Norma Legal Oficial del día 23 de enero del año 2017 (23/01/2017)


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NORMAS LEGALES

Lunes 23 de enero de 2017 /

El Peruano

que permitan mantener la confidencialidad del denunciante. En el caso de los hechos significativos, la unidad de auditoría interna, bajo responsabilidad, debe comunicar a esta Superintendencia, conforme con lo establecido en el Reglamento de Auditoría Interna. CAPÍTULO IV SISTEMA DE REMUNERACIONES Artículo 20°.- Diseño del sistema de remuneraciones Las empresas deben contar con un sistema de remuneraciones para sus trabajadores y los miembros del directorio, coherente con su estrategia de negocio y políticas, y que evite potenciales conflictos de intereses. Este sistema debe corresponder con la naturaleza, tamaño y complejidad de las operaciones y servicios de la empresa. El sistema de remuneraciones debe incluir políticas y procedimientos que definan los criterios e indicadores para determinar la remuneración variable de los trabajadores de la empresa y de los miembros del directorio, de ser aplicable. Dichos criterios e indicadores deben estar acordes con los objetivos propios de sus funciones, la frecuencia y forma de pago. Los trabajadores y miembros del directorio deben tener acceso a dichas políticas. Artículo 21°.- Vinculación con el desempeño de la empresa Los criterios utilizados para el cálculo de la remuneración variable de los trabajadores y miembros del directorio deben tener en cuenta el desempeño global y la gestión a largo plazo de la empresa. El horizonte de tiempo asociado debe considerar los riesgos propios de las operaciones de la empresa. El sistema de remuneraciones debe definir los supuestos bajo los cuales se inhabilite la aplicación de cláusulas de blindaje y de acuerdos que garanticen el pago de remuneración variable, de ser el caso. Estos criterios deben estar contemplados en los contratos que suscriba la empresa con sus trabajadores y en el documento de aceptación del cargo de los miembros del directorio. TÍTULO III GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS CAPÍTULO I ASPECTOS GENERALES Artículo 22°.- Gestión Integral de Riesgos La Gestión Integral de Riesgos es un proceso efectuado por el directorio, la gerencia y el personal aplicado a toda la empresa y en la definición de su estrategia, diseñado para identificar potenciales eventos que pueden afectarla, gestionarlos de acuerdo a su apetito por el riesgo y proveer una seguridad razonable en el logro de sus objetivos. La Gestión Integral de Riesgos incluye la totalidad de la empresa, sus líneas de negocio, procesos y unidades organizativas, a través de todos sus riesgos relevantes. Las empresas deben diseñar y aplicar una gestión integral de riesgos, adecuada a su naturaleza, tamaño y a la complejidad de sus operaciones y servicios, así como al entorno macroeconómico que afecta a los mercados en los que opera la empresa. Las empresas deben contar con un marco de gestión de riesgos que se adapte a su organización y necesidades, el que debe considerar los elementos descritos a continuación, los que podrán ser reagrupados en la forma que se estime más adecuada a las características particulares de la empresa y su metodología: a) Ambiente interno.- que comprende, entre otros, la cultura y valores corporativos, la idoneidad técnica y moral de sus funcionarios; la estructura organizacional; y las condiciones para la delegación de facultades y asignación de responsabilidades. b) Establecimiento de objetivos.- proceso por el que se determinan los objetivos que deben de encontrarse

de acuerdo con el apetito por el riesgo y dentro de su capacidad de riesgo. c) Identificación de riesgos.- proceso por el que se identifican los riesgos internos y externos, y que considera, según sea apropiado, los posibles eventos y escenarios asociados. d) Evaluación de riesgos.- proceso por el que se evalúa el riesgo de una empresa, línea de negocio, portafolio o producto; mediante técnicas cualitativas o cuantitativas. e) Respuesta al riesgo.- proceso por el que se opta por aceptar el riesgo, disminuir la probabilidad de ocurrencia, disminuir el impacto, transferirlo total o parcialmente, evitarlo, o una combinación de las medidas anteriores, de acuerdo con el nivel de apetito y límites de riesgo definidos. f) Control.- proceso que busca asegurar que las medidas de respuesta al riesgo se cumplan de acuerdo con lo previsto. g) Información y comunicación.- proceso por el que se informa al directorio, gerencia, comité de riesgos y otros involucrados, según corresponda. h) Monitoreo.- proceso que consiste en la evaluación periódica del adecuado funcionamiento de la gestión integral de riesgos. Artículo 23°.- Tipos de riesgos Los riesgos pueden surgir por diversas internas o externas, y pueden agruparse en categorías o tipos. A continuación se enumera no limitativa de los diversos tipos de riesgos a expuesta una empresa: fuentes, diversas una lista que está

a) Riesgo de crédito La posibilidad de pérdidas por la incapacidad o falta de voluntad de los deudores, emisores, contrapartes, o terceros obligados, para cumplir sus obligaciones contractuales. b) Riesgos de lavado de activos y del financiamiento del terrorismo La posibilidad de que la empresa sea utilizada para fines de lavado de activos y del financiamiento del terrorismo. Esta definición excluye el riesgo de reputación y el operacional. c) Riesgo de liquidez La posibilidad de pérdidas por la venta anticipada o forzosa de activos a descuentos inusuales para hacer frente a obligaciones, así como por el hecho de no poder cerrar rápidamente posiciones abiertas o cubrir posiciones en la cantidad suficiente y a un precio razonable. d) Riesgo de mercado La posibilidad de pérdidas derivadas de fluctuaciones en las tasas de interés, los tipos de cambio, los precios de instrumentos de renta variable y otros precios de mercado, que incidan sobre la valuación de las posiciones en los instrumentos financieros. e) Riesgo de reputación La posibilidad de pérdidas por la disminución de la confianza en la integridad de la institución que surge cuando el buen nombre de la empresa es afectado. El riesgo de reputación puede presentarse a partir de otros riesgos inherentes en las actividades de una organización. f) Riesgo técnico La posibilidad de pérdidas o modificación adversa del valor de los compromisos contraídos en virtud de los contratos de seguros, de reaseguros y de coaseguros. En el caso de los seguros de no-vida, se consideran las fluctuaciones relacionadas con la frecuencia, la severidad, y la liquidación de los siniestros. Para el caso de los seguros de vida, esto puede incluir la posibilidad de pérdidas por variaciones en el nivel, la tendencia o la volatilidad de las tasas de mortalidad, longevidad, invalidez, morbilidad, renovación o rescate de los contratos de seguros, entre otros parámetros y supuestos, así como de los gastos de ejecución de dichas obligaciones.

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