Norma Legal Oficial del día 26 de Julio del año 2001 (26/07/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 107

MORDAZA, jueves 26 de MORDAZA de 2001

NORMAS LEGALES

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regulan la ejecucion de las obras publicas por administracion directa, aprobadas por la Resolucion de Contraloria Nº 195-88-CG del 18.JUL.88, Articulo primero, numerales 1,4, 7, 8, 9, 10 y 11. El Examen de la Contraloria General de la Republica concluye que por estos hechos les asiste responsabilidad administrativa a los senores: MORDAZA JHANSEN MORDAZA ex Director Municipal Tecnico y MORDAZA MORDAZA MORDAZA ex Director de Desarrollo MORDAZA, quienes han incumplido con establecido en el Articulo 21º inciso a) de la Ley Nº 276 - "Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa". Que de la revision efectuada a la Unidad de Contabilidad , en el Examen de Contraloria se ha determinado las siguientes debilidades de control interno, como son: la carencia de un Manual de Procedimientos Contables, Reglamentos y Normas internas, dificulta el accionar de la Unidad de Contabilidad. Los Informes Financieros no se elaboran oportunamente para la toma de decisiones. En los libros principales no se encuentran la firma, ni sello de la jefatura de la Unidad de Contabilidad. La Oficina de Tesoreria lleva el registro del Libro Bancos, efectuando las Conciliaciones Bancarias, la Oficina de Contabilidad no realiza la verificacion correspondiente para respaldar el saldo contable. Por lo que les asiste responsabilidad administrativa a los senores: MORDAZA MORDAZA MORDAZA ex Director Municipal Administrativo; MORDAZA MORDAZA BALLEJO ex Director de Administracion; MORDAZA MORDAZA MORDAZA ex Jefe de la Unidad de Contabilidad; quienes han incumplido con lo establecido en el Articulo 21º incisos a) y b), del Decreto Legislativo Nº 276 -"Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa". Que de la revision efectuada a la Unidad de Presupuesto se ha determinado las siguientes debilidades de control interno, se ha determinado que por decision del Titular del Pliego, desactivaron la Unidad de Presupuesto de la Municipalidad Provincial del MORDAZA, encargando la labor de formulacion del presupuesto, evaluacion y control a la Direccion de Administracion a traves de la Oficina de Contabilidad. Se ha evidenciado que hasta la fecha no se han implementado las Unidades de Racionalizacion, Planes y Programas y Estadistica e Informatica, de acuerdo a lo manifestado por la Jefa de la Oficina de Planificacion y Presupuesto. Se ha determinado que la Municipalidad Provincial del MORDAZA, no cuenta con Cuadro de Asignacion de Personal - CAP y Presupuesto Analitico de Personal actualizados. En la revision al Presupuesto Institucional aprobado por la Municipalidad Provincial del MORDAZA, correspondientes al ejercicio 1995, se ha determinado que no incluyen un detalle de los Proyectos de Inversion por ejecutarse (Formato F-9), los cuales han sido aprobados en forma generica en las partidas 07. ESTUDIOS y 08. OBRAS. Asi mismo, se ha observado que la Municipalidad Provincial del MORDAZA, no ha remitido a la Direccion General de Presupuesto Publico, Contraloria General de la Republica y Comision de Presupuesto del Congreso de la Republica, las Evaluaciones Presupuestales correspondientes al ejercicio 1994. Por estos hechos la Contraloria General de la Republica concluye porque les asiste responsabilidad administrativa a los senores: MORDAZA MORDAZA MORDAZA ex Director Municipal Administrativo; MORDAZA MORDAZA BALLEJO ex Director de Administracion; MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe de la Oficina de Planificacion y Presupuesto; quienes han incumplido con lo establecido en el Articulo 21º incisos a) y b), del Decreto Legislativo Nº 276 - "Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa". Que de la revision efectuada a la Division de Tesoreria se ha determinado las siguientes debilidades de control interno, la Division de Tesoreria no lleva Registros detallados del control de los ingresos, incluido el Registro Auxiliar Caja. Las operaciones del dia son registradas en Hojas de Trabajo de Ingresos y Egresos, los cuales se hallan atrasadas con mas de 30 dias. Los recibos de ingresos no se encuentran prenumerados. Los recibos de ingresos y comprobantes de egresos (facturas, recibos, etc.) emitidos, no cuentan con el sello fechador - pagado. De igual forma, se ha determinado que algunos comprobantes de pago a pesar de llevar el sello fechador pagado, no son llenados ni mucho menos suscritos por el pagador. Los cheques que se recepcionan a nombre de la Entidad no cumplen con la certificacion previa del Banco contra el cual se giran, no contandose con la seguridad del respectivo cobro. La Division de Tesoreria mantiene un exceso de cuentas bancarias, en la MORDAZA Municipal del Qosqo, Banco de la Nacion y en cuatro bancos comerciales de la

