Norma Legal Oficial del día 20 de agosto del año 1998 (20/08/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

I,ima, jueves 20 de agosto de 1998 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema N" OPo/DE/SG, de fecha 27 de junio de 1994, se dispuso en su primer articulo la desafectacion en uso del Ministerio de Defensa _ Ejercito Peruano del predio de 1 852,60 m2, ubicado en el MORDAZA MORDAZA, cuadra 5 del distrito del MORDAZA y el de 3 92590 m2, ubicado en el MORDAZA Huanta N" 824, Cercado de MORDAZA, ambos ubicados en la provincia y departamento de MORDAZA y en el MORDAZA articulo de la resolucion acotada se dispone la afectacion en uso de los referidos predios a favor del Ministerio de Educacion: Que, se ha determinado que el area de 1 852,60 m2 forma parte de un area mayor de 4 242,00 m2, debidamente inscrita en el Asiento 1 de Fojas 115 del Tomo 304 del Registro de la Propiedad Inmueble de MORDAZA a favor del Estado y registrada en el Asiento W 58 del Margesi de Bienes Nacionales, la misma que no tiene inscripcion ni registro de afectacion en uso a favor del Ministerio de Defensa; Que, mediante Informe N" 003-97/SBN-DAT, de fecha 9 de enero de 1997, la Direccion de Apoyo Tecnico de la Superintendencia de Bienes Nacionales da cuenta de la inspeccion ocular realizada en el predio de area mayor indicado en el considerando precedente, determinando que el area real es de 4 188,73 m2, en la que se encuentra edificado el Centro Educativo N" 3021 "San MORDAZA Macias" en un area de 1867,17 m2 y en el saldo de area de 2 32156 m2 se encuentran edificadas viviendas del Personal Auxiliar del Ejercito! destacandose que la diferencia del area ocupada con la inscrita en los Registros Publicos se encuentra dentro del margen de tolerancia permitida en el Reglamento de las Inscripciones; Que, se ha determinado que el inmueble ubicado en el MORDAZA Huanta N" 824, esta debidamente inscrito con un area de 3 935,40 m2 en el Asiento 1 de Fojas 439 del Tomo 302 del Registro de la Propiedad Inmueble de MORDAZA, a favor del Estado y registrado en el Asiento N" 13 del Margesi de Bienes Nacionales, determinandose asi que no se encuentra inscrita ni registrada ninguna afectacion en uso del area en mencion a favor del Ministerio de Defensa; Que, mediante Informes N"s. 006-97/SBN-DAT y 116.97/ SBN-DAT, la Direccion de Apoyo Tecnico de la Superintendencia de Bienes Nacionales, da cuenta de la inspeccion ocular realizada en el predio indicado en el considerando precedente, manifestando que parte del Centro Educativo N' 1168 se encuentra ocupando 3 827,99 m2 del area descrita en el considerando precedente; Que, al no haber sido afectados en uso los predios en mencion a favor del Ministerio de Defensa no es factible juridicamente la desafectacion de los mismos, como lo dispuso la Resolucion Suprema N" 026DE/SG, por lo que debe dejarse sin efecto el Articulo Primero de la resolucion acotada que contiene tal disposicion; Que, el MORDAZA articulo de la Resolucion Suprema N" 026/ DEXG, dispuso la afectacion en uso de los inmuebles indicados en su primer articulo a favor del Ministerio de Defensa, extremo que tambien debe dejarse sin efecto; Que, la acotada resolucion no fue debidamente sustentada por la Superintendencia de Bienes Nacionales lo cual acarrea su Nulidad de pleno derecho, conforme se dispone en el Articulo 68" del Decreto Supremo N" 025-78-K. Reglamento de Administracion de la Propiedad Fiscal; Que, a su vez, el area de 2 321,56 m2, ubicada en el MORDAZA Paita N" 444, distrito de MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, referido en el tercero considerando se encuentra ocupada por viviendas del Personal Auxiliar del Ejercito. la que tambien corresponde afectarla en uso a favor del Ministerio de Defensa, en virtud a 10 dispuesto en la Ley N" 25686, Ley de Fondo de Vivienda Militar y Policial, modificado por el Decreto Legislativo N" 732; Que, las afectaciones en uso se otorgan mediante Resolucion Suprema a favor de las Reparticiones del Estado para el funcionamiento de sus dependencias, por lo que es necesario la regularizacion de la posesion que vienen ejerciendo los citados Centros Educativos en terrenos de propiedad del Estado, de acuerdo a lo dispuesto en el Articulo 67" del Reglamento de Administracion de la Propiedad Fiscal; Estando a 10 informado por la Superintendencia de Bienes Nacionales y con la opinion favorable de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos; y, De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley N" 25556, modificado por Decreto Ley N" 25738, Decreto Ley N" 25554, Ley N" 26366, Decreto Supremo N" 025-78-VC y Decreto Supremo N" 005-93.PRES; SE RESUELVE: Articulo l".- Dejar sin efecto los Articulos 1" y 2" de la Resolucion Suprema W 026/DE/SG, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2".- Afectar en uso, en via de regularizacion, a favor del Ministerio de Educacion el terreno de 1867,17 m2, ubicado a la altura de la MORDAZA cuadra del MORDAZA MORDAZA, distrito del MORDAZA y el area de 3 935,40 m2, ubicada en el MORDAZA Huanta N" 824, Cercado de MORDAZA, localizados ambos en la provincia y departamento de MORDAZA, a fin de que los destine para la construccion de Centros Educativos. Articulo 3".- Afectar en uso, en via de regularizacion. a favor del Ministerio de Defensa el terreno de 2 32156 m2, ubicado en el MORDAZA Paita N" 444, distrito del MORDAZA, provincia y departamen-

