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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE AGOSTO DEL AÑO 1998 (12/08/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 46

Pág. 163004 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 12 de agosto de 1998 JUSTICIA Autorizan a la Dirección Nacional de Justicia la realización de curso taller de capacitación práctica de concilia- dores, a realizarse en Lima RESOLUCION MINISTERIAL Nº 168-98-JUS Lima, 5 de agosto de 1998 Visto el Oficio Nº 2840-98-JUS/DNJ, de fecha 5 de agosto de 1998, de la Dirección Nacional de Justicia; CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 1º de la Ley Nº 26872 - Ley de Conciliación, se ha declarado de interés nacional la institucionalización y desarrollo de la conciliación como mecanismo alternativo de solución de conflictos, desempeñando un papel preponderante el con- ciliador por ser quien propiciará el proceso de comunica- ción entre las partes proponiendo alternativas de solución de conflictos; Que asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 34º del Decreto Supremo Nº 001-98-JUS - Regla- mento de la Ley de Conciliación, es necesario que el conciliador esté debidamente capacitado en el dominio teórico-práctico de técnicas de negociación y medios alter- nativos de resolución de conflictos; Que la Dirección Nacional de Justicia a través de la Dirección de Conciliación se encarga, entre otras funcio- nes, de realizar eventos de capacitación para las concilia- dores, por lo que ha considerado conveniente organizar el Segundo Curso Taller de Capacitación Práctica de Conci- liadores, a desarrollarse en al ciudad de Lima, del 6 al 20 de agosto del año en curso; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia; SE RESUELVE: Artículo 1º.- AUTORIZAR a la Dirección Nacional de Justicia la realización del SEGUNDO CURSO TALLER DE CAPACITACION PRACTICA DE CONCILIADO- RES a desarrollarse en la ciudad de Lima, del 6 al 20 de agosto de 1998. Artículo 2º.- La Oficina General de Administración y la Oficina de Imagen Institucional, brindarán el apoyo necesario a la Dirección Nacional de Justicia organi- zadora del mencionado curso para el cabal cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALFREDO QUISPE CORREA Ministro de Justicia 8843 Autorizan realización del fórum denominado "La conciliación como instrumento eficaz de solución de con- flictos", a llevarse a cabo en Lima RESOLUCION MINISTERIAL Nº 169-98-JUS Lima, 5 de agosto de 1998 Visto el Memorándum Nº 202-98-JUS/SG de la Secre- taría General del Ministerio de Justicia, de fecha 6 de agosto de 1998; CONSIDERANDO: Que es función del Ministerio de Justicia sistematizar la legislación y promover su estudio y difusión; Que el Artículo 1º de la Ley Nº 26872 "Ley de Concilia- ción" declara de interés nacional la institucionalización y desarrollo de la conciliación como mecanismo alternativo de solución de conflictos; Que el Comité de Administración del Fondo de Asis- tencia y Estímulo del Ministerio de Justicia ha propuesto la realización del fórum denominado "LA CONCILIA- CION COMO INSTRUMENTO EFICAZ DE SOLUCION DE CONFLICTOS", a realizarse en la ciudad de Lima, los días 10, 11 y 13 del mes en curso, con el objeto de propiciar el interés de la población en general en la ventajas y beneficios que introduce la conciliación como mecanismo alternativo de solución de conflictos; De conformidad con lo dispuesto en el inciso h) del Artículo 6º del Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia, modificado por la Tercera Disposición Final de la Ley Nº 26612; SE RESUELVE: Artículo 1º.- AUTORIZAR al Comité de Administra- ción del Fondo de Asistencia y Estímulo del Ministerio de Justicia la realización del fórum denominado "LA CON- CILIACION COMO INSTRUMENTO EFICAZ DE SO- LUCION DE CONFLICTOS", a realizarse los días 10, 11 y 13 de agosto del año en curso, en la ciudad de Lima. Artículo 2º.- Los organismos del Ministerio vincula- dos al tema, brindarán a los organizadores del citado certamen, la colaboración necesaria para el cabal cumpli- miento de lo dispuesto en la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALFREDO QUISPE CORREA Ministro de Justicia 8844 Aprueban edición oficial de la Ley Gene- ral de Sociedades RESOLUCION MINISTERIAL Nº 171-98-JUS Lima, 6 de agosto de 1998 CONSIDERANDO: Que el Ministerio de Justicia, a través de la Dirección Nacional de Asuntos Jurídicos, tiene entre sus funciones sistematizar, difundir y coordinar el ordenamiento jurídi- co nacional así como editar oficialmente la legislación de interés general; Que es necesaria la difusión de la Ley General de Sociedades por cuanto coadyuvará a la transformación y fluidez que requiere la economía nacional permitiendo a los sectores involucrados conocer las innovaciones al sistema societario peruano; Que la Dirección Nacional de Asuntos Jurídicos ha concluido con la elaboración y supervisión del contenido de la Primera Edición Oficial de la Ley General de Socie- dades -Ley Nº 26887-, por lo que solicita su oficialización; De conformidad con lo dispuesto en el inciso h) del Artículo 6º del Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia, inciso i) del Artículo 3º e incisos i) y j) del Artículo 80º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia, aprobado por Resolución Mi- nisterial Nº 017-98-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- APROBAR la Primera Edición Oficial de la Ley General de Sociedades -Ley Nº 26887-, con un tiraje de 2,000 ejemplares debidamente numerados. Artículo 2º.- AUTORIZAR al Director Nacional de Asuntos Jurídicos para que proceda a la autenticación de cada uno de los ejemplares que conforman la Edición Oficial a que se refiere la presente resolución. Artículo 3º.- La Dirección Nacional de Asuntos Jurí- dicos distribuirá los ejemplares de acuerdo al Anexo que forma parte de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALFREDO QUISPE CORREA Ministro de Justicia 8845