Norma Legal Oficial del día 12 de febrero del año 2012 (12/02/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 12 de febrero de 2012

PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Decreto Supremo que prorroga el Estado de Emergencia en el Cerro Pucruchacra, ubicado en el distrito de San MORDAZA de Huanchor, provincia de Huarochiri, del departamento de MORDAZA
DECRETO SUPREMO N° 012-2012-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 095-2011-PCM de fecha 14 de diciembre de 2011, se declaro el Estado de Emergencia en el Cerro Pucruchacra, ubicado en el Distrito de San MORDAZA de Huanchor, Provincia de Huarochiri, del Departamento de MORDAZA, por el plazo de sesenta (60) dias calendario, para la ejecucion de acciones inmediatas destinadas a la reduccion y minimizacion del alto riesgo y peligro inminente de deslizamiento existente en la referida zona; Que, dicha medida se adopto debido al deslizamiento que se produjo el pasado 16 de agosto de 2011, en la referida MORDAZA, lo que provoco el bloqueo de la Carretera Central, evidenciandose la posible generacion de un deslizamiento de mayor dimension que podria afectar a las viviendas ubicadas al pie de la ladera, un tramo del tunel ­ MORDAZA aductor de la Central Hidroelectrica de Huanchor ­ CHH y areas agricolas; Que, mediante Oficio N° 032-2012-GRL/PRES de fecha 02 de febrero de 2012, el Gobierno Regional de MORDAZA, solicita se amplie la Declaratoria del Estado de Emergencia por Peligro Inminente por deslizamiento en el Cerro Pucruchacra, adjuntando como sustento tecnico el Informe Nº 017-2012-GRL/GRRNGMA del 30 de enero de 2012, que a su vez acompana el Informe Tecnico Nº 001-2012-GRL/GRRNGMA/ ODC denominado: "Estimacion de riesgos del Cerro Pucruchacra, en el Distrito de San MORDAZA de Huanchor, Provincia de Huarochiri, Region Lima", asi como el Informe Nº 040-2012-GRL/GRRNGMA-ORDC-JLMM de fecha 30 de enero de 2012, que informa sobre las acciones faltantes para la estabilizacion en las cinco (05) zonas criticas de las laderas del mencionado cerro; Que, mediante Informe Nº 002-2012-INDECI/10.2 de fecha 03 de febrero de 2012, la Direccion Nacional de Prevencion del Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI, se pronuncia en base a lo informado por el Gobierno Regional de MORDAZA, senalando que persisten las condiciones de riesgo ante Peligro Inminente de deslizamiento de tierras en el Cerro Pucruchacra, declarado en estado de emergencia, recomendando la prorroga de la declaratoria de estado de emergencia, que permita continuar con la ejecucion de acciones inmediatas, simultaneas y necesarias debido a la situacion actual; Que, estando por vencer el plazo de vigencia del Estado de Emergencia declarado mediante el Decreto Supremo Nº 095-2011-PCM y subsistiendo las condiciones de emergencia en la MORDAZA, es necesario prorrogar el periodo del Estado de Emergencia, con el fin de que se continue con la ejecucion de las acciones necesarias e inmediatas correspondientes; y, De conformidad con el inciso 1º del articulo 137 de la Constitucion Politica del Peru, que establece que la prorroga del estado de emergencia requiere de MORDAZA decreto, el articulo 69 del Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres (SINAGERD), el cual establece que el Gobierno Regional presenta al INDECI

la solicitud de prorroga del Estado de Emergencia, con el sustento correspondiente; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros y con cargo de dar cuenta al Congreso de la Republica; DECRETA: Articulo 1.- Prorroga del estado de emergencia Prorroguese por el termino de sesenta (60) dias calendario, a partir del 13 de febrero de 2012, el Estado de Emergencia en el Cerro Pucruchacra, ubicado en el Distrito de San MORDAZA de Huanchor, Provincia de Huarochiri, en el Departamento de MORDAZA, declarado mediante el Decreto Supremo Nº 095-2011-PCM. Articulo 2.- Acciones a ejecutar El Gobierno Regional de MORDAZA, en coordinacion con los Gobiernos Locales involucrados, el Instituto Nacional de Defensa Civil, el Ministerio de Agricultura ­ Autoridad Nacional del Agua, el Ministerio del Ambiente, el Ministerio de Energia y Minas, el Ministerio de Salud, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, el Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria ­ OSINERGMIN y demas instituciones y organismos del Estado involucrados, asi como las entidades privadas involucradas en cuanto les corresponda, ejecutaran las acciones necesarias destinadas a la reduccion del alto riesgo existente y a la rehabilitacion de las zonas que pudieran verse afectadas. Estas acciones, de acuerdo al sustento tecnico, comprenden entre otras, el drenado del cuerpo de deslizamiento para la estabilizacion del area inestable: drenaje superficial y subterraneo, el monitoreo topografico e implementacion de un monitoreo piezometrico e inclinometrico, el MORDAZA de las grietas y demas medidas de estabilizacion recomendadas en cada una de las cinco zonas criticas identificadas; acciones que pueden ser modificadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecucion, sustentadas en los estudios tecnicos de las entidades competentes. Articulo 3.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Agricultura, el Ministro del Ambiente, el Ministro de Energia y Minas, el Ministro de Salud, el Ministro de Transportes y Comunicaciones y el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los once dias del mes de febrero del ano dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA VALDES DANCUART Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA GINOCCHIO BALCAZAR Ministro de Agricultura MORDAZA PULGAR-VIDAL Ministro del Ambiente MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Salud MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 752604-2

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