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1 ha, jueves 20 de agosto de 199X e[ pémtaflo Pág. 163223 Servicio Público de Transporte Terrestre Interprovincial de Pa- sajeros por Carretera en Omnibus aprobado por Decreto Supre- rno N” 05-SS-MTC y en el Texto Ilnico de Procedimientos Admi- nistrativos aprobado por Decreto Supremo N” 019-97.MTC, para la prestación del servicio propuesto: Estando a las opiniones favorables de las Direwones de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional en Memorándum N” 2112-9%MTC115.18 04 y de Asesona Legal en Informe N” 834-<)8-MTCi15.18.01; De conformidad co” lo dispuesto en el Decreto Leg;slativo N 640 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N” 05-95. MTC, Ley N” 25035 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N” 070-89-PCM, Texto Unico de Procedimientos Admi- nistrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo N” 019-97. MTC y Decreto Ley N” 25862: SE RESUELVE: Primero.- Otorgar a la “EMPRESA DE TRANSPORTES ROSARIO EXPRESS S.R.LTDA.“. la Concesión de Servicio Pu- blico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, por el período de diez ilO añw, compu- tados a “artir de la fecha de exnedición de esta resolución. en la ruta: Lima - Huánuco y vicrversa, de acuerdo a los +uentes términos: RUTA : LIMA - HUANUCO v viceversa ORIGEN : LIMA DESTINO HUANUCO ITINERARIO CHIQUIAN-HUALLANCA-IA UNION- LLATA-TANTAMAYO FRECUENCIAS Tres (3) semanales FLOTA VEHICULAR Dos (2) ómnibus FLOTA OPERATIVA : Un (1) bmnibus: UQ-2319 (1996) FLOTA DE RESERVA : Un (1) ómnibus: UQ-3982 (1995) HORARIOS : Salida de Lima: 10.00 horas (lunes, miércoles y viernes) Salida de Huánuco: 10.00 horas (martes, jueves y sábado) Las tarjetas de circulacib” serán expedrdas en relación al año de fabricación de los vehículos ofertados, bajo responsabilidad. Segundo.- La concesionaria está obligada a cumplir co” las normas legales establecidas en el reglamento aprobado por Dc- creto Supremo N” 05.95.MTC y demás disposiciones vigentes, concernientes al Servicio Público de Transporte Terrestre Inter- provincial de Pasajeros por Carretera en Omnihus. que se auto- riza. Tercero.- La concesionaria está obhgada a iniciar el servicio dentro de los treinta (30~ días calendario computados a partir de la fecha de publicación de la presente resolución. cumpliendo co” lo establecido en el Artículo 17’ del Reglamento aprubado por Decreto Supremo N” 05.95.MTC; caso contrario, se aphcarán las sanciones previstas en el segundo párrafo del Artíc ilo 16“ del citado Reglamento. Cuarto.- Encargar la ejecución de esta resolución a la Direc- ción de Transporte de Pasajeros v Carga Nacional e i nternacio- nal. Quinta- La presente resolución se pubhcará eii el Diario Oficial El Peruano, c»nfbrme a ley. Regístrese y comuniquese. CARLOS A. IBAi%EZ MANCHEGO Director Generalsajeros por Carretera en Omnibus. aprobado por Decreto Supre- mo N 05-95-MTC para la prestacion del servicio propuesto; Estando a las opiniones favorables de las Direcciones de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional en Memorándum N” 606-97-MTC/15.18.04 y dr Asesoría Legal en Informe N” 378-97-MTC/.18.01; De conformidad co” lo dispuesto en el Decreto Legislativo N 640 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N” 05-95. MTC, Ley N” 25035 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N’ 070-89-PCM y Decreto Ley N° 25862; SF RESUEL VE 2 ,111 Primero.- Otorgar a la EMPRESA DE TRANSPORTES PAREDES ESTRELLA S.C.R.L. la Concesión de Servicio Publicode Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carre-tera en Omnibus, por el período de diez ( 10) años, computados a partir de la fecha de expedición dr esta resolución, en la ruta: Chiclayo-.Juanjui y viceversa de acuerdo a los siguientes térmi- nos: RUTA ORIGEN: CHICLAYO-JUANJUI y viceversa : CHICLAYO REGION: NOR ORIENTAL DEL MARAÑON DESTINO : JUANJUI REGION: SAN MARTIN ITINERARIO : JAEN-BAGUA GRANDE-NUEVO CAJAMARCA-RIOJA-MOYOBAMBA- TARAPOTO-PICOTA-BELLAVISTA ESCALA COMERCIAL : JAEN-BAGUA GRANDE-NUEVO CAJAMARCA-RIOJA-MOYOBAMBA- TARAPOTO-PICOTA-BELLAVISTA FRECUENCIAS : Tres (3) semanales (lunes, miércoles y viernes) FLOTA VEHICULAR : UO- (1994), UO- (1995) yUO- (1996) FLOTA OPERATIVA : Dos (2) omnibus FLOTA DE RESERVA: Un (1) ómnibus HORARIOS : Salida de Chiclayo: 14.00 horas (lunes, miércoles y viernes) Salida de Juanjui: 08.00 horas (lunes. miércoles y viernes) La tarjeta de circulación sera expedida en relación al año de fabricación de los vehículos ofertados, bajo responsabilidad. Segundo.- La concesionaria está obligada a cumplir con las normas legales establecidas en el reglamento aprobado por De- creto Supremo N“ 05.95.MTC v demás disposiciones vigentes. concernientes al Servicio Público de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, que se autoriza. Tercero.- La concesionaria está obligada a iniciar el servicio dentro de los treinta (30) días calendario computados a partir de la fecha de publicación de la presente resolución, cumpliendo co” lo estabhcido en el Artículo 1? del reglamento aprobado por Decreto Supremo N” 05-95-lMT<! En caso contrario, se aplicarán las sancwnrs previstas en el segundo párrafir del Artículo 16” del citado reglamento. Cuarto.- Encargar la ejecucrón d<l esta resolución a la Direr- ción de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Intcrnacio- nal. Quinto.- La presente resolución se publicará en el Diario Oficial El Peruano. ronforme u ley. Regístrese y comuníquese. ANA MARIA MONTTI DE MONTERODirección General de Circulación Terrestre 9190 Direcrora General (el Dirección General de Circulachin Terrestre Otorgan concesión a empresa para que preste servicio público de transporte terrestre interprovincial de pasajeros RESOLUCION DIRECTORAL N” 1363-97-MTCY15.18 Luna, 18 de noviembre de 1997 VISTOS, el Expediente de Registro N” 970202, tiwganizado por la EMPRESA DE TRANSPORTES PAREDES ESTRELLA S.C.R.L.. sobre Concesión de Ruta: Chiclayo-Juanjui y viceversa eInformeN”312-97-MTC/15.l~.~~4.1.~vcdelaDirecc~óndeTrans- porte de Pasajeros y Carga Nacmnal e Internacional9178 PRUMUDEH Declaran infundada impugnación inter-puesta contra resolución referidaa pen- sión provisional solicitada por ex funcionario RESOLUCION MINISTERIAL N” 194-9%PROMUDEH CONSIDERANDO: /Lima 18 de agosto de 1998 Que, la empresa de transportes ha cumplido con presentar los Visto el recurso de apelacrón interpuesto por don Mario requisitos establecidos en el Artículo 13” del Reglamento del Manuel Zuleta Pizarro, contra la Resolución N” 250.PKND-IPD- Servicio Público de Transporte Terrestre Interproviwial de Pa- 97, del Instituto Peruano del Deporte. de fecha 31 dejuho de 1997;