Norma Legal Oficial del día 12 de agosto del año 1998 (12/08/1998)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 12 de agosto de 1998

do distrito don MORDAZA MORDAZA de la MORDAZA, y de los Regidores don Gilber MORDAZA MORDAZA y don MORDAZA MORDAZA Ramos; debido a que tienen MORDAZA penal abierto con mandato de detencion que quedo firme; El Oficio Nº 687-98/JMC, recibido el 20 de MORDAZA del presente ano, del Juez del Juzgado Mixto de CangalloAyacucho, informando que en la Instruccion Nº 97-00070502JX03P contra los inculpados MORDAZA MORDAZA De la MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Gilber MORDAZA MORDAZA y otros, se ha dictado mandato de detencion que ha quedado firme en el MORDAZA penal que se les sigue por la presunta comision de delitos; CONSIDERANDO: Que, se suspenden en forma automatica los cargos de MORDAZA y Regidor, entre otros, por impedimento legal, cuando tiene MORDAZA penal abierto con mandato de detencion que ha quedado firme en primera o MORDAZA instancia; de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 29º numeral 3 de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; Que, analizados los autos se establece que en fecha 11 de diciembre de 1997 el Juez del Juzgado Mixto de Cangallo abrio instruccion, entre otros, contra don Gilber MORDAZA MORDAZA como presunto autor del delito contra la Administracion Publica en la modalidad de corrupcion de funcionarios y Usurpacion de Autoridad en agravio de la Municipalidad Distrital de Los Morochucos y el Estado, dictandose mandato de detencion contra el inculpado en mencion como consta de las copias certificadas de fojas 51 a 56; posteriormente, con fecha 5 de MORDAZA del presente ano, el citado juzgado amplio el auto de instruccion y abre MORDAZA contra MORDAZA MORDAZA de la MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA como presuntos autores de la comision del delito Contra la Administracion Publica en su modalidad de Peculado en agravio de la Municipalidad Distrital de Los Morochucos y el Estado, dictando contra ambos procesados mandato de detencion, aparece de las copias certificadas de fojas 62 a 68; que el Juez del Juzgado Mixto de Cangallo informa que se ha abierto MORDAZA penal con mandato de detencion contra Gilber MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA de la MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y otros, habiendo quedado firme dicho mandato de detencion, consta de fojas 44; estando incursos en causal de suspension el MORDAZA Provisional del Concejo Distrital de Los Morochucos don MORDAZA MORDAZA de la MORDAZA y Regidores Gilber MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Ramos; de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 29º numeral 3 de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; Que, por Resolucion Nº 075-98-JNE se suspendio al MORDAZA del Concejo Distrital de Los Morochucos don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, llamandose a don MORDAZA MORDAZA de la MORDAZA para que asuma provisionalmente el cargo de MORDAZA del Concejo de referencia; asimismo, en el caso de autos se acredita que don MORDAZA MORDAZA de la MORDAZA se encuentra incurso en causal de suspension por impedimento legal; estando el MORDAZA y MORDAZA MORDAZA suspendidos, razon por la cual los Regidores del Concejo Distrital de Los Morochucos deben designar al Regidor que ejercera provisionalmente el cargo de MORDAZA del Municipio en mencion; de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 30º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; Que, respecto al MORDAZA Provisional del Concejo Distrital de Los Morochucos don MORDAZA MORDAZA de la MORDAZA y los Regidores don Gilber MORDAZA MORDAZA y don MORDAZA MORDAZA MORDAZA se debe proceder a nombrar provisionalmente a sus reemplazantes; de conformidad con el Articulo 30º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; que los Regidores son reemplazados por los suplentes de su propia lista: que, revisadas las actas remitidas por el MORDAZA Electoral Especial de Cangallo y estando a la Resolucion Nº 380-98-JNE, corresponde asumir provisionalmente el cargo de Regidor a los candidatos no proclamados don MORDAZA de la MORDAZA MORDAZA y don MORDAZA MORDAZA MORDAZA integrantes del Partido Politico "Accion Popular", debido a que los candidatos de la Lista Independiente Nº 13 "Somos Morochucos" ya han sido convocados; asimismo, llamar provisionalmente para que ejerza el cargo de Regidor a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA candidato no proclamado integrante de la Lista Independiente Nº 9 "Cambio Vecinal";

