un esquema renacentista de dos cuerpos y una MORDAZA, con vano de ingreso en arco de medio punto, flanqueado por pilastras de fuste liso y molduras sencillas que rematan en pinaculos; sobre el ingreso se levanta el MORDAZA cuerpo con ventana de forma rectangular en la parte central correspondiente al

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