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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE DICIEMBRE DEL AÑO 1998 (20/12/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 20

(38 mm.) de abertura de malla, en el ámbito de litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas costeras; Que mediante Resolución Ministerial N” 284-98-PE de fecha 8 de junio de 1998, se otorgo permiso de pesca a la empresa WORLD BUSSINES TRADING S.A. para operar la embarcación pesquera “ANTICA-B”, con Matrícula N” CE-1863-PM, de 212.11 m3 de capacidad de bodega. con sistema de preservación a bordo R.S.W., la cual será dedi- cada a la extracción de los recursos hidrobiológicos ancho- veta y sardina para destinarlos al consumo humano directo e indirecto, en el ámbito del litoral cinco (5) millas costeras,eruano y fuera de las utilizan o redes de cerco conx longitud de abertura de malla de % pulgada I 13 mm. 1 y 1% pulgada (38 mm. 1 según corresponda; Que mediante el escrito del visto PESQUERA AUS- TRAL S.A., solicita la integración de derechos mediante un solo acto administrativo que integre la autorización de mcremento de flota y los permisos de pesca otorgados mediante Resoluciones Ministeriales Ns. 315-97-PE y 284- 98-PE y la Resolución Directoral N” 233-97.PEiDNE mo- dificada por la Resolución Ministerial N” 457-98-PE respec- tivamente, a fin de ampliar la autorización de incremento de flota antes citada, respecto a la embarcación pesquera actualmente denominada “SIMON” (ex Proyecto 981, la misma que cuenta con una carga neta de pescado 326.95 m3! para dedicarla a la extracción de los recursos hidrobio- lomcos anchoveta, sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo e indirecto; Que de la evaluacion efectuada a los documentos pre- sentados por PESQUERA AUSTRAL S.A., se desprende que ha cumplido con los requisitos exigidos en el Procedi- miento N” 10 correspondiente a la Dirección Nacional de Extracción del Texto Unico de Procedimientos Administra- tivos del Ministerio de Pesquería, aprobado por Decreto Supremo N” 001.98-PE. así como con lo dispuesto por la Resolucion Ministerial N” 156-98.PE, presentando para sustituir igual volumen de capacidad de bodega a las embarcaciones pesqueras operativas “ANTICA-BI’, “HAR- MONY’ y “KATICA”, cuyos permisos de pesca fueron otor- gados a través de la Resolución Ministerial N” 284-98-PE y de la Resolución Directoral N” 233-97-PEINE modificada por la Resolución Ministerial N’ 457-98-PE, siendo las citadas embarcaciones de propiedad de la empresa WORLD BUSSINES TRADING S.A., quien la aporta a la asociación en participación constituida con PESQUERA AUSTRAL S.A., la cual es considerada como asociante y asimismo solicita que el derecho administrativo de autorización de incremento de flota sea otorgado a favor de esta última; Que, asimismo, las embarcaciones pesqueras “ANTI- CA-B”, “HARMONY” y “KATICA”. las mismas que cuentan con 159.08 m3, 168.8 m3 y 150 m3 de carga efectiva respectivamente, serán sustituidas por la embarcación pes- quera denominada “SIMON” de 435.93 m3 de volumen de bodega y 326.95 m3 de carga efectiva, quedando un exce- dente de 150.93 m3 de carga efectiva a favor de PESQUERA AUSTRAL S.A.; Que considerando que la embarcación pesquera “SIMON” tiene acceso a los recursos jurel y caballa para consumo humano directo, la ampliación del destino al consumo humano indirecto no implicaría que se efectúe mayor esfuerzo pesque- ro sobre los citados recursos autorizados; Estando a lo informado por la Dirección de Administra- ción y Control Pesquero y con la visación de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad a lo establecido en el Artículo 43” inciso br numeral 3) de la Ley General de Pesca; y, En uso de las atribuciones conferidas mediante el De- creto Supremo N’ OlO-97-PE y la Resolución Ministerial N” 505.98-PE; SE RESUELVE: Artículo l”.- Modificar el Artículo 1” de la Resolución Ministerial N” 31597-PE respecto a la embarcación pes- quera denominado posteriormente “SIMON” (ex Proyecto 98). el mismo que tendrá el siguiente texto: “Artículo 1”.