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Lima. miércoles 7 deenero de 1998 Declaran como rígidas para el estacionamiento vehicular y comercio ambulatorio, zonas contiguas a las pla- yas del distrito CAPITAL ARQUEOLOGICA DE LIMA PRIMER DISTRITO TURISTICO Y ECOLOGICO DECRETO DE ALCALDIA No 083~974LC/MDSPL San Pedro de Lurín, 22 de diciembre de 1997 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN PEDRO DE LURIN CONSIDERANDO: Que, estando próxima la temporada de Verano 1998, es necesario dictar pautas que impidan el desorden en zonas contiguas alas playas de nuestra jurisdicción; Que, para tal efecto corresponde declararse Zonas Rígidas no sólo para el estacionamiento vehicular, sino también para el Comercio Ambulatorio; De conformidad con el Art. 47”, Inc. 6) de la Ley N” 23853 u Orgánica de Municipalidades; SE DECRETA: Artículo Primero.- Declarar Zona Rígida para el Estacionamiento Vehicular y Comercio Ambulatorio en todo el Malecón Los Pulpos, Balneario Jahuay - de esta jurisdicción. Artículo Segundo.- Quienes infrinjan lo dispuesto en el artículo precedente se harán acreedores de las sanciones que fija la Ley ylo Disposiciones Municipales vigentes. Artículo Tercero.- Encargara la Dirección de Servi- cios Comunales el estricto cumplimiento de la presente Disposicidn. Regístrese, comuníquese y cúmplase. OSWALDO WEBERHOFERVILDOSO Alcalde 15076 Aprueban convenio suscrito con empresa para la construcción de mó- dulos de servicios, alimentos y bebi- das en playa del distrito CAPITAL ARQUEOLOGICA DE LIMA PRIMER DISTRITO TURISTICO Y ECOLOGICO DECRETO DE ALCALDIA N” 08497ALCiBlDSPLEn uso de las atribuciones conferidas en el Artículo 14” Inc. a) del D. Legislativo N” 776, del Artículo 47” inciso 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades No 23853, y con cargo de dar cuenta al Concejo; San Pedro de Lurín, 23 de diciembre de 1997SE DECRETA: EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN PEDRO DE LURIN CONSIDERANDO: Que, con fecha 23.diciembre.97 se ha suscrito un Convenio de Concesión de derecho de superficie con la empresa Corporación José R. Lindley S.A.; para la cons- trucción de 6 Módulos para expendio de bebidas, alimen- tos y servicios en la playa San Pedro de esta jurisdicción; Que, la Cláusula Sexta del referido Convenio estable- cequedeberáseraprobadomedianteDecretodeAlcaldía; De conformidad con el Art. 47”, Inc. 6) de la Ley N” 23853 u Orgánica de Municipalidades;SE DECRETA: ArtícuIo Primero.- Aprobar el Convenio suscrito con fecha 23.diciembre.97, con la empresa Corporación José R. Lindley S.A. ara la construcción de 6 Módulos de?gexpendio de bebi as, ahmentos y de servicios en la playa San Pedro; de acuerdo a los términos que contiene y que forma parte constitutiva de esta Disposición. Artículo Segundo.- Encargara la Dirección de Desa- rrollo Integral el estricto cumplimiento del presente De- creto, en lo que se refiere a la ejecución de los trabajos materia de Convenio. Regístrese, comuníquese y dése cuenta. OSWALDO WEBERHOFER VILDOSO Alcalde 15082 Prorrogan plazo para que contribuyen- tes puedan acogerse a amnistía tribu- tariayadministrativaotorgadamedian- te la Ordenanza NE 045=97/MVMT DECRETO DE ALCALDIA N”OOl-9WlWVMT Villa María del Triunfo, 6 de enero de 1998 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VILLA MARIA DEL TRIUNFO: CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza N”045-97/MVMT se otorgó AmnistíaTributariayAdministrativacorrespondientes a los años 1993,1994,1995,1996,1997, venciendo el plazo el 2 de enero de 1998; y, Que? es necesario conceder una prórroga en la fecha de vencimiento de dicha Amnistía Tributaria y Administra- tiva a fin que los contribuyentes puedan acogerse a dicho beneficio y cumplan oportunamente con cancelar los adeu- dos de sus obligaciones; Que, el Código Tributario aprobado por Decreto Legis- lativoN0816,estableceensuArtículo29”,quelaAdminis- tración Tributaria podrá porrogar con carácter general el plazo para el pago de la deuda tributaria; Artículo lo.- Prorrogar, el Plazo otorgado mediante Ordenanza N”045-97/MVMT, para acogerse ala Amnistía Tributaria y Administrativa hasta el 15 de enero de 1998. Artículo 2”.- Encargar a la Dirección de Rentas el cumplimiento del presente Decreto. Regístrese, comuníquese y cúmplase. RAFAEL CHACON SAAVEDRA Alcalde 0130