Norma Legal Oficial del día 14 de Junio del año 2001 (14/06/2001)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, jueves 14 de junio de 2001

NORMAS LEGALES

Pag. 204413

por diez (10) anos para operar una estacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), ubicada en el distrito de San MORDAZA, provincia de Huarochiri, departamento de MORDAZA, y sobre cambio de ubicacion de dicha estacion; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Viceministerial Nº 356-98-MTC/15.03, publicada el 29 de noviembre de 1998, se concedio a la empresa MEGAKILO STEREO FM S.R.LTDA. autorizacion y permiso de instalacion y prueba por el plazo improrrogable de 12 meses, para operar una estacion del servicio de radiodifusion sonora en FM, en el distrito de San MORDAZA, provincia de Huarochiri, departamento de Lima; Que, segun el Articulo 50º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, la licencia es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para operar un servicio de radiocomunicacion autorizado; Que, el Articulo 163º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, senala que realizada la inspeccion y a merito del informe tecnico respectivo el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion podra expedir la correspondiente licencia; Que, el inciso b) del Articulo 56º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, establece que las autorizaciones otorgadas tendran un plazo MORDAZA de diez (10) anos para los servicios de radiodifusion, renovables a solicitud del interesado; Que, el Articulo 193º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que no son modificables las caracteristicas de instalacion y operacion autorizadas para el uso o explotacion de frecuencias y otros parametros tecnicos si MORDAZA no se obtiene la correspondiente aprobacion del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; Que, la Direccion de Administracion de Frecuencias de la Direccion General de Telecomunicaciones, de conformidad con el Informe Nº 225-2001-MTC/15.19.03.2, concluye que desde el punto de vista tecnico, es procedente la autorizacion por diez (10) anos para la referida estacion en FM, ya que cumple con los requisitos tecnicos para el buen funcionamiento de una estacion de ese MORDAZA, y tambien encuentra viable el cambio de ubicacion de los estudios y planta transmisora solicitado puesto que no variara el area de cobertura autorizada; por lo que emite su conformidad tecnica al respecto; Que, la Direccion de Asesoria Tecnica de la Direccion General de Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 239-2001MTC/15.19.01, senala que es procedente autorizar la operacion de la citada estacion de radiodifusion por el plazo de diez (10) anos, que incluye el periodo de instalacion y prueba otorgado por la Resolucion Viceministerial Nº 356-98-MTC/15.03, asi como es procedente autorizar el cambio de ubicacion solicitado; De conformidad con los Decretos Supremos Nºs. 013-93TCC; 06-94-TCC; 005-98-MTC; 022-98-MTC; 002-99-MTC y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; y, Con la opinion favorable del Director General de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar, por el plazo de diez (10) anos, a la empresa MEGAKILO STEREO FM S.R.LTDA. la operacion de una estacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), ubicada en el distrito de San MORDAZA, provincia de Huarochiri, departamento de MORDAZA, de acuerdo a las siguientes caracteristicas tecnicas: Estacion Frecuencia Indicativo Potencia Emision Horario Ubicacion de los Estudios : : : : : : BC-FM 91.5 MHz OBR-4Z 20 w. 256F8E H24

nicaciones procedera a extender la correspondiente licencia de operacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MENACHO MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 25179 RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 358-2001-MTC/15.03 MORDAZA, 6 de junio de 2001 VISTAS, las solicitudes formuladas por la empresa RADIO ESTUDIO MIEDO FM STEREO S.R.LTDA., para operar una estacion transmisora del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), ubicada en el distrito de Chimbote, provincia de MORDAZA, departamento de Ancash; y sobre disminucion de potencia de dicha estacion; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Ministerial Nº 109-92-TC/15.17, del 13 de febrero de 1992, se concedio a la empresa RADIO ESTUDIO MIEDO FM STEREO S.R.LTDA., autorizacion y permiso de instalacion y prueba por el plazo improrrogable de doce (12) meses, para operar una estacion transmisora del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito de Chimbote, provincia de MORDAZA, departamento de Ancash; Que, segun el Articulo 50º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, la licencia es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para operar un servicio de radiocomunicacion autorizado; Que, el Articulo 163º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, senala que realizada la inspeccion y a merito del informe tecnico respectivo el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion podra expedir la correspondiente licencia; Que, el inciso b) del Articulo 56º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, establece que las autorizaciones otorgadas tendran un plazo MORDAZA de diez (10) anos para los servicios de radiodifusion, renovables a solicitud del interesado; Que, el Articulo 193º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que no son modificables las caracteristicas de instalacion y operacion autorizadas para el uso o explotacion de frecuencias y otros parametros tecnicos si MORDAZA no se obtiene la correspondiente aprobacion del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; Que, la empresa ha comunicado la modificacion de su razon social por la de RADIO STUDIO COMPACTO S.R.LTDA. adjuntando para ello la correspondiente documentacion sustentatoria, lo que debera ser considerado en la presente resolucion; Que, la Direccion de Administracion de Frecuencias de la Direccion General de Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 192-2001-MTC/15.19.03.2, senala que al haber resultado satisfactoria las pruebas de funcionamiento, emite su conformidad tecnica para que se otorgue la autorizacion por diez (10) anos, incluyendo la disminucion de potencia y el cambio del MORDAZA de emision de la referida estacion en FM, de la empresa RADIO STUDIO COMPACTO S.R.LTDA.; Que, la Direccion de Asesoria Tecnica de la Direccion General de Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 2422001-MTC/15.19.01, opina que es procedente autorizar la operacion de la citada estacion de radiodifusion por el plazo de diez (10) anos, que incluye el periodo de instalacion y prueba otorgado por la Resolucion Ministerial Nº 109-92TC/15.17; asi como es procedente autorizar la disminucion de potencia y el cambio de MORDAZA de emision de dicha estacion; De conformidad con los Decretos Supremos Nºs. 013-93TCC; 06-94-TCC; 005-98-MTC; 022-98-MTC; 002-99-MTC y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; y, Con la opinion favorable del Director General de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar por el plazo de diez (10) anos, a la empresa RADIO STUDIO COMPACTO S.R.LTDA. la operacion de una estacion transmisora del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), ubicada en el distrito de Chimbote, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, de acuerdo a las siguientes caracteristicas tecnicas: Estacion Frecuencia Indicativo Potencia Emision : : : : : BC-FM 99.5 MHz OCW-3L-FM 250 w. 256F8E

Ubicacion de la Planta Transmisora

: Mz. "D", Lote 10, Asociacion de Vivienda El MORDAZA, distrito de Ate, provincia y departamento de Lima. : Mz. "A", Lote 18, Saracoto Bajo, distrito de San MORDAZA, provincia de Huarochiri, departamento de Lima. Coordenadas: L.O. 76° 52' 41.5" L.S. 11° 55' 55"

Articulo 2º.- El plazo de la autorizacion a que se refiere el articulo precedente incluye el periodo de instalacion y prueba de doce (12) meses otorgado por la Resolucion Viceministerial Nº 356-98-MTC/15.03, por tanto vencera el 29 de noviembre del ano 2008. La Direccion General de Telecomu-

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.