- Autorizar a PESQUERA AUSTRAL S.A., el incremento de flota vía sustitución de igual capacidad de bodega con una embarcación pesquera denominada “SI- MONI’, de 435.93 m3 de capacidad de bodega, con sistema de preservación R.S.W., y 326.95 m3 de carga efectiva, para la extracción de los recursos hidrobiológicos anchoveta, sardi- na, jurel y caballa con destino al consumo humano directo e indirecto. utilizando redes de cerco de ! í pulgada I 13 mm.) y 1% pulgada (38 mm.1 de tamaño de abertura de malla, según corresponda.” Artículo 2”.- Reservar el derecho a solicitar autoriza- ción de incremento de flota a PESQUERA AUSTRAL S.A.,-respecto a 150.93 m3 de carga efectiva para acceder a los recursos hidrobiológicos anchoveta, sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo e indirecto, como consecuencia del exceso del aporte de las embarcaciones pesqueras denominadas “ANTICA-BI’,. “KATICA” y “HAR- MONY”, presentadas para ser sustiturdas por la embarca- ción pesquera denominada “SIMON”. Artículo 3”.- Modificar el numeral 78, del Anexo II, Autorizaciones de Incremento de Flota, de la Resolución Ministerial N” 500-98-PE, entendiéndose que la embar- cación pesquera denominada “SIMON” de PESQUERA AUSTRAL tendrá acceso a los recursos anchoveta, sardi- na, jurel y caballa con destino al consumo humano directo e indirecto. Articulo 4”.-Excluir a las embarcaciones operativas “ANTICA-B”, “HARMONY” y “KATICA” de Matrículas N’k. CE-1863-PM, CE-1862-PM y CE-1865PM respectivamen- te, del Anexo de la Resolución Ministerial N” 781-97-PE y del Anexo III de la Resolución Ministerial N” 501-98-PE, pudiendo operar hasta que la embarcación pesquera “SI- MON”, se encuentre en condiciones de efectuar faenas de pesca. Artículo 5”.- Transcribir la presente Resolución Direc- toral a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS SHIMABUKURO MIYASATO Director Nacional de Extracción 14897 AGRICULTURA Declaran la caducidad de procedimien- to sobre denuncio de tierras eriazas ubicadas en el distrito de Ocoña, pro- vincia de Camaná RESOLUCION MINISTERIAL N=’ 9670-98-AG Lima, 16 de diciembre de 1998 VISTOS: Los recursos de apelación interpuestos por don Víctor Caciano Quille Condo y don Edmundo Pompeo Paredes Granda y doña Haydee Nieto Sejuro de Paredes, contra la Resolución Directoral N” 0045-97-MAG-DRAA-PETT.OAJ, de 9 de abril de 1997, expedida por la Dirección Regional Agraria de la Región Arequipa. CONSIDERANDO: Que mediante escrito de 16 de julio de 1993, de fojas 01, doña Marcelina Cruces Cruces solicitó con fines de irriga- ción la adjudicación de 21.19 ha. de terrenos eriazos ubica- dos en el Sector Chiguay, del distrito de Ocoña, provincia de Camaná, departamento de Arequipa, denuncio que deno- minó “Nueva Es eranza”. Que por Resokción Directoral N” 0045-97-MAG-DRAA- PETT.OAJ, la Direccion Regional Agraria de la Región Arequipa, entre otros extremos, incorporó al dominio del Estado la mencionada superficie, calificó en ella a doña Mareelina Cruces Cruces como beneficiaria con derecho a convertirse en propietaria y se lo adjudicó a título oneroso, otorgándosele el Título de Propiedad N” OO68712 de 2 de julio de 1997, de fojas 416; Que por su escrito de 4 de diciembre de 1997, de fojas 126, don Edmundo Pompeo Paredes Granda y doña Haydee Nieto Sejuro de Paredes interponen recurso de aelación contra la precitada resolución, manifestando que e Pdenun- cio debió ser declarado caduco conforme al Decreto Supremo N” OlO-97-AG, por haber presentado los estudios de inver- sión económica después del 18 de julio de 1995; Que con Oficio N” 0848-98-MAG-DRAA-PET.CR, de 2 de junio de 1998, la Dirección Regional Agraria de Arequipa remite el escrito de 27 de noviembre de 1997, por el que don Víctor Caciano Quille Condo interpone recurso de apelación contra la resolución glosada señalando que los terrenos denunciados han sido habilitados con fondos públicos de PRONAMACHCS, con la participación del Núcleo Ejecutor