Norma Legal Oficial del día 12 de febrero del año 2012 (12/02/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 12 de febrero de 2012

Que, el objetivo de la citada reunion es continuar con las labores desarrolladas por cada Grupo de Trabajo de Integracion Financiera del UNASUR, en el que se trataran temas importantes en materia economica regional conjuntamente con los representantes de los paises de este bloque de integracion suramericano; en particular en la Reunion Plenaria del Grupo de Trabajo de Integracion Financiera, se continuara la negociacion sobre la posibilidad de impulsar el uso de monedas de la region para cursar las transacciones comerciales intra-regionales, a fin de que sirvan de incentivo para profundizar los procesos de integracion, la implementacion de mecanismos de financiamiento al comercio, la reevaluacion del Convenio de Pagos y Creditos Reciprocos ALADI; otro tema de negociacion sera la viabilidad de medidas de cooperacion tecnica en lo referente al manejo y movilizacion de las reservas internacionales, entre los principales temas a tratar, los mismos que resultan de sumo interes nacional y de este Ministerio; Que, la participacion del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, profesional de la Direccion General de Asuntos de Economia Internacional, Competencia y Productividad, en la primera reunion Plenaria del Grupo de Trabajo de Integracion Financiera - GTIF del presente ano, permitira hacer seguimiento de los compromisos que el Peru asumiria, en el MORDAZA del mencionado foro, para su posterior implementacion, los cuales se relacionan con la arquitectura financiera regional y el comercio intra ­ regional, para asegurar que los mismos resulten consistentes con la politica economica implementada; Que, el literal a) del numeral 10.1 del articulo 10º de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2012, respecto a los viajes al exterior de servidores o funcionarios publicos y representantes del Estado, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior con cargo a recursos publicos, salvo aquellos que se efectuen en el MORDAZA de negociaciones economicas y financieras, los cuales se autorizan mediante Resolucion del Titular de la Entidad, la misma que es publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, en consecuencia y siendo de interes para el MORDAZA, resulta necesario autorizar el viaje solicitado, cuyos gastos seran cubiertos con cargo al presupuesto del Ministerio de Economia y Finanzas; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27619 ­ Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, la Ley N° 29812 ­ Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012 y el Decreto Supremo N° 0472002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje, en comision de servicio, del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, profesional de la Direccion General de Asuntos de Economia Internacional, Competencia y Productividad del Ministerio de Economia y Finanzas, a la MORDAZA de Buenos Aires, Republica de MORDAZA, del 15 al 18 de febrero de 2012, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion, seran con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora 001 ­ Administracion General del Pliego Ministerio de Economia y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Aereos : US $ Viaticos (3 dias) : US $ 1 751,00 600,00

cualquier clase o denominacion a favor del profesional cuyo viaje se autoriza. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas 752602-1

EDUCACION
Suspenden hasta el 31 de diciembre de 2013 la creacion y autorizacion de funcionamiento de Institutos y Escuelas de Educacion Superior Pedagogicos y de Institutos Superiores de Educacion Publicos y Privados que forman docentes a nivel nacional
DECRETO SUPREMO N° 005-2012-ED EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el literal a) del articulo 4 de la Ley N° 29394, Ley de Institutos y Escuelas de Educacion Superior, la educacion que se imparte en los Institutos y Escuelas se sustenta, entre otros principios, en el de pertinencia, que da respuesta, tambien entre otros, a las demandas del MORDAZA laboral; Que, en concordancia con el referido MORDAZA, uno de los objetivos de la educacion que se imparte en los Institutos y Escuelas, establecido en el literal b) del articulo 6 de la precitada ley, es el de formar profesionales calificados y tecnicos de acuerdo con las necesidades del MORDAZA laboral para el desarrollo del MORDAZA, de la region y la provincia; Que, dentro del referido MORDAZA legal, el articulo 17 de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2010-ED, establece que los Institutos y Escuelas de Educacion Superior Pedagogicos son instituciones que ofrecen la formacion Inicial docente que requiere el sistema educativo peruano en todas sus etapas, modalidades, niveles o ciclos y formas; Que, el articulo 4 del Reglamento mencionado en el considerando precedente, establece que los Institutos y Escuelas de Educacion Superior publicos se crean por Resolucion Suprema, refrendada por los Ministros de Educacion y de Economia y Finanzas; y, conforme al articulo 5 del precitado Reglamento, para iniciar sus actividades los Institutos y Escuelas de Educacion Superior privados requieren la Resolucion Ministerial del Ministerio de Educacion que autorice su funcionamiento en el ambito provincial; Que, de acuerdo con el literal b) del articulo 80 de la Ley N° 28044, Ley General de Educacion, corresponde al Ministerio de Educacion conducir el MORDAZA de planificacion de la educacion; Que, existe una sobre oferta de profesores formados en los Institutos y Escuelas de Educacion Superior Pedagogicos, que exceden el requerimiento del sistema educativo peruano, y por ende, las necesidades del MORDAZA laboral, siendo necesario por ello suspender, con eficacia anticipada al 1 de enero del ano 2012, y hasta el 31 de diciembre del ano 2013 inclusive, la creacion y autorizacion de funcionamiento de Institutos y Escuelas de Educacion Superior Pedagogicos y de Institutos Superiores de Educacion Publicos y Privados, que forman docentes a nivel nacional, a fin de equilibrar la oferta y la demanda de formacion docente de acuerdo a los requerimientos del sistema educativo nacional; Que, conforme al numeral 17.1) del articulo 17 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, la autoridad podra disponer en el mismo

Articulo 3°.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje autorizado, el citado profesional debera presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4º.- La presente MORDAZA no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de aduana de

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