Norma Legal Oficial del día 09 de enero del año 2016 (09/01/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 92

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NORMAS LEGALES

Sábado 9 de enero de 2016 /

El Peruano

EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE SAN JUAN DE LURIGANCHO VISTO: En Sesión Extraordinaria de Concejo del 23 de diciembre de 2015, el Informe Nº 197-2015-MDSJL/ GP-SGDICNI de fecha 18 de diciembre de 2015, de la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional y Cooperación Nacional e Internacional y documentos conexos, sobre propuesta de modificación de Estructura Orgánica y Reglamento de Organización y Funciones - ROF, aprobado mediante Ordenanza Nº 290, de la Municipalidad San Juan de Lurigancho; y, CONSIDERANDO: Que, conforme lo dispuesto por el artículo 194º de la Constitución Política del Perú en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 (en adelante la LOM) los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujeción al ordenamiento jurídico; correspondiéndole al Concejo Municipal la función normativa que se ejerce a través de Ordenanzas, las mismas que tienen rango de ley, conforme al artículo 200º de la Carta Fundamental; Que, el artículo 9º numeral 3) de la LOM establece que, corresponde al concejo municipal aprobar el régimen de organización interior y funcionamiento del gobierno local. Asimismo, el artículo 40º dispone que las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa; Que, el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM aprueba los Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF por parte de las entidades de la Administración Pública, el mismo que define a la Estructura Orgánica como el conjunto de órganos interrelacionados racionalmente entre sí para cumplir funciones preestablecidas que se orientan en relación con objetivos derivados de la finalidad asignada a la Entidad, y al Reglamento de Organización y Funciones como el documento técnico normativo de gestión institucional que formaliza la estructura orgánica de la Entidad orientada al esfuerzo institucional y al logro de su misión, visión y objetivos. Contiene las funciones generales de la Entidad y las funciones específicas de los órganos y unidades orgánicas y establece sus relaciones y responsabilidades; Que, el artículo 9º del precitado Decreto señala que, el Reglamento de Organización y Funciones establece: a) La estructura orgánica de la entidad; b) Las funciones generales y específicas de la entidad y de cada uno de sus órganos y unidades orgánicas, y c) Las relaciones de coordinación y control entre órganos, unidades orgánicas y entidades cuando corresponda; asimismo, en su artículo 33º dispone que los Reglamentos de Organización y Funciones de las Entidades requieren de un informe previo favorable para su aprobación cuyo objetivo es la verificación del cumplimiento de los requisitos técnicos previstos en los citados lineamientos y en la Ley de Modernización de la Gestión del Estado y demás normativa vigente; debiendo acompañarse el proyecto de ROF, el proyecto de ordenanza aprobatoria del ROF y el Informe Técnico Sustentatorio; los mismos que deben estar debidamente visados por el órgano responsable de su elaboración y el órgano de asesoría jurídica de la entidad o el que haga sus veces. Además exige que debe tenerse en cuenta que no exista duplicidad de funciones entre los órganos de la entidad y entre ésta y las demás entidades públicas que actúan en su circunscripción; Que, mediante Ordenanza Nº 290 de fecha 14 de marzo de 2015, publicada el 21 del mismo mes y año, se aprobó la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones adecuado a las necesidades

de la gestión; sin embargo, la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional y Cooperación Nacional e Internacional con Informe Nº 197-2015-MDSJL/GP-SGDICNI de fecha 18 de diciembre de 2015, con el visto bueno de la Gerencia de Planificación, sustenta la necesidad de modificar la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad de San Juan de Lurigancho, para incorporar la Sub Gerencia de Registro Civil como unidad dependiente de la Secretaría General, adecuar las funciones del Órgano de Control Institucional a la Directiva Nº 007-2015-CG/PROCAL, Directiva de los Órganos de Control Institucional, aprobada por Resolución de Contraloría Nº 163-2015-CG, de fecha 21 de abril de 2015 y publicada el 22 del mismo mes y año, en el Diario Oficial El Peruano, modificando los artículos 36º y 37º del ROF; y, finalmente, la modificación del artículo 58º del citado ROF, respecto a la administración del teatro municipal y de la banda municipal como funciones que serán de competencia de la Secretaría de Comunicación e Imagen Institucional; Que, las precitadas modificaciones están orientados a cumplir niveles óptimos de eficiencia, transparencia y modernidad en la prestación de servicios en favor del administrativo; por lo que encontrándose ajustadas a la normativa vigente se debe aprobar la modificación de la Estructura Orgánica y Reglamento de Organización y Funciones; Estando a lo expuesto, contando con la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica según Informe Nº 333-2015-GAJ/MDSJL de fecha 18 de diciembre de 2015, y de conformidad con los artículos 9º, incisos 3) y 8) y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con el VOTO UNANIME del Pleno del Concejo, se aprobó la siguiente norma: ORDENANZA QUE MODIFICA LA ESTRUCTURA ORGANICA Y EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Artículo Primero.- MODIFICAR la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, aprobada mediante Ordenanza Nº 290 del 14 de marzo de 2015 y publicada el 21 del mes y año en el Diario Oficial El Peruano, incorporando la Sub Gerencia de Registro Civil como unidad dependiente de la Secretaría General; consecuentemente modificar el artículo 9º numeral 06, sub numeral 06.1 del Título II, Capitulo 01: Estructura de la Organización Municipal del Reglamento de Organización y Funciones - ROF, aprobado por la citada Ordenanza Nº 290, con la siguiente estructura de organización: 01. Órganos de Alta Dirección: 01.1. Concejo Municipal 01.2. Alcaldía 01.3. Gerencia Municipal 02. Órganos Consultivos: 02.1. Comisión de Regidores 02.2. Consejo de Coordinación Local Distrital 02.3. Junta Distrital de Delegados Vecinales 02.4. Comité Distrital de Seguridad Ciudadana 02.5. Plataforma Distrital de Defensa Civil 02.6. Comité de Administración del Programa de Vaso de Leche 02.7. Consejo Distrital de Participación de la Juventud 02.8. Agencia Distrital de Fomento de la Inversión Privada 02.9. Comité Ambiental Municipal 03. Órgano de Control Institucional: 03.1. Órgano de Control Institucional 04. Órgano de Defensa Judicial: 04.1. Procuraduría Pública Municipal

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