Norma Legal Oficial del día 20 de diciembre del año 1998 (20/12/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

PESQUERIA
Designan Director Regional de Pesquerla del CTAR MORDAZA de MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA N" 092-SS-PE
MORDAZA, 19 de diciembre de 1998 * Vista la terna propuesta por el Presidente Ejecutivo del "Consejo Transitorio de Administracion Regional de MORDAZA de MORDAZA - CTAR MORDAZA de MORDAZA, mediante el Oficio N" 446DS-CTAR-MDDIPE para ocupar el cargo de Director Regio,nal de Pesqueria de la Region MORDAZA de Dios; fa I ' CONSIDERANDO: :: Que por mandato de la Ley N" 26922, se crea el Consejo Transitorio de Administracion Regional de MORDAZA de MORDAZA *CTAR MORDAZA de MORDAZA, comprendiendose a partir del 1 de MORDAZA de 1998, en el ambito de su competencia ala Direccion Regional de Pesqueria MORDAZA de MORDAZA por disposicion del Decreto de Urgencia N' 030.98; Que de conformidad con lo dispuesto por los Articulos 30" y 32" del Organigrama Estructural y el Reglamento de Organizacion y Funciones de los Consejos Transitorios de Administracion Regional, aprobado por Decreto Supremo N" OlO-98-PRES, de fecha 30 de MORDAZA de 1998, las Direcciones Regionales de Pesqueria tienen relacion tecnico normativa con el Ministerio de Pesqueria y se constituyen en organos desconcentrados del CTAR correspondiente: Que es necesario designar al funcionario que ocupe el cargo de Director Regional de Pesqueria del CTAR MORDAZA de Dios; De conformidad con el Decreto Ley N"25513 y el Decreto : Ley N" 560; y, <. Estando a lo acorado: SE RESUELVE: CY MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de confianza de Director Regional de Pesqueria del CTAR MORDAZA de Dios. Registrese, comuniquese y publiquese Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MEIER MORDAZA Ministro de Pesqueria

Que mediante escrito de fecha 1 de setiembre de 1997, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA ECA nresento sus (lescargos a la infraccion imputada, con lo que' hizo uso de m derecho de defensa en esta etapa del MORDAZA, siendo los 1 nismos evaluados por la Comision de Sanciones en la jesion correspondiente, concluyendose que los argumentos xue los fundamentan, no desvirtuan su responsabilidad en a comision del ilicito denunciado; En uso de las facultades conferidas por el Articulo 192" le1 Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por 3ecreto Supremo N" Ol-94-PE, en concordancia con el decreto Supremo N' 004-96-PE; Estando a lo acordado en el Acta de la Comision de Sanciones N" 022-98-PEKS de fecha 10 de MORDAZA de 1998; SE RESUELVE:

Articulo lo.- Sancionar al senor MORDAZA MORDAZA ?ERICHE ECA, armador propietario de la embarcacion lesquera "MI HERNANCITO" de matricula en tramite,.con nulta ascendente a cuatro (41 Unidades Impositivas Tribu,arias (UIT) por haber infringido lo dispuesto en el inciso ll le1 Articulo 76" de la Ley General de Pesca y en considera:ion a la cantidad de recurso extraido. Articulo 2".- Para los fines de determinar el monto de a multa impuesta, se tomara en consideracion la Unidad :mpositiva Tributaria KJIT) que este vigente al momento de lacerse efectivo el pago de la misma, conforme a lo estipuado en el Articulo 193" del Reglamento de la Ley General le Pesca. Articulo 3".- El importe de la multa impuesta debera ser abonado en el Banco de MORDAZA, Cuenta Corriente N" OO)44-107-0018-57 MINISTERIO DE PESQUERIA, debienlo acreditar el corres endiente deposito ante la Comision e le Sanciones, dentro B los quince ( 15) dias habiles siguien.es a la fecha de publicada o notificada la presente resolu:ion o de acuerdo a las facilidades de pago que el titular de a sancion opte por escoger conforme a lo dispuesto en los Articulos 2" y 5" de la Resolucion Ministerial N" 228-98-PE, :aso contrario, de no existir impugnacion en tramite, se 1xocedera a iniciar el cobro coactivo de la deuda.
Registrese y comuniquese. MORDAZA INURRITEGUI MORDAZA Presidente (el de la Comision de Sanciones MORDAZA MORDAZA MORDAZA Miembro Deliberante de la Comision de Sanciones MORDAZA MORDAZA MORDAZA Miembro Deliberante de la Comision de Sanciones 14895

Articulo Unico.- Designar al ingeniero pesquero PER-

14925

Sancionan con multa a armador por infringir lo dispuesto en la Ley General de Pesca
RESOLUCION COMISION DE SANCIONES N" 222-SS-PEICS
MORDAZA, 14 de MORDAZA de 1998 Visto el Dictamen N" 164-98.PE/CS-ST del 9 de junio de 1998, emitido por la Secretaria Tecnica de la Comision de Sanciones. CONSIDERANDO: Que el Articulo 77" de la Ley General de Pesca, promulgada por Decreto Ley N" 25977, establece que constituye infraccion toda accion u omision que contravenga o incumpla alguna de las normas contenidas cn dicha ley, su reglamento o demas disposiciones sobre la materia; Que de las investigaciones efectuadas, se ha determinado que con fecha 29 de agosto de 1997, en la localidad de Bayovar, se detecto que la embarcacion pesquera "MI HERNANCITO" con matricula en tramite, propiedad del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA ECA, extrajo el recurso hidrobiologico caballa, sin contar con permiso de pesca, ni haber iniciado el tramite para la obtencion de tal derecho, infringiendo de esta forma lo dispuesto en el inciso 1) del Articulo 76' de la Ley General de Pesca;

Declaran improcedente solicitud de licencia de operacion para congelado de productos hidrobiologicos presentada por empresa
RESOLUCION DIRECTORAL W 231-98-PE/DNPP
MORDAZA, 17 de diciembre de 1998 Visto los escritos con Registros NS. 012975,05736,06775, 10249 y 0078097 de fechas 18 de noviembre de 1996,12 y 30 de MORDAZA y 8 de agosto de 1997,18 de MORDAZA y 2 de junio de 1998, presentados por PRODUCTOS DE LOS ANDES S.A. CONSIDERANDO: Que por Resolucion Ministerial N" 315-96-PE de fecha 7 de junio de 1996, se otorgo autorizacion a PRODUCTOS DE LOS ANDES S.A. para la instalacion de un establecimiento industrial pesquero para desarrollar la actividad de congelado de productos hidrobiologicos con una capacidad proyectada de 6 ffdia, en su establecimiento industrial pesquero ubicado en la Av. MORDAZA Mz. T2, lote N" 16 U.B. N"02, MORDAZA Noroeste de la MORDAZA de Casma, provincia de Casma, departamento de Ancash; Que el Articulo 4" del Decreto Supremo N" OOl-98-PE de fecha 15 de enero de 1998, establece que los procedimientos administrativos en tramite deberan adecuarse a las dispo-

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