Norma Legal Oficial del día 23 de enero del año 2017 (23/01/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano / Lunes 23 de enero de 2017

NORMAS LEGALES

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Que, mediante Informe Nº 070 ­ 2016 / GRC / GRDS ­ SAV de fecha 01 de Diciembre de 2016, emitido por la especialista en Gestión Social de la Gerencia Regional de Desarrollo Social, remite la propuesta de Ordenanza Regional que crea y conforma el Consejo Regional para la Igualdad de Género de la Región Callao, el mismo que cuenta con la aprobación de la citada gerencia; Que, mediante Informe N° 1557 ­ 2016 ­ GRC / GAJ de fecha 12 de Diciembre del 2016, eleva el Informe 236 ­ 2016 ­ GRC / GAJ / LMCHB, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que es procedente visar el Proyecto de Ordenanza Regional que aprueba la Creación y Conformación del Consejo Regional para la igualdad de Género de la Región Callao; Que, el Proyecto de Ordenanza Regional cuenta con las visaciones de la Gerencia de Asesoría Jurídica, Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, y la Gerencia Regional de Desarrollo Social; Que, estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones otorgadas al Presidente Regional por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales ­ Ley Nº 27867; el Consejo Regional ha aprobado la siguiente: ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA LA CREACIÓN Y CONFORMACIÓN DEL CONSEJO REGIONAL PARA LA IGUALDAD DE GÉNERO DE LA REGIÓN CALLAO Artículo 1.- APROBAR la creación del Consejo Regional para la Igualdad de Género de la Región Callao, de naturaleza permanente, que tendrá por objeto constituir una instancia de coordinación, articulación, facilitación, promoción, seguimiento y monitoreo de las políticas regionales de la región Callao, vinculadas a la gestión integral de la igualdad de género, con fines de reducir las brechas de género, adscrita a la Gerencia Regional de Desarrollo Social. Artículo 2.- CONFORMAR el Consejo Regional de Igualdad de Género de la Región Callao integrada por un o una representante de las instituciones siguientes: 1. Gerencia General Regional representado por la Gerencia Regional de Desarrollo Social, quien lo Presidirá; 2. Oficina de Desarrollo Social, Población e Igualdad de Oportunidades, Vivienda y Saneamiento, en la Secretaria Técnica; 3. Oficina Regional de Atención a las Personas con Discapacidad 4. Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial 5. Oficina Racionalización y Estadística 6. Oficina Regional de Programación de Inversiones 7. Gerencia Regional de Educación, Cultura y Deporte 8. Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente. 9. Gerencia Regional de Defensa Nacional, Defensa Civil y Seguridad Ciudadana. 10. Gerencia Regional de Transportes y Comunicaciones 11. Gerencia Regional de Infraestructura 12. Gerencia Regional de Desarrollo Económico 13. Dirección Regional de Educación del Callao 14. Dirección Regional de Salud del Callao 15. Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo del Callao 16. Comite de Administración del Fondo Educativo del Callao 17. Sociedad de Beneficencia Pública del Callao 18. Universidades del ámbito de la Región Callao 19. Mesa de Concertación de Lucha contra la Pobreza 20. Municipalidades provincial y de cada distrito 21. Ministerio Publico- Distrito Fiscal del Callao, Distrito Fiscal de Ventanilla 22. Corte Superior de Justicia de Callao y Ventanilla 23. Región Policial Callao

24. Organizaciones Sociales de Base del ámbito regional 25. Organización civil no gubernamental que desarrolla la línea temática de igualdad de género 26. Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, en calidad de miembro asesor. En función de los objetivos y avances del presente Consejo Regional, se podrán incorporar representantes de otras entidades públicas más adelante. El Consejo Regional estará representado por un/a titular recaído en cada uno/a de los Gerentes/as, Jefes/as o Directores/as y su alterno/a designados/as oficialmente por cada unidad orgánica. Asimismo, el Consejo Regional podrá convocar en calidad de invitados/as a asesores/as, consultores/as de instituciones de diversa índole, para que brinden su apoyo. Las instituciones participantes del Consejo Regional podrán presentar propuestas, estudios o información variada, a partir de sus relaciones con colectivos de personas, grupos u organizaciones de mujeres en diferentes etapas de vida, de diversa índole, así como de su entorno social que influyan en su desarrollo integral, con fines de construir sinergias para su empoderamiento. Artículo 3.- CONFORMAR un Equipo Técnico Coordinador del Consejo Regional de Igualdad de Género de la Región Callao integrada por un o una representante de las instituciones siguientes: 1. Oficina de Desarrollo Social, Población e Igualdad de Oportunidades, Vivienda y Saneamiento, quien la presidirá 2. Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial 3. Dirección Regional de Educación del Callao 4. Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo del Callao 5. Dirección Regional de Salud del Callao 6. Comité de Administración del Fondo Educativo del Callao 7. Municipalidad Provincial del Callao 8. Organización Civil No Gubernamental que desarrolla la línea temática de igualdad de género 9. Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerable, como miembro asesor Encargar al Equipo Técnico Coordinador la reglamentación de funcionamiento del Consejo Regional para la Igualdad de Género de la Región Callao, así como la presentación de la propuesta de Plan de Trabajo Anual para su aprobación por el Consejo Regional, cuyo plazo para su formulación es hasta (90) noventa días útiles, que rige a partir del día siguiente de la publicación de la presente norma. Artículo 4.- DEJAR sin efecto la Ordenanza Regional Nº 006-2006-REGION CALLAO-CR de fecha 27 de abril de 2006, "Creación y conformación del Consejo Regional de Defensa de los Derechos de la Mujer del Gobierno Regional del Callao" Artículo 5.- ENCARGAR, a la Gerencia Regional de Desarrollo Social la implementación, de la presente Ordenanza. Artículo 6.- ENCARGAR, a la Gerencia General Regional del Gobierno Regional del Callao velar por el cumplimiento de la presente Ordenanza Regional. Artículo 7.- ENCARGAR, a la Oficina de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, la publicación de la presente Ordenanza Regional en la Portal WEB del Gobierno Regional del Callao y en la Portal WEB del Estado Peruano Artículo 8.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano" Artículo 9.- ENCARGAR a la Oficina de Trámite Documentario y Archivo del Gobierno Regional del Callao, notificar la presente Ordenanza Regional, a los miembros del Consejo Regional de Igualdad de Género y el Equipo Técnico Coordinador del Consejo Regional, para su conocimiento y fines.

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