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Pág. 162995 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 12 de agosto de 1998 CONSIDERANDO: Que, el Programa Mundial de Alimentos de las Nacio- nes Unidas - PMA mediante Carta Nº 339-PMA-98 de fecha 10 de julio de 1998, hace de conocimiento al Progra- ma Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA el arribo del Vapor "MSC SABRINA" al puerto del Callao, el cual trae en calidad de donación la cantidad de 168 tm. netas de arveja verde partida del Proyecto PER-2341; Que, el 13 de junio de 1968 se suscribe el Acuerdo Básico entre el Gobierno del Perú y el Programa Mundial de Alimentos de las Naciones Unidas, sobre asistencia del Programa Mundial de Alimentos; Que, en el marco del referido Acuerdo Básico con fecha 22 de marzo de 1991 el Programa Mundial de Alimentos de las Naciones Unidas - PMA y el Gobierno del Perú suscribieron el Plan de Operaciones para ejecutar el Proyecto "Asistencia Alimentaria a Grupos de Mujeres, Escolares Primarios y Pacientes Tuberculosos Ambulato- rios" PER 2341-II; Que, mediante Decreto Ley Nº 21942 se establece que las mercancías donadas provenientes del extranjero, con- signadas entre otros, a Instituciones y Organismos Públi- cos, así como las donadas por concepto de Cooperación Técnica Internacional y las consignadas a Instituciones Privadas debidamente acreditadas en sus respectivos sectores, orientadas a fines asistenciales o educacionales en forma gratuita, gozarán de tratamiento preferencial en el Despacho por las Aduanas de la República y estarán libres de pago de derechos específicos y adicionales conso- lidados en el Arancel de Aduanas, no siendo requisito para estos casos, la expedición de Resolución Liberatoria, ni Licencia Privada de Importación; Con las visaciones de la Gerencia de Planificación y Presupuesto, Gerencia de Recursos Alimentarios, Geren- cia de Operaciones, Gerencia de Asesoría Jurídica y de la Gerencia General; y, De conformidad a lo establecido en el Decreto Legisla- tivo Nº 719, Decreto Ley Nº 21942, Decretos Supremos Nºs. 127-91-PCM y 020-92-PCM, Resolución Suprema Nº 508-93-PCM, Resolución de Contraloría Nº 038-95-CG y Resolución Ministerial Nº 111-97-PROMUDEH y; estan- do a las facultades conferidas al Presidente del Consejo Directivo en el inciso n) del Artículo 20º del Reglamento de Organización y Funciones del PRONAA, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-98-PROMUDEH; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la donación procedente del Pro- grama Mundial de Alimentos de las Naciones Unidas, consistente en: PUERTO: CALLAO PRODUCTO VAPOR BULTOS TONELADAS TONELADAS VALOR VALOR BRUTAS NETAS FOB US$ CIF US$ Arveja verde MSC 6,720 168.672 168.000 63,000.00 74,611.56 partida SABRINA Artículo 2º.- Utilizar el referido volumen de alimen- tos en el marco de la Enmienda del Plan de Operaciones del Proyecto "Asistencia Alimentaria a Grupos de Muje- res, Escolares Primarios y Pacientes Tuberculosos Ambu- latorios" PER 2341-II. Artículo 3º.- Agradecer al Programa Mundial de Alimentos de las Naciones Unidas por su importante contribución. Artículo 4º.- Transcribir la presente resolución a la Superintendencia Nacional de Aduanas (SUNAD), a la Contraloría General de la República (CGR) y a la Secre- taría Ejecutiva de Cooperación Técnica Internacional (SECTI) del Ministerio de la Presidencia, dentro de los términos de Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL VARA OCHOA Presidente del Consejo Directivo Programa Nacional de Asistencia Alimentaria 8857 MITINCI Designan a persona natural como con- sultora en turismo RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 04-98-MITINCI/VMT Lima, 30 de julio de 1998 Vistos el Expediente Nº 011366, Oficio Nº 2271-9- CTAR-LL/DRIT, Informe Nº 021-97-CTARLL/DRIT-DI- TUR, Expediente Nº 2770 y el Informe Nº 004-98-MITIN- CI/VMT/DNT/CONS, de la Dirección Nacional de Turis- mo, sobre la solicitud de la Sra. ANA MARIA BRITTO MENDIOLA DE OLGUIN para ejercer la función de Consultora en Turismo; CONSIDERANDO: Que, la Resolución Ministerial Nº 041-95-ITINCI/DM del 20 de marzo de 1995, dispone las funciones y procedi- mientos de calificación de las personas naturales o jurídi- cas interesadas en ser designadas como Consultores en Turismo por el Viceministerio de Turismo, para efectos de cumplir con lo establecido en el Decreto Supremo Nº 12-94- ITINCI, Reglamento de Establecimientos de Hospedaje; Que, la Sra. ANA MARIA BRITTO MENDIOLA DE OLGUIN, ha solicitado ser designada como Consultora en Turismo para establecimientos de hasta Cinco Estrellas a nivel nacional; Que, se ha verificado que la solicitante ha cumplido con presentar los requisitos estipulados en el Artículo 6º de la Resolución Ministerial Nº 041-95-ICTI, Reglamento de Consultores en Turismo; Que, la Dirección Regional de Industria y Turismo del CTAR - La Libertad, de conformidad con el Artículo 4º de la Resolución Ministerial Nº 041-95-ITINCI/DM, procedió a efectuar una primera evaluación de la solicitud de la Sra. ANA MARIA BRITTO MENDIOLA DE OLGUIN, opinando que es procedente su designación; Que, la Dirección Nacional de Turismo, ha procedido a evaluar el expediente, considerando que es procedente designar a la solicitante como Consultora en Turismo a nivel nacional para establecimientos de categoría de has- ta Cinco (5) Estrellas; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 9º de la Resolución Ministerial Nº 041-95-ITINCI/DM, Reglamento de Consultores en Turismo; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar como Consultora en Turismo por un período de tres (3) años contados a partir de la expedición de la presente, a la Sra. ANA MARIA BRITTO MENDIOLA DE OLGUIN, quien está facultada para emi- tir Informes Técnicos conforme a lo precisado en el Regla- mento de Consultores en Turismo y Reglamento de Esta- blecimientos de Hospedaje vigentes, a nivel nacional, para establecimientos de categoría de hasta Cinco (5) Estrellas. Artículo 2º.- Disponer su inscripción con el Nº 053 en el Registro de Consultores en Turismo de la Dirección Nacional de Turismo. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE MIGUEL GAMARRA Viceministro de Turismo 8842 Declaran inadmisible impugnación contra resolución que sancionó a em- presa propietaria de establecimiento de hospedaje RESOLUCION DIRECTORAL Nº 213-98-MITICINCI/VMT/DNT Lima, 6 de julio de 1998