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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE AGOSTO DEL AÑO 1998 (20/08/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 16

Sociedad de Beneficencia Pública de Lamhnyequ~~. cn reprc- sentaci«n del Ministerio de Promocliln dc id h111jer v dr l Desarrollo Humano. Regístrese, comuniquese y publíquese. MIRIAM SCHENONE ORl)lNOLA Ministra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano Designan integrantes del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Pública de Cerro de Pasto en representación del Ministerio RESOLUCION MINISTERIAL W 2 1 l-DB-PROMUDEH Lima, 18 de agosto de 1998 CONSIDERAKDO: Que por Decreto Legislativo N°866, se transfirió al Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano. entre otros, el Instituto Nacional de Bienestar Familiar - INABIF disponién- dose asimismo, la transferencia al referido Instituto de las Beneficencias Públicas del país y Juantas de Participación Social; Que mediante Decreto Supremo N” 002-97-PROMUDEH se dispone la nueva conformación de los Directorios de las Socieda- des de Beneficencia y Juntas de Participación Social, los mismos que deben estar integrados, entre otros, por dos representantes del Ministerio de Promoción de la Mujer v del Desarrollo Humano PROMUDEH, uno de los cuales debe presidirlo Que la Ley de Creación del Sistema Nacional para la Pobla- ción en Riesgo N” 26918, establece que los Directores de las Sociedades de Benficencia Pública y Junta; de Participación Social, continúan en sus funciones, mlentra:, no sean expresa- mente removidos de sus cargos. resultando necesarl ) designar al Presidente del Directorio de la Sociedad de Beneficiencia Pública de Cerro de Pasco en representación del Minit- erio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDE ti, De conformidad con el Decreto Legislativo N” 866 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano. modificado por Dec reto Legisla- tivo N” 893 - Ley N” 26918 y Decreto Supremo N” 002-97- PROMUDEH; SE RESUELVE: Artículo Unico Designar. a partir dc la lecha, a don FRUCTUOSO SUAREZ MEJIA. como Presidente del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Pública de Cerro de Pasco en representación del Ministerio dc Promoción dc la Mujer v del Desarrollo Humano Regístrese, comunicquese y publiquese MIRIAM SCHENONE ORDINOLAMinistra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano RESOLUCION MINISTERlAL N” 212.98-PROMUDEH Lima, 18 de agosto de 1998 CONSIDERANDO. Que por Decreto Legislat ivo N°866 se transfirió aI Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano entre otros, el Instituto Nacional de Bienestar Familiar INABIF‘, disponién- dose asimismo, la transferencia al referido lnstituto, de las Beneficencias Públicas del país y .Juntas de Participación Social; Que mediante Decreto Supremo N” OO2-97-PROMCDEH, se dispone la nueva conformación de los Directorios de las Socieda- des de Beneficencia y Juntas de Participación Socia /, los mismos que deben estar integrados. entre otros, por dos representantes del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH, uno de los cuales debe presidirlo Que la Ley de Creación del Sistema Nacional para la Pobla- ción en Riesgo N” 26918, establece que los Directores de las Sociedades de Beneficiencia Pública y .Juntas de Participación Social, continúan en sus funciones MIentras no sean expresa- mente removidos de sus cargos .siendo necesario designar al Miembro de la Sociedad de Beneficencia Pública de Cerro de Pasco corno representante del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano PROMUDEHDe confor,oidad con el Decreto Legislativo N” 866 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano, modificado por Decreto Legisla- t.ivo N” 893 - Ley N” 26918 y Decreto Supremo N” 002-97- PROMUDEH SE KESCELVE: Artículo Unico. - Designar. a partir de la fecha, a doña AIDA LOPEZ VILLANUEVA como Miembro integrante del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Pública de Cerro de Paseo, en representación del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano. Registrese, comuníquese y publíquese MlRlAM SCHENONE ORDINOLA Ministra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano 9264 PESQ?JERIJ% : Declaran fundada impugnación inter- puesta contra la R.M. N” 200-98-PE RESOLUCION MINISTERIAL W 410-98.PE Lima, 18 dc agosto de 1998 Vistoslosesc~itosdeRPgistrosN”s.4751001,3966002,6530001 y 7488001 de fechas 11 de mayo, 3 y 22 de junio y 15 de julio de 1998 presentados por PESQUERA RIJESA S.R.Ltda., BANCO DEL PROGRESO e INTERBANK; CO‘JSIDERANDO: Que, a través de la Resolución Ministerial N” 200-98-PE se aprobaron los listados actualizados de las embarcaciones pesqueras de mayor escala, cancelándose definitivamente los permisos de pesca para la extracción de los recursos anchove- ta y sardina a las embarcaciones cuyos armadores pesqueros no cumplleron con lo establecido en el segundo párrafo del Artículo :?‘de la Resolución Ministerial N” 137-98-PE, por no haber presentado los correspondientes certificados o tener éstos observaciones insubsanables, cuya relación se encuen- tra consignada en el Anexo IV de la citada Resolución Minis- terral 3” 200-98.PE; Que,, a través de los escritos NOs. 4751001 y 6530001 citados cn los wstos. PESQUERA RIJESA S.R.Ltda., interpone recurso de rcconslderación contra la Resolución Ministerial N” 200-98- PE, respecto a la inclusión de las embarcaciones Jequetepeque 9 y Rimac 10 en cl anexo IV, sustentándose en que por dificultades admini&xtwas internas de carácter jurídico y societario, crisis económica y financiera como consecuencia de1 Fenómeno El Niño, no pudo cumplir con acreditar la operatividad de las citadas embarcaoones; Qw,el BANCO DEL PROGRESO a través del escrito citado en los vistos de Registro N” 3966002, argumenta tener intereses legitimos personales y directos que pueden resultar afectados por la decisión de la Administración, por lo quesolicita se otorguen plenos efectos jurídicos a la presentación del certificadn de insoección de condición de la embarcación Jequetepeque 9 y se revoque la Resolución Ministerial N” 200- 98-PE respecto a la cancelación del permiso de pesca de dicha embarcación otorgado mediante Resolución Ministerial N” 162-95-PE, fundamentándose en que existieron aconteci mientos do Fuerza mayor que impidieron cumplir con la pre- sentación del certificado de inspección dentro de los plazos establecidos en la legislación pesquera Que, asimismo, INTERBANK a través del escrito citado en los visto- de Registro N” 7488001, solicita que la adminis- tración admita la validez del certificado de inspección de condición de la embarcación Rímac 10, aduciendo que el incumplimiento en la presentación de dicho certificado se debió a la imposibilidad de la empresa por la situación legal en que sc encontraba, ademas de la negligencia de alguno de los funcionarios de la misma; Que de la evaluación de los medios probatorios presentados en ci cxpedlente se ha acreditado que mediante- Resolución Judicial del mes de noviembre de 1997 se disnuso la medida de embargo cn forma de administración sobre’ las mencionadas embarraclones, medida que se mantuvo vigente en el tiempo en que por erectos de lo dispuesto por las Resoluciones Ministeriales N” 78 1.97.PE y 030.98.PE, se debia presentar un Certificado de lnspccción de Condición o un Peritaje de Garantía a efectos de acreditar la operatividad de la embarcación y mantener el dere- cho de ser consideradas para los efectos de la sustitución de capacidad de bodega a que se refieren los Artículos 24”de la Ley Gemwl de Pesca y 19” de su Reglamento;