Norma Legal Oficial del día 26 de Julio del año 2001 (26/07/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 88

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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

MORDAZA, jueves 26 de MORDAZA de 2001

do por Decreto Supremo Nº 029-2000-MTC y Decreto Ley Nº 25862, Ley Organica del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Otorgar a la EMPRESA DE TRANSPORTES PASCO SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA - "ETPASCO S.R.LTDA.", el Permiso Excepcional para prestar Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros hasta el 31 de diciembre del ano 2001, contados a partir de la fecha de expedicion de la presente Resolucion, de conformidad con lo establecido en el Decreto Supremo Nº 015-98-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 020-2000-MTC, en la ruta: MORDAZA - CERRO DE PASCO y viceversa, de acuerdo a los siguientes terminos: : MORDAZA - CERRO DE PASCO y Viceversa ORIGEN : MORDAZA DESTINO : CERRO DE PASCO ITINERARIO : AMBO - SAN MORDAZA - HUARICA CHICRIN - LA QUINUA. FRECUENCIAS : cuatro diarias FLOTA VEHICULAR : cuatro omnibus FLOTA OPERATIVA : tres omnibus: VP-1589 (1995), VP-1573 (1995) y UO-8830 (1987). FLOTA DE RESERVA : un omnibus:UM-1245 (1986). HORARIOS : salida de Huanuco: 04.00, 04.20, 07.40 y 09.40 horas. salida de Cerro de Pasco: 15.30, 20.30, 21.45 y 23.45:00 horas. Las tarjetas de circulacion seran expedidas con relacion al ano de fabricacion de los vehiculos MORDAZA mencionados. Articulo Segundo.- La presente Resolucion debera ser publicada por la empresa en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los treinta (30) dias calendario, siguientes a la fecha de su notificacion. Articulo Tercero.- La empresa iniciara el servicio dentro de los treinta (30) dias calendario, improrrogables, contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente resolucion. De no iniciar el servicio dentro del plazo establecido en el parrafo precedente, se aplicara lo dispuesto en el MORDAZA parrafo del Articulo 16º del Decreto Supremo Nº 05-95-MTC. Articulo Cuarto.- Encargar la ejecucion de esta Resolucion a la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. Registrese y comuniquese. MORDAZA A. MORDAZA MANCHEGO Director General Direccion General de Circulacion Terrestre 23166 RUTA

Que, la EMPRESA DE TRANSPORTES TURISMO MORDAZA E.I.R.L., mediante el expediente indicado en visto, ha solicitado el otorgamiento de la concesion de la ruta: HUANUCO-HUANCAYO y viceversa, al MORDAZA de lo establecido en el Reglamento del Servicio Publico de Transporte Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC; Que, en el Informe Tecnico Nº 804-2000-MTC/ 15.18.04.1.MMF, se concluye que la referida empresa ha cumplido con acreditar los requisitos establecidos en el Articulo 13º del referido Reglamento y senalados en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 640 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC, Ley Nº 25035 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 029-2000-MTC y Decreto Ley Nº 25862, Ley Organica del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; SE RESUELVE: Primero.- Otorgar a la EMPRESA DE TRANSPORTES TURISMO MORDAZA E.I.R.L., la concesion de ruta: HUANUCO-HUANCAYO y viceversa, para prestar Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, por el periodo de diez (10) anos, contados a partir de la fecha de expedicion de esta Resolucion, de acuerdo con los siguientes terminos: HUANUCO-HUANCAYO y VICEVERSA. HUANUCO. HUANCAYO. AMBO - LA OROYA. UNA SEMANAL. salida de Huanuco: MORDAZA a las 22.15 horas. salida de Huancayo: Lunes a las 22.15 horas. FLOTA VEHICULAR : dos omnibus. FLOTA OPERATIVA : un omnibus UI-9991 (1991) FLOTA DE RESERVA : un omnibus UM-1227 (1990) Las tarjetas de circulacion seran expedidas en relacion al ano de fabricacion de los vehiculos MORDAZA indicados. Segundo.- La presente Resolucion Directoral debera ser publicada por la empresa en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los treinta (30) dias calendario, siguientes a la fecha de su notificacion. Tercero.- La empresa iniciara el servicio dentro de los treinta (30) dias calendario, improrrogables, contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente resolucion. De no iniciar el servicio dentro del plazo establecido en el parrafo precedente, se aplicara lo dispuesto en el MORDAZA parrafo del Art. 16º del Decreto Supremo Nº 0595-MTC. Cuarto.- Encargar la ejecucion de esta Resolucion a la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. Registrese y comuniquese. MORDAZA A. MORDAZA MANCHEGO Director General Direccion General de Circulacion Terrestre 23161 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 2069-2000-MTC/15.18 MORDAZA, 13 de noviembre de 2000 VISTO, el Expediente Nº 2000-001561, sobre concesion de ruta del Servicio Publico de Transporte InterproRUTA ORIGEN DESTINO ITINERARIO FRECUENCIAS HORARIOS : : : : : :

Otorgan concesiones a empresa para prestar servicio publico de transporte terrestre interprovincial de pasajeros en las rutas Huanuco-Huancayo y LimaPucallpa
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 2068-2000-MTC/15.18 MORDAZA, 13 de noviembre de 2000 VISTO, el Expediente Nº 2000-001563, sobre concesion de ruta del Servicio Publico de Transporte Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus y el Informe Tecnico Nº 804-2000-MTC/15.18.04.1.MMF emitidos por la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional;

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