Norma Legal Oficial del día 13 de diciembre del año 1998 (13/12/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 1

Director: MORDAZA MORDAZA MORDAZA

N ORMAS L EGALES
PCM
MORDAZA PANDOLFI ARBULU Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Trabajo y Promocion Social

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MORDAZA, MORDAZA 13 de diciembre de 1998 ANO XVI - N" 6745

Pae. 167203

Declaran el ano 1999 como "Ano de la Actividad Turistica Interna" y senalan feriados no laborables para trabajadores del sector publico
DECRETO SUPREMO W 049-98-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, constituye objetivo del Estado estimular el desarrollo de la industria turistica como un medio para contribuir al crecimiento economico y el desarrollo social del pais; Que, asimismo, el Estado debe contribuir al desarrollo del MORDAZA de identidad e integracion nacional con participacion y beneficio de la comunidad; Que, en este sentido, es importante promover el turismo interno, entendido como aquel que es realizado dentro del Peru por nacionales domiciliados en el pais; En uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del Articulo 118" de la Constitucion Politica del Estado; DECRETA: Articulo l".- Declarese al ano 1999 como "ANO DE LA ACTIVIDAD TURISTICA INTERNA". Articulo 2".- Declarese feriados no laborables a nivel nacional, para los trabajadores del sector publico, los siguientes dias del ano mil novecientos noventa y nueve: viernes 30 de MORDAZA, lunes 28 de junio, viernes 30 de MORDAZA, viernes 27 de agosto, martes 2 de noviembre, y lunes 27 de diciembre. Para todos los fines tributarios, estos dias seran considerados habiles. Los titulares de las entidades del sector publico tomaran las medidas necesarias para garantizar la provision de aquellos servicios que MORDAZA indispensables para la sociedad. Articulo 3".- Las horas dejadas de laborar por los dias feriados no laborables a que se refiere el articulo precedente, seran compensadas en la semana anterior a la del dia declarado feriado o en la oportunidad que establezca el titular de la entidad publica en funcion a las necesidades propias de cada institucion. Articulo 4".- Los centros privados de trabajo podran acogerse a lo dispuesto en la presente disposicion, previo acuerdo entre los empleadores y sus trabajadores, quienes deberan establecer la forma como se MORDAZA efectiva la recuperacion de las horas dejadas de laborar. Articulo 5".- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Traba,io y Promocion Social, y el Ministro de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los doce dias del mes de diciembre de mil novecientos noventa y ocho. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica

MORDAZA CAILLAUX ZAZZALI Ministro de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales 14656

Designan miembro del Directorio del FONCODES
RESOLUCION SUPREMA W 743-98-PCM MORDAZA, 12 de diciembre de 1998 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de miembro del Directorio del Fondo Nacional de Compensacion y Desarrollo Social - FONCODES; Que, es necesario designar al funcionario que desempenara dicho cargo; De conformidad con el Decreto Supremo N" 057-93PCM y el Decreto Legislativo N" 560, Ley del Poder Ejecutivo; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo lo.- Designar al Ing. MORDAZA Maezono Yamashita, como miembro del Directorio del Fondo Nacional de Compensacion y Desarrollo Social - FONCODES. Articulo 2".- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de la Presidencia. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA PANDOLFI ARBULU Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Presidencia 14657

Aceptan donaciones que seran destinadas a la poblacion afectada por el Fenomeno El MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL No 154-98-PCM MORDAZA, ll de diciembre de 1998

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