Norma Legal Oficial del día 23 de enero del año 2017 (23/01/2017)


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NORMAS LEGALES

Lunes 23 de enero de 2017 /

El Peruano

productos y servicios financieros, la transparencia de información y la gestión de reclamos. g) Conflicto de intereses.- situación en la que una persona u órgano de gobierno de la empresa se enfrentan a distintas alternativas de conducta con intereses incompatibles entre sí debido, entre otras causas, a la falta de alineamiento entre sus intereses y los de la empresa. h) Control interno.- un proceso realizado por el directorio, la gerencia y el personal, diseñado para proveer un aseguramiento razonable en el logro de objetivos referidos a la eficacia y eficiencia de las operaciones, confiabilidad de la información financiera, y cumplimiento de las leyes aplicables y regulaciones. i) Días.- días calendario. j) Directorio.- toda referencia al directorio, alude también a cualquier órgano de gobierno equivalente. k) Director Independiente.- es aquel que es seleccionado por su prestigio profesional e independencia económica y que no tiene ni ha tenido, en los últimos tres (3) años consecutivos anteriores a su designación, vinculación con la empresa, su administración, grupo económico o sus accionistas principales, entendiéndose a estos últimos como aquellos que tienen la propiedad del cinco por ciento (5%) o más de las acciones de la empresa. La vinculación se define en las Normas especiales sobre vinculación y grupo económico, aprobadas mediante Resolución SBS Nº 5780-2015. l) Evento.- un suceso o serie de sucesos que pueden ser internos o externos a la empresa, originados por la misma causa, que ocurren durante el mismo periodo de tiempo. m) Gobierno corporativo.- es el conjunto de procesos, políticas, normas y prácticas que determinan cómo una empresa o un grupo es dirigido, gestionado y controlado. n) Hechos significativos.- aquellos hechos que pueden tener impacto importante sobre la situación financiera de la empresa, o sobre el logro de sus objetivos. o) Impacto.- medición cualitativa o cuantitativa de las consecuencias de un evento. Usualmente se expresará en términos monetarios, como pérdidas financieras. p) Junta General de Accionistas.- toda referencia a la junta general de accionistas u órganos similares. Sus principales atribuciones se encuentran comprendidas en la Ley General y en la Ley General de Sociedades. q) Ley General.- Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus normas modificatorias. r) Ley General de Sociedades.- Ley Nº 26887 y sus normas modificatorias. s) Límites de riesgo.- es el nivel máximo de riesgo, en función al apetito, expresado preferentemente en medidas cuantitativas por líneas de negocio, tipos de riesgo, concentraciones, u otros apropiados a la complejidad de las operaciones y servicios de la empresa y el sector al que pertenece. t) Manuales de gestión de riesgos.- documentos que contienen las funciones, responsabilidades, políticas, metodologías y procedimientos dispuestos para la identificación, evaluación, tratamiento, control, reporte y monitoreo de los riesgos de las empresas. u) Manuales de organización y funciones.- documentos que detallan la estructura orgánica de las empresas, los objetivos y funciones de sus unidades, así como las obligaciones y responsabilidades de su personal. v) Manuales de políticas y procedimientos.documentos que contienen responsabilidades, políticas, metodologías y procedimientos establecidos por las empresas para la realización de las actividades de cada una de las unidades con las que cuenta, incluyendo las que corresponden a la gestión de riesgos. w) Nuevo producto.- producto lanzado por primera vez por la empresa o un cambio en un producto existente que modifica significativamente su perfil de riesgo. x) Operaciones con partes vinculadas.- de acuerdo con la definición establecida en las Normas especiales sobre vinculación y grupo económico, aprobado mediante Resolución SBS Nº 5780-2015. y) Principales funcionarios.- aquellos comprendidos en las Normas Complementarias a la elección de Directores, Gerentes y Auditores Internos, aprobadas por

la Resolución SBS Nº 1913-2004, en concordancia con lo establecido en la Circular SBS N° G-0119-2004, Normas para el Registro de Directores, Gerentes y Principales Funcionarios ­ REDIR. z) Proceso.- conjunto de actividades, tareas y procedimientos organizados y repetibles que producen un resultado esperado. aa) Productos.- bienes y/o servicios ofrecidos por las empresas a los usuarios. bb) Reglamento.- Reglamento de Gobierno Corporativo y de la Gestión Integral de Riesgos. cc) Remuneración.- comprende todas las formas de beneficios pagados, por pagar o suministrados por la empresa, o en nombre de esta, a cambio de servicios prestados a la empresa. Esta remuneración puede incluir beneficios monetarios o no monetarios. dd) Remuneración Fija.- aquella remuneración que en forma periódica, semanal, quincenal o mensual, percibe el trabajador, siendo fija en la medida que su monto y período de pago sea de carácter regular. ee) Remuneración Variable.- es toda remuneración distinta a la remuneración fija. ff) Riesgo.- la posibilidad de ocurrencia de eventos que impacten negativamente sobre los objetivos de la empresa o su situación financiera. gg) Seguridad razonable.- se refiere al nivel de certeza que una empresa puede tener respecto al logro de sus objetivos, considerando que siempre es posible que se produzcan hechos significativos que no sean prevenidos o detectados oportunamente, dada la incertidumbre inherente al futuro. hh) Sistema de apetito por el riesgo.- conjunto de políticas, límites, procesos, procedimientos, roles y responsabilidades mediante los cuales el apetito por el riesgo es establecido, comunicado y vigilado. ii) Sistema de remuneraciones.- conjunto de políticas, estrategias, procedimientos y recursos empleados por la empresa para el otorgamiento de remuneraciones, los cuales incluyen criterios de evaluación, periodicidad de pago, formas de pago, entre otros. jj) Subcontratación.- modalidad de gestión mediante la cual una empresa contrata a un tercero para que este desarrolle un proceso que podría ser realizado por la empresa contratante. kk) Superintendencia.- Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones. ll) Usuario.- persona natural o jurídica que utiliza o puede utilizar los productos ofrecidos por las empresas. TITULO II GOBIERNO CORPORATIVO CAPÍTULO I ASPECTOS GENERALES Artículo 3°.- Gobierno corporativo Las empresas deben definir principios y lineamientos generales para la adopción e implementación de prácticas de gobierno corporativo que sirvan de guía para el accionar de los órganos de gobierno de la empresa. La estructura del gobierno corporativo especifica la distribución de los derechos y responsabilidades entre los diferentes órganos de gobierno y grupos de interés. El gobierno corporativo también provee la estructura a través de la cual se establecen los objetivos de la empresa, los medios para alcanzar estos objetivos, así como la forma de hacer un seguimiento de su desempeño. El directorio y la gerencia deben asegurar razonablemente la adopción de las mejores prácticas relacionadas al gobierno corporativo. Las empresas deben contar con un marco de gobierno corporativo que considere, cuando menos los siguientes lineamientos: a) La estructura y organización corporativas consistentes con la naturaleza y el tamaño de la empresa, con el grupo al que ella pertenece, y, con la complejidad de sus operaciones y servicios.

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