Norma Legal Oficial del día 20 de agosto del año 1998 (20/08/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

1 ha, jueves 20 de agosto de 199X Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus aprobado por Decreto Suprerno N" 05-SS-MTC y en el Texto Ilnico de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo N" 019-97.MTC, para la prestacion del servicio propuesto: Estando a las opiniones favorables de las Direwones de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional en Memorandum N" 2112-9%MTC115.18 04 y de Asesona Legal en Informe N" 834-<)8-MTCi15.18.01; De conformidad co" lo dispuesto en el Decreto Leg;slativo N 640 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N" 05-95. MTC, Ley N" 25035 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N" 070-89-PCM, Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo N" 019-97. MTC y Decreto Ley N" 25862: SE RESUELVE: Primero.- Otorgar a la "EMPRESA DE TRANSPORTES MORDAZA EXPRESS S.R.LTDA.". la Concesion de Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, por el periodo de diez ilO anw, computados a "artir de la fecha de exnedicion de esta resolucion. en la ruta: MORDAZA - MORDAZA y vicrversa, de acuerdo a los +uentes terminos:

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sajeros por Carretera en Omnibus. aprobado por Decreto Supremo N 05-95-MTC para la prestacion del servicio propuesto; Estando a las opiniones favorables de las Direcciones de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional en Memorandum N" 606-97-MTC/15.18.04 y dr Asesoria Legal en Informe N" 378-97-MTC/.18.01; De conformidad co" lo dispuesto en el Decreto Legislativo N 640 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N" 05-95. MTC, Ley N" 25035 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N' 070-89-PCM y Decreto Ley N° 25862; SF RESUEL V E 2 ,111 Primero.- Otorgar a la EMPRESA DE TRANSPORTES MORDAZA MORDAZA S.C.R.L. la Concesion de Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, por el periodo de diez ( 10) anos, computados a partir de la fecha de expedicion dr esta resolucion, en la ruta: Chiclayo-.Juanjui y viceversa de acuerdo a los siguientes terminos:

RUTA ORIGEN DESTINO ITINERARIO ESCALA COMERCIAL FRECUENCIAS FLOTA VEHICULAR

RUTA ORIGEN DESTINO ITINERARIO FRECUENCIAS FLOTA VEHICULAR

: MORDAZA - MORDAZA v viceversa : MORDAZA MORDAZA CHIQUIAN-HUALLANCA-IA UNIONLLATA-TANTAMAYO Tres (3) semanales Dos (2) omnibus

FLOTA OPERATIVA : Un (1) bmnibus: UQ-2319 (1996) FLOTA DE RESERVA : Un (1) omnibus: UQ-3982 (1995) HORARIOS : Salida de Lima: 10.00 horas (lunes, miercoles y viernes) Salida de Huanuco: 10.00 horas (martes, jueves y sabado)

: CHICLAYO-JUANJUI y viceversa : CHICLAYO REGION: NOR ORIENTAL DEL MARANON : JUANJUI REGION: SAN MORDAZA : JAEN-BAGUA GRANDE-NUEVO CAJAMARCA-RIOJA-MOYOBAMBATARAPOTO-PICOTA-BELLAVISTA : JAEN-BAGUA GRANDE-NUEVO CAJAMARCA-RIOJA-MOYOBAMBATARAPOTO-PICOTA-BELLAVISTA : Tres (3) semanales (lunes, miercoles y viernes) : UO- (1994), UO- (1995) y UO- (1996)

FLOTA OPERATIVA : Dos (2) omnibus FLOTA DE RESERVA: Un (1) omnibus HORARIOS : Salida de Chiclayo: 14.00 horas (lunes, miercoles y viernes) Salida de Juanjui: 08.00 horas (lunes. miercoles y viernes)

Las tarjetas de circulacib" seran expedrdas en relacion al ano de fabricacion de los vehiculos ofertados, bajo responsabilidad. Segundo.- La concesionaria esta obligada a cumplir co" las normas legales establecidas en el reglamento aprobado por Dccreto Supremo N" 05.95.MTC y demas disposiciones vigentes, concernientes al Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnihus. que se autoriza. Tercero.- La concesionaria esta obhgada a iniciar el servicio dentro de los treinta (30~ dias calendario computados a partir de la fecha de publicacion de la presente resolucion. cumpliendo co" lo establecido en el Articulo 17' del Reglamento aprubado por Decreto Supremo N" 05.95.MTC; caso contrario, se aphcaran las sanciones previstas en el MORDAZA parrafo del Artic ilo 16" del citado Reglamento. Cuarto.- Encargar la ejecucion de esta resolucion a la Direccion de Transporte de Pasajeros v Carga Nacional e i nternacional. Quinta- La presente resolucion se pubhcara eii el Diario Oficial El Peruano, c»nfbrme a ley. Registrese y comuniquese. MORDAZA A. IBAi%EZ MANCHEGO Director General Direccion General de Circulacion Terrestre 9190

La tarjeta de circulacion sera expedida en relacion al ano de fabricacion de los vehiculos ofertados, bajo responsabilidad. Segundo.- La concesionaria esta obligada a cumplir con las normas legales establecidas en e l reglamento aprobado por Decreto Supremo N" 05.95.MTC v demas disposiciones vigentes. concernientes al Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, que se autoriza. Tercero.- La concesionaria esta obligada a iniciar el servicio dentro de los treinta (30) dias calendario computados a partir de la fecha de publicacion de la presente resolucion, cumpliendo co" lo estabhcido en el Articulo 1? del reglamento aprobado por Decreto Supremo N" 05-95-lMT
Otorgan concesion a empresa para que preste servicio publico de transporte terrestre interprovincial de pasajeros
RESOLUCION DIRECTORAL N" 1363-97-MTCY15.18 MORDAZA, 18 de noviembre de 1997 VISTOS, el Expediente de Registro N" 970202, tiwganizado por la EMPRESA DE TRANSPORTES MORDAZA MORDAZA S.C.R.L.. sobre Concesion de Ruta: Chiclayo-Juanjui y viceversa eInformeN"312-97-MTC/15.l~.~~4.1.~vcdelaDirecc~ondeTransporte de Pasajeros y Carga Nacmnal e Internacional CONSIDERANDO: Que, la empresa de transportes ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Articulo 13" del Reglamento del Servicio Publico de Transporte Terrestre Interproviwial de Pa/

PRUMUDEH
Declaran infundada impugnacion interpuesta contra resolucion referidaa pension provisional solicitada por ex funcionario
RESOLUCION MINISTERIAL N" 194-9%PROMUDEH MORDAZA 18 de agosto de 1998 Visto el recurso de apelacron interpuesto por don MORDAZA MORDAZA Zuleta MORDAZA, contra la Resolucion N" 250.PKND-IPD97, del Instituto Peruano del Deporte. de fecha 31 dejuho de 1997;

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