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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE AGOSTO DEL AÑO 1998 (01/08/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 21

Pág. 162675 NORMAS LEGALES Lima, sábado 1 de agosto de 1998 Segundo.- Autorizar al señor Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima, a ratificar, remover y/o designar los jueces y al personal auxiliar que prestará servicios en estos órganos jurisdiccionales. Tercero.- Los gastos que irrogue la prórroga de la vigencia de los Juzgados mencionados en la presente reso- lución, serán financiados con cargo a la Unidad Ejecutora 002 Gerencia Central de la Reforma del Pliego del Poder Judicial, con cargo al Presupuesto del Sector Público de 1998. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. VICTOR RAUL CASTILLO CASTILLO ALIPIO MONTES DE OCA BEGAZO JORGE BUENDIA GUTIERREZ DAVID PEZUA VIVANCO 8513 Convierten en permanentes órganos jurisdiccionales transitorios del Distri- to Judicial de Lambayeque RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 677-CME-PJ Lima, 30 de julio de 1998 VISTO: El Oficio Nº 39-98-P-E-CSJL-PJ, cursado por el Pre- sidente de la Corte Superior de Justicia del Distrito Judicial de Lambayeque, mediante el cual solicita la conversión del Tercer Juzgado Civil Transitorio y del Juzgado Sentenciador Civil Transitorio de Chiclayo en Juzgados Permanentes; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 26546, sus modificatorias y am- pliatorias, Leyes Nºs. 26623 y 26695 se crea la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, la misma que ha asumido por un período de excepción, las funciones de gobierno y gestión de dicho Poder del Estado; Que, por Resolución Administrativa Nº 607-CME-PJ, se prorrogó hasta el 30 de junio de 1998, el funcionamiento de los órganos jurisdiccionales transitorios del Distrito Judi- cial de Lambayeque; Que, de la evaluación de la carga y producción procesal, resulta necesario convertir en permanentes los órganos jurisdiccionales transitorios correspondientes al Tercer Juzgado Civil Transitorio y Juzgado Sentenciador Civil Transitorio, dando por finalizado su funcionamiento como tales; En uso de las facultades conferidas por las Leyes Nºs. 26546, 26623 y 26695, Resolución Administrativa Nº 018-CME-PJ, y estando a lo acordado; RESUELVE: Artículo 1º.- Convertir en permanentes los órganos jurisdiccionales transitorios del Distrito Judicial de Lam- bayeque, que a continuación se indica: - Tercer Juzgado Civil Transitorio, que se denominará 6º Juzgado Civil. - Juzgado Sentenciador Civil Transitorio, que se deno- minará 7º Juzgado Civil. Artículo 2º.- Dar por finalizado el funcionamiento del Tercer Juzgado Civil Transitorio y del Juzgado Senten- ciador Civil Transitorio de Chiclayo. Artículo 3º.- El personal que labora en los órganos jurisdiccionales cuyo funcionamiento se ha dado por finali- zado continuará laborando tanto en el 6º como en el 7º Juzgado Civil. Artículo 4º.- La conversión de los órganos jurisdiccio- nales transitorios en 6º y 7º Juzgados Civil Permanente será efectiva a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución e iniciará sus funciones asumiendo la carga proveniente tanto del Tercer Juzgado Civil Transito-rio como del Juzgado Sentenciador Civil Transitorio de Chiclayo respectivamente. Artículo 5º.- Los gastos que irrogue el funcionamiento de los nuevos órganos jurisdiccionales permanentes serán afectados a la Unidad Ejecutora 001 - Gerencia General. Artículo 6º.- Transcribir la presente resolución al Mi- nisterio Público, Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, Gerencia General y Gerencia Central de la Reforma de la Secretaría Ejecutiva de la Comisión Ejecuti- va del Poder Judicial. Regístrese, comuníquese y publíquese. VICTOR RAUL CASTILLO CASTILLO ALIPIO MONTES DE OCA BEGAZO JORGE BUENDIA GUTIERREZ DAVID PEZUA VIVANCO 8514 S B S Autorizan a empresa bancaria la aper- tura de agencias en las provincias de Chepén y Lima RESOLUCION SBS Nº 628-98 Lima, 3 de julio de 1998 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por el Banco Continental requi- riendo la autorización de esta Superintendencia para la apertura de una agencia en la calle Atahuallpa s/n esquina con la calle San Pedro, distrito y provincia de Chepén, departamento de La Libertad; y, CONSIDERANDO: Que la referida empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifica la apertura solicita- da; Estando a lo informado por el Intendente de Análisis y Supervisión de Intermediarios Financieros "C" mediante Informe Nº ASIF"C"-124-OT/98; y, De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 30º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y la Circular Nº B-1996-97; y, en uso de la facultad delegada mediante Resolución SBS Nº 003-98; RESUELVE: Artículo Unico.- Autorizar al Banco Continental la apertura de una agencia ubicada en la calle Atahuallpa s/n esquina con la calle San Pedro, distrito y provincia de Chepén, departamento de La Libertad. Regístrese, comuníquese y publíquese. SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendenta Adjunta de Banca 8447 RESOLUCION SBS Nº 629-98 Lima, 3 de julio de 1998 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por el Banco Continental requi- riendo la autorización de esta Superintendencia para la apertura de una agencia en la Av. Ricardo Palma Nº 298,