localidad; siendo en numero 23 Ctas. Ctes. y 14 Ctas. de ahorro, de las cuales 3 Ctas. de Ahorro y 1 Cta. Cte. son en moneda extranjera. Asimismo, se ha determinado que las Ctas. de Ahorro han sido aperturadas para ganar intereses, a fin de ser transferidas a las Ctas. Ctes. para su ejecucion, al igual que las transferencias del Tesoro Publico a traves del Banco de la Nacion, las cuales son posteriormente transferidas a otros Bancos Comerciales. Los depositos de los fondos recaudados por el municipio son efectuados por el Sr. MORDAZA MORDAZA, Cajero General, lo cual contraviene la NGT Nº 10 "Medidas de seguridad para el giro de cheques y traslado de fondos", aprobado con Resolucion Directoral Nº 026- 80-EF/77-15 de 6.MAY.80, la cual establece, como mecanismo de control, se verifique que el encargado de los depositos o retiros de fondos bancarios sea una persona distinta al cajero y no tenga acceso a los registros contables. Los Recibos de Ingresos adjunto a los documentos sustentatorios, son doblados formando paquetes y guardandose en MORDAZA de carton, lo cual denota un inadecuado control y seguridad sobre los mismos. Los custodios de fondos para pagos en efectivo asi como los cajeros de la Municipalidad, no se encuentran afianzados. A la fecha, no se han efectuado arqueos en las MORDAZA del municipio a excepcion de la MORDAZA Nº 2 situada en Tesoreria, por el cual no se dejo MORDAZA de ello. Asimismo, no se han efectuado arqueos documentales en ninguna MORDAZA que emita y maneje formularios valorados, no existiendo un control de la emision y venta diaria de los mismos. De igual forma, a la fecha, no se han ejecutado arqueos en las MORDAZA chicas del fondo fijo del Municipio a excepcion de la MORDAZA de la Direccion de Administracion, por el cual no se dejo MORDAZA de ello. Por estos hechos el Examen de Contraloria General de la Republica concluye por que les asiste responsabilidad administrativa a los senores: MORDAZA MORDAZA MORDAZA ex Director Municipal Administrativo; MORDAZA MORDAZA BALLEJO ex Director de Administracion y MAGOG MORDAZA PUELLES ex Jefe de la Division de Tesoreria; quienes han incumplido con lo establecido en el Articulo 21º incisos a) y b), del Decreto Legislativo Nº 276 -"Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa". Que de la revision a la operatividad de la Direccion de Rentas se han encontrado debilidades de control interno como: Carencia de procedimientos, reglamentos y normas internas las cuales dificultan el accionar de las divisiones de la Direccion de Rentas; los ingresos no son canalizados a traves de la Direccion de Rentas; la falta de un eficiente sistema mecanizado dificulta la informacion de deudores, no siendo esta confiable ni segura; No existe un registro actualizado y confiable de cuenta corriente por tributo municipal. La carencia de procedimientos para efectuar las cobranzas coactivas, dificulta el recupero de las deudas de los contribuyentes; en el Archivo solo se centraliza las carpetas de Declaraciones Juradas de Autoavaluos y Licencia de Funcionamiento, debiendose centralizar la informacion por todo concepto; los Comprobantes de pago correspondientes al Impuesto a la explotacion de juego Pin Ball, no se encuentran prenumeradas. Los hechos MORDAZA mencionados transgreden lo dispuesto en el Manual de Organizacion y Funciones, aprobado con Resolucion de Alcaldia Nº 1352-A/MC-SG-88, en capitulo II, de la Oficina de Rentas, seccion 5.0 Funciones Generales, ademas se transgredio las Normas del Sistema Administrativo de Contabilidad el numeral 02 -Uso de Formularios prenumerados aprobado por Resolucion Ministerial Nº 801-81-EFC/ 76 de 17-SET-81. La Contraloria General de la Republica concluye que por estos hechos les asiste responsabilidad administrativa a los senores: MORDAZA MORDAZA MORDAZA ex Director Municipal Administrativo; MORDAZA MORDAZA BALLEJO ex Director de Administracion; MORDAZA MORDAZA MORDAZA ex Directora de Rentas; quienes han incumplido con lo establecido en el Articulo 21º incisos a) y b), del Decreto Legislativo Nº 276 - "Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa". Que el area de Abastecimiento no cuenta con el cuadro anual de necesidades, plan de obtencion de bienes y servicios y programacion, Reglamento Interno de Adquisiciones y Registro de Proveedores actualizado; asimismo, deberian preparar informes de recepcion por las adquisiciones que recibe. Transgrediendo las Normas Generales del Sistema de Abastecimiento, aprobado por Resolucion Jefatural Nº 133-80-INAP/DNA 16.Oct.80, numeral 03, Actualizacion y Utilizacion de Informacion para el Abastecimiento. El Jefe de Almacen debe presenciar, verificar, y suscribir la conformidad sobre el ingreso de los

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