Norma Legal Oficial del día 12 de agosto del año 1998 (12/08/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

MORDAZA, miercoles 12 de agosto de 1998

NORMAS LEGALES

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variables geograficas, economicas, culturales y profesionales que dificultan el acceso de la poblacion a la plena tutela jurisdiccional efectiva que la Constitucion le reconoce como derecho fundamental; Que, tal objetivo solo puede lograrse plenamente, estructurando un esquema de competencias e instancias que permita, como regla, agotar el MORDAZA en el entorno geografico y social de los justiciables; Que, una de las herramientas indispensables al logro de esos fines, esta constituida por la especializacion, en zonas como MORDAZA, donde se concentran masivamente organos jurisdiccionales del mismo grado con similares competencias, para que no solo los justiciables accedan facilmente al sistema, sino que tambien este responda con la mayor oportunidad en la observancia de los plazos procesales, asi como con la necesaria eficacia en la ejecucion de sus decisiones; Que, en ese orden de objetivos, en el Distrito Judicial de MORDAZA, se han implantado en el ambito de MORDAZA Superiores y Juzgados Especializados diferentes subespecialidades en cada area de especialidad, resultando conveniente y oportuno proyectar esas especialidades hacia los Juzgados de Paz Letrados de esta Corte, cuya decision ha sido objeto de aprobacion por el Gabinete de Consulta para la Gestion; Que, uno de los presupuestos basicos para la especializacion de la Justicia de Paz Letrada en MORDAZA, es la concentracion de todos aquellos que comparten competencia en un mismo ambito territorial, para generar una organizacion corporativa manual en cada distrito de esta capital, dinamica y flexible, con pleno control estadistico y significativo ahorro presupuestario, cuyo programa viene siendo implementado progresivamente por la Administracion de esta Corte previa aprobacion del Gabinete de Consulta para la Gestion; Que, esta nueva organizacion facilitara en el futuro la viabilidad de los Modulos Basicos de Justicia como centros dinamicos de servicio jurisdiccional prestado en adecuados terminos de oportunidad y eficacia; Que, de la informacion estadistica recabada de los Juzgados de Paz Letrados de esta Corte, se advierte que los casos laborales no superan el diez por ciento de la carga civil total; que los procesos sobre derechos de familia constituyen casi el cincuenta por ciento de aquella y que la carga penal representa en general un MORDAZA del total; Que, por las razones expuestas, la determinacion de las especialidades respectivas debe contemplar basicamente las relativas a las areas Civil, Penal y de Familia, sin excluir la de los organos Mixtos cuando ello sea necesario; Que, de conformidad con lo establecido por el tercer parrafo del Articulo 55º de la Ley Organica del Poder Judicial, corresponde al Consejo Ejecutivo Distrital disponer la especializacion de los Juzgados de Paz Letrados, cuando asi convenga para la mejor administracion de justicia y lo justifique la carga procesal, cuya potestad ha sido asumida por la Presidencia de Corte, en virtud de lo dispuesto por el Art. 1º de la R.A. Nº 074-CME-PJ de fecha 1 de MORDAZA de 1996; Que, en tal virtud y estando a lo senalado por los incisos 1) y 3) del Art. 90º de la Ley Organica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Establecer en el Distrito Judicial de MORDAZA la especializacion de los Juzgados de Paz Letrados, los cuales, dentro de su competencia territorial distrital, asumiran competencias exclusivas en materia Civil, Penal, de Familia o Mixta, cuando en cada caso la carga procesal y la mejor administracion de justicia lo justifique. Articulo Segundo.- Designar una Comision integrada por el senor Vocal Superior Provisional, doctor MORDAZA Lama MORDAZA, quien la presidira; la senora Juez Suplente Especializada en lo Civil, doctora MORDAZA MORDAZA Martinez; y los senores Jueces de Paz Letrados doctores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para que en el plazo de quince dias utiles presente una propuesta de asignacion de las especialidades mencionadas en el articulo precedente, entre los Juzgados de Paz Letrados de cada uno de los distrito de esta capital. Articulo Tercero.- Disponer que la Administracion de esta Corte ejecute el plan de concentracion distrital de los Juzgados de Paz Letrados respectivos, adecuando la

infraestructura correspondiente a los fines de la especializacion que se implanta mediante esta resolucion. Articulo Cuarto.- Encargar a la Comision Distrital de Control de la Magistratura y al Comite de Supervision de esta Corte, bajo la direccion de aquella, la supervision, coordinacion y fiscalizacion de la ejecucion de las tareas senaladas. Articulo Quinto.- Poner la presente resolucion en conocimiento de la Comision Ejecutiva del Poder Judicial, de la Secretaria Ejecutiva de la misma, de la Oficina de Control de la Magistratura, de la Gerencia General, de la Fiscalia de la Nacion y de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico para los fines pertinentes. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA IBAZETA MORDAZA Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA 8929

Designan Jefes del Equipo Especial y del Area de Quejas Verbales de la ODICMA e incorporan magistrados a sala y subsala civiles de la Corte Superior de MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 190-98-P-CSJL MORDAZA, 10 de agosto de 1998 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, en aplicacion de lo dispuesto en la Resolucion Administrativa Nº 661-CME-PJ de fecha 6 de MORDAZA ultimo y en el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Oficina de Control de la Magistratura, la Oficina Distrital de Control de esta corte esta integrada por tres areas: la Comision Distrital, el Equipo Especial y el Equipo de Quejas Verbales; Que, de conformidad con lo establecido por los dispositivos acotados, corresponde al Jefe de la Odicma designar a los magistrados de cada area indicada en el considerando precedente, bajo un sistema rotatorio; Que, en tal virtud y con las facultades conferidas por los incisos 1) y 3) del Art. 90º de la Ley Organica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Dar por concluida la designacion del senor Vocal Superior doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Presidente del Equipo Especial de la ODICMA e incorporarlo como Vocal Superior integrante de la Sala Civil para procesos sumarisimos y no contenciosos como MORDAZA Vocal, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados; y asimismo dar por concluida la designacion de la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jueza Especializada en lo Civil, dandosele tambien las MORDAZA por los servicios prestados en la ODICMA. Articulo Segundo.- Designar a la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Vocal Superior Provisional, como Jefa del Equipo Especial de la Odicma, a cuya area se incorpora la senorita doctora MORDAZA Mere MORDAZA, Jueza Especializada en lo Penal. Articulo Tercero.- Designar al doctor MORDAZA Ferreyros MORDAZA, Vocal Superior, como Jefe del area de Quejas Verbales de la Odicma y a la senorita doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jueza Especializada en lo Civil para la misma area. Articulo Cuarto.- Incorporar al doctor MORDAZA Lama MORDAZA, Vocal Superior Provisional, a la Subsala "A" para procesos civiles abreviados y de conocimiento como MORDAZA Vocal. Articulo Quinto.- Poner la presente resolucion en conocimiento de la Comision Ejecutiva del Poder Judicial, de la Secretaria Ejecutiva de la misma, de la Oficina de Control de la Magistratura, de la Gerencia General del Poder Judicial, de la Fiscalia de la Nacion y de la

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