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to de MORDAZA, para que sea destinado a la construccion de viviendas para el Personal Auxiliar del Eiercito Peruano. Articulo 4".- Las afectaciones en uso otorgadas, quedan sujetas a lo dispuesto por el Articulo 67" del Decreto Supremo N
075~7R.VC

Articulo 5".- La Oficina Registra1 de MORDAZA y Callao de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion Suprema, inscribira las afectaciones en uso en el Registro de la Propiedad Inmueble de Lima. Articulo 6".- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de la Presidencia. Registrese, comuniquese y publiquese Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Presidencia 9309

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EDUCACIOIN
Autorizanviajedefuncionariadel Ministerio para pirticipar en curso sobre evaluacion de la calidad de la Educacion, a realizarse en MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA W 103-98.ED MORDAZA, 19 de agosto de 1998 CONSIDERANDO: Que, la Oficina Regional de Educacion para MORDAZA Latina y el Caribe - OREALC de la Organizacion de las Naciones Unidas para la Educacion, la Ciencia y la Cultura _ UNESCO, a traves del Laboratorio Latinoamericano de Evaluacion de la Calidad de la Educacion, llevara a cabo el "Curso de Metodologias y Tecnicas para la Evaluacion de la Calidad de la Educacion", que se realizara en la MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA, del 22 de agosto al 5 de setiembre de 1998; Que, el mencionado evento tiene por objeto capacitar en tecnicas estadisticas, analisis de itemes y uso de softwares especializados aplicados a la Evaluacion de la Calidad de la Educacion, Que, el Perti es MORDAZA miembro del Laboratorio Latinoamericano de Evaluacion de la Calidad de la Educacion, por 10 que es conveniente la participacion del Ministerio de Educacion, en el curso MORDAZA mencionado; De conformidad con 10 dispuesto en el Articulo 3" del Decreto Legislativo N" 560, Decreto Ley N" 25762, modificado por Ley N" 26510; y los Decretos Supremos Nos. 51-95-ED y 002-96-ED; SE RESUELVE: Articulo lo.- AUTORIZAR, el viaje en comision de servicio de la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefa de la Unidad de Medicion de Calidad Educativa de la Oficina de Planificacion Estrategica y Medicion de Calidad Educativa del Ministerio de Educacion y Coordinadora Nacional del Laboratorio Latinoamericano, para que participe en el "Curso de Metodologias y Tecnicas para la Evaluacion de la Calidad de la Educacion", a realizarse en la MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA, del 2 1 de agosto al 5 de setiembre de 1998. Articulo 2".- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolucion, seran cubiertos por el Ministerio de Educacion, de acuerdo al siguiente detalle: Pasaje MORDAZA _ MORDAZA MORDAZA US$307.70, viaticos US$ 3,200.OO y tarifa CORPAC US$ 25.00. Articulo 3".- La presente resolucion no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 4".- Al termino del evento para el que se le autoriza a participar, la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, debera presentar el informe correspondiente al Despacho Viceministerial de Gestion Institucional. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA PALERMO CABREJOS Ministro de Educacion 9299

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