El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar que don MORDAZA MORDAZA de la MORDAZA se encuentra suspendido en el cargo de MORDAZA Provisional de Concejo Distrital de Los Morochucos, ademas como Regidor del citado municipio; asimismo, se encuentran suspendidos en los cargos de Regidores don Gilber MORDAZA MORDAZA y don MORDAZA MORDAZA Ramos; a resultas del MORDAZA penal que se les sigue en su contra por ante el Juzgado Mixto de Cangallo por la presunta comision de los Delitos Contra la Administracion Publica y otro en agravio del Municipio Distrital de Los Morochucos y el Estado. Articulo Segundo.- Convocar provisionalmente para que ejerza el cargo de Regidor a don MORDAZA de la MORDAZA MORDAZA, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA y don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidatos no proclamados integrantes los dos primeros del Partido Politico "Accion Popular" y el ultimo integrante de la Lista Independiente Nº 9 "Cambio Vecinal", en tanto dure la suspension de don MORDAZA MORDAZA de la MORDAZA, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA y don Gilber MORDAZA MORDAZA, respectivamente. Articulo Tercero.- Otorgar las correspondientes credenciales a don MORDAZA de la MORDAZA MORDAZA, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA y don MORDAZA MORDAZA Calderon; conforme a ley. Articulo Cuarto.- Requerir a los Regidores del Concejo Distrital de Los Morochucos, provincia de Cangallo del departamento de Ayacucho; a fin de procedan a nominar al Regidor que ejercera provisionalmente el cargo de MORDAZA del Concejo Distrital de Los Morochucos, debiendo comunicar a este Supremo Organo Electoral lo acordado, a fin de declarar al ciudadano que ostentara el cargo provisional de MORDAZA del citado Municipio. Articulo Quinto.- Las autoridades politicas y policiales prestaran las garantias que requiera el cumplimiento de la presente resolucion, bajo responsabilidad. Registrese y comuniquese. SS. MORDAZA SEGURA; MORDAZA VILLAR; MORDAZA ARCE; MORDAZA CANELO; DE MORDAZA CANO; Secretario General, TRUJILLANO 8890

Declaran que regidor del Concejo Distrital de Julcan debe continuar en el ejercicio de su cargo
RESOLUCION Nº 512-98-JNE MORDAZA, 11 de agosto de 1998 Visto, el Oficio Nº 063-98-MDJ/A, recibido el 16 de MORDAZA del ano en curso, remitido por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Alcaldesa del Concejo Distrital de Julcan, provincia de Jauja del departamento de MORDAZA, comunicando y remitiendo documentos en MORDAZA fotostatica simple respecto a la declaratoria de vacancia del cargo de Regidor que ostenta en el citado distrito don MORDAZA Urcohuaranga Terreros; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 36º numeral 10 de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, es atribucion de los Concejos Municipales, declarar la vacancia del cargo de MORDAZA o Regidor, por las causales previstas en los Articulos 26º, 38º modificado por la Ley Nº 26483, y 88º de la MORDAZA acotada, siguiendo las formalidades previstas en el Articulo 27º de la misma; Que, el Concejo recurrente no ha adjuntado a su comunicacion el expediente completo con los instrumentos probatorios que acrediten que el Regidor don MORDAZA Urcohuaranga Terreros MORDAZA incurrido en la causal de vacancia; de conformidad con lo previsto por el Articulo 27º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, modificado por el Articulo 1º de la Ley Nº 26491; no

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