Norma Legal Oficial del día 03 de enero del año 1998 (03/01/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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como: el incumplimiento de las Normas de la MORDAZA Admmistrativa, negligencia en el desempeno funcional y utilizacion de los recursos de la entidad para beneficio de terceros. Que, los cargos que se les imputa al MORDAZA suspendido y a los ex funcionarios, consisten en haber participado en el mes de MORDAZA de 1996 en la adquisicion de la impresion de 8,000 cuadernos de control municipal, abonandose la suma de treinta y dos mil ciento veintiseis yOO/lOO Nuevos Soles (S/. 32,126.OO) utilizandose procedimientos y actos irregulares en abierta transgresion al Reglamento Unico de Adquisiciones (RIJA), monto resultante sobrevalorado en un exceso de veintitres mil trescientos veintiseis y OO/100 Nuevos Soles (S/. 23,326.OO) por existir en el MORDAZA ordinario precios promedios hasta por el impcrte de ocho mil ochocientos Nuevos Soles (S/. 8,800.00), con las mismas caracteristicas tecnicas y cantidades. Que, para lograr el proposito, se utilizaron de las tres cotizaciones, proformas fraudulentas, siendo unade ellas referente a la cotizacion de la imprenta de Servicios de Impresiones Los Andes, de propiedad de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, afirmando no corresponder su proforma, el logotipo, el formulario, el sello, ni su firma, para favorecer a la imprenta beneficiada Editorial La Portada E.I.R.Ltda. quien finalmente resulto una empresa inexistente al comprobarse no tener domicilio social conocido, ademas las tres imprentas participantes no se encontraron inscritas en el Registro de Proveedores de la Municipalidad, contraviniendo el Art. 1.6.1. del RUA y Directiva W OOl-93-INAP/`DNA, igualmente dicha impresion y adquisicion no obedecio a una programacion de la Unidad de Personal y Logistica, evidenci&dose la transgresion del Art. 45.4 del RUA. Que, los hechos imputados participaron el procesado, el ex Director de Administracion Tributaria, senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien requirio el pedido de conformidad de Servicio No 7844 del 24 de MORDAZA de 96, y Orden de Servicio N" 10263 del 26.Abri1.96, de la necesidad de la impresion, el ex Director de Administracion de Recursos, Ing. MORDAZA MORDAZA BARREDO, quien refrendo el requerimiento, solicitando al area de Abastecimiento el pedido, el ex Jefe de Unidad de Personal y Logistica, senor MORDAZA SIPAN MORDAZA, quien recibio la documentacionylaejecuto,sinobservanciaalgunayelsuspendido MORDAZA MORDAZA KANASHIRO YWAMOTO, quien teniendo conocimiento de los hechos no efectuo ninguna observacion del procedimiento, compra, ni adopto acciones correctivas. Que, los procesados, don MORDAZA KANASHIRO YWAMOTO, Ing. MORDAZA MORDAZA BARREDO, Sr. MORDAZA SIPAN MORDAZA, no obstante encontrarse debidamente notificados la Resolucion de Alcaldia N" 1584-97-TAEAIMDSMP, mediante publicacion en el Diario Oficial El Peruano, que se les instaura MORDAZA administrativo disciplinario por los cargos que aparecen en su parte considerativa no presentaron sus descargos de defensa dentro del termino de ley a efectos de desvirtuar las imputaciones, por ante los miembros de la Comision Especial, quedando firme y plenamente acreditado la Comisibn de las Faltas Administrativas Disciplinarias invocadas, incurridas por los procesados y en consecuencia les devienen en responsabilidades. Que, el procesado Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Director de Administracion Tributaria en su descargo presentado de fecha 19 diciembre de 1997 p concedido el plazo por cinco dias como prorroga en forma excepcional, se verifica que en sus fundamentos expuestos, carecen de sustento legal y prueba documental que desvirtuen las imputaciones vertidas en su contra. Que, con respecto al fundamento del procesado arriba indicado, en el Poder Judicial se encuentra en MORDAZA de investigacion sobre este tapico materia del presente MORDAZA administrativo, el cual resulta innecesario por encontrarse dentro del MORDAZA judicial; esta consideracion carece de asidero legal, porque el MORDAZA disciplinario instaurado al procesado conlleva a la verificacion si los

MORDAZA, sabado 3 de enero de 1998

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actos administrativos imputados constituyen faltas de caracter administrativo disciplinario, sancionados y establecidos por los Articulos 21" y 28" Numerales a, d y f del D. Leg. N" 276 "Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones de Sector Publico" y su Reglamento aprobado por D.S. N" 00590-PCM, MORDAZA que no se contrapone ni resulta incompatible con el MORDAZA penal aperturado, porque en esa instancia jurisdiccional se verificara si los mismos hechos, constituyen delito, previsto en el Codigo Penal, conllevando a una sancion de pena privativa de la MORDAZA y pago de reparacion civil,sancion que resulta diferente ala sancion administrativa. Que, por las consideraciones vertidas por el procesado, arriba mencionado, se desprende que en nada enervan los cargos que se le responsabilizan, comprendiendo ademas a los primeros procesados, siendo que el MORDAZA suspendido y el Ing. MORDAZA MORDAZA Bar-redo, como titular y Administrador de los recursos economicos, no cautelaron el Patrimonio Municipal haciendo un mal uso al permitir el pago en exceso y sobrevalorado hasta por la suma de SI. 23,326.OO Nuevos Soles por la impresion de 8,000 cuadernos de control municipal, transgrediendo el Reglamento Unico de Adquisiones y festinando tramites y documentos para favorecer a la imprenta Editorial la Portada E.I.R.Ltda. transgrediendo sus obligaciones como funcionarios establecidos en la Ley Organica de Municipalidades y el D. Leg. No 276 y su Reglamento, extendiendose al procesado Sr. MORDAZA Sipan MORDAZA, ex Jefe de la unidad de Personal y Logistica, asi como el procesado el Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Director de Administracion Tributaria, quienes no observaron estos hechos y participaron de los mismos. Que, par las consideraciones MORDAZA expuestas y de conformidad con lo dispuesto por el inciso "d" del Art. 26" del D. Leg. N"276yArt. 155"Numeral"d"delD.S. N"OO5OO-PCM y Art. 1" de la Ley N" 26488 y con las recomendaciones vertidas por la Comision Espacial de Procesos Administrativos Disciplinarios Permanente y en uso de las facultades que le confiere el Art 47"de Ley Organica de hlunicipalidades N" 23853. SE RESUELVE: Articulo Primero.- Imponer a partir de la fecha la sancion de DESTITUCION al MORDAZA suspendido MORDAZA KANASHIRO YWAMOTO, al Ing. MORDAZA MORDAZA BARREDO, ex Director de Administracion de Recursos, al Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Director de Administracion Tributaria y Sr. MORDAZA SIPAN MORDAZA, ex Jefe de Personal y Logistica, de acuerdo a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo Segundo.- El personal destituido por la presente resolucion no podran ejercer funciones en el Sector Publico durante el termino de cinco arios, de acuerdo a lo dispuesto por el Art.. 1" de la Ley N" 26488. Articulo Tercero.- Transcribir la presente Resolucion a la Presidencia del Consejo de Ministros, Contraloria General de la Republica, al MORDAZA Nacional de Elecciones y demas Instituciones del Estado para los fines de Ley. Articulo Cuarto.- Encargar el cumplimiento de la presente resolucion a la Direccion Municipal, Direccion de Asesoria Juridica quien ejercera las acciones legales pertinentes que lo amerite. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA DAR10 MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Encargado de la Alcadia 0034

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