TEXTO PAGINA: 14
Municipales, el cumplimiento de la presente Ordenanza y, a la Unidad de Imagen Institucional la publicación y difusión de la misma. Artículo Sexto.- La presente Ordenanza entrará. en vigencia al día siguiente de su publicación. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. CARLOS SALAZAR BERAUN Alcalde Aprueban Plan de Acción y Presupues- tò de la Municipalidad para el añõ 1998 ACUERDO DE CONCEJO WO61.97.MPL Pueblo Libre, 27 de diciembre de 1997 Visto, en Sesión Ordinaria de la fecha, el Informe de la Oficina de Planificación, Presupuesto y Racionalización; donde se consigna el Proyecto del Plan de Acción Munici- pal 1998 y el Presupuesto de Ingresos y Egresos del Pliego 29 Municipalidad Distrital de Pueblo Libre, ascendente a S/. 14’500,000.00/100 Nuevos Soles; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con lo dispuesto en los Artículos di” y 5” de la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado, le corresponde a la Dirección Nacional de Presupuesto Pú- blico, en su condición de más alta autoridad técnico nor- mativa del Sistema de Gestión Presupuestaria del Eata- do; dirigir el proceso presupuestario de las diversas Enti- dades del Sector Público, entre las que se encuentran los Gobiernos Locales; Que, la Dirección Nacional de Presupuesto Público, ha aprobado mediante Resolución Directoral N” 036-97-EF/ 76.01,laDirectivaNo005-97-EF/76.01,aplicablealproce- so presupuestario de los Gobiernos Locales para 1998; De conformidad con lo prescrito en el Art. 23” de la Ley N-26703 - Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y en concordancia con lo dispuesto en los Artículos lo”, 36”~ 47” de la Ley Orgánica de Municipalidades N” 23853 y por MAYORIA SE ACORDO: Artículo Primero.- Aprobar el Plan de Acción Muni- cipal 1998, de la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre. Artículo Segundo.- Aprobar el Presupuesto de In- gresos y Egresos del Pliego 29 Municipalidad Distritail de Pueblo Libre, ascendente a S/. 14’500,000.00/100 Nuevos Soles, para el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 1998.Aprueban tasa por estacionamiento vehicular en playas del distrito ORDENANZAN” 010.97.MDSA San Antonio, 2 de diciembre de 1997 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN ANTONIO - CAÑETE CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido por la Consti- tución Política del Estado, las Municipalidades están facultadas para aprobar sus propios tributos de acuerdo a Ley. Que, el Decreto Legislativo N” 776 en su Artículo 60”, dispone que las Municipalidades crean, modifican y supri- men contribuciones o tasas de acuerdo a Ley. Que, el Artículo 193” de la Constitución Política del Estado establece que las Municipalidades aprueban sus tributos mediante Ordenanzas. Que, el inciso “d”, del Artículo 68” del Decreto Legisla- tivo No 776, dispone que las tasas por estacionamiento de vehículos. son aquellas que debe pagar todo aquel que estacione sus vehículos en zonas comerciales de alta. .Icmculaclon Que, con fecha 31.12.96, la Comisión de Acceso al Mercado de Indecopi, ha publicado en el Diario Oficial El Peruano, los lineamientos sobre Libre Acceso y Tránsito a las Playas; por lo que, en su numeral 3-A, señala que el cobro por derecho de estacionamiento vehicular, es una facultad de las Municipalidades, siendo el hecho genera- dor de este cobro, el acto de estacionar el vehículo en un lugar de la vía pública especialmente acondicionado para ello y previamente identificado como tal por la autoridad municipal. Que, el Inciso 4) del Artículo 65” de la Lev N” 23853 prevé que son funciones de las Municipalidad& en mate- ria de acondicionamiento territorial, organizar el ámbito de la Municipalidad priorizando y contribuyendo a desa- rrollar en forma racional, la infraestructura básica de apoyo al transporte. Que, en temporada de verano, las playas son visitadas por un sinnúmero de personas, que acuden a la misma en toda clase de vehículos, lo cual genera que la Munici- palidad determine las zonas o áreas adecuadas para otorgar las facilidades motorizadas. Que,siendounservicioelqueotorgalaMunicipalidad, es necesario regular el cobro por derecho de estacio- namiento en forma racional y proporcional por el uso de los bienes de dominio público. Que. en uso de las facultades conferidas nor los Arts. lOy; y ílOo de la Ley Orgánica de Municipalidades N 23853 y Resolución N” 02-96-CAM-INDECOPI. POR CUANTO: Artículo Tercero.- Encargar a la Oficina de Plan& cación, Presupuesto y Racionalización y a la Oficina de Administración, el cumplimiento del presente Acuerdo.El Concejo Mumcipal de San Antonio, en sesión ex- traordinaria de fecha dos de diciembre de un mil nove- cientos noventisiete, por unanimidad ha aprobado la siguiente: Artículo Cuarto.- Encargar a la Oficina de Secreta- ría General, la publicación del presente Acuerdo, en el Diario Oficial El Peruano.ORDENANZA Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.TASA POR DERECHO DE ESTACIONAMIENTO VEHICULAR EN LAS PLAYAS YALILE BELTRAN DE MARTINEZ Alcaldesa 0008Artículo l”..Apruébese las tasas por derecho de estacionamientovehicularenlasplayasdesujurisdicción del distrito de San Antonio, de acuerdo a las siguientes categorías; que deberán ser abonadas al ingresar: