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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE ENERO DEL AÑO 1998 (07/01/1998)

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Lima, miércoles 7 de enero de 1998 am Pág. 156245 7”, 8”, 9” y 10’; del presente dispositivo. Sin perjuicio de la clausura definitiva del establecimiento, según el caso lo amerite. Paraestos casos,.no existe laclausura temporal. Incorpórese al cuadro de infracciones y sanciones admi- nistrativas aprobado en 1997. TITULOV DISPOSICIONTRANSITORIA Artículo Décimo Tercero.- Los expedientes para otorgamiento de Licencia de Funcionamiento, que se encuentren en trámite, deberán adecuarse al presente dispositivo así como a las demás normas que le sean aplicables. Artículo Décimo Cuarto.- Cada establecimiento autorizado deberá llevar un registro de inreso y cese de su personal profesional y la relación de ficho personal será entregado a la Dirección de Servicios Comunales para su respectivo control. Artículo Décimo Quinto.- Los establecimientos que cuenten con autorización Municipal se adecuarán por lo normado en la presente Ordenanza. TITULOVI DISPOSICIONES FINALES Artículo Décimo Sexto.- Encargar el cumplimiento del presente Reglamento a la Dirección de Rentas, Direc- ción de Desarrollo Urbano y Dirección de Seguridad, en cuanto les corresponda. Artículo Décimo Sétimo.- El presente Reglamento entrará en vigencia a partir del día siguiente de la fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase LUISA MARIA CUCULIZA TORRE Alcaldesa 0071 Establecen montos de derechos que deben abonar los propietarios por con- cepto de otorgamiento de licencias de construcción, control y conformidad de obra CAPITAL ARQUEOLOGICA DE LIMA PRIMER DISTRITO TURISTICO Y ECOLOGICO DECRETO DE ALCALDIA WO44-97.ALCMDSPL San Pedro de Lurín, 25 de julio de 1997. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN PEDRO DE LURIN CONSIDERANDO: Que? las Municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia y facultades para crear, modificar y suprimir contribucio- nes, tasas, arbitrios, licencias y derechos munici ales conforme a los Artículos 191” y 192” inciso 3) de la eons- titución Política del Perú; Que, asimismo mediante D. Leg. N” 776 - Ley de Tributación Municipal-se establece la administración de los tributos que constituyen renta de los gobiernos locales y de recaudación óptima;Que, dentro de este marco, es función Municipal, en ateria de acondicionamiento territorial, vivienda y fguridad colectiva, remodelaciones y demoliciones con- rme lo dispone el inciso 1) del Artículo 65” de la Ley rgánica de Municipalidades N” 23853 y las disposicio- 5s contenidas en el Reglamento Nacional de Construc- ones; Que, resulta necesario reajustar los derechos munici- lles que deberarr abonar los propietarios por los conce 1s establecidos para el otorgamiento de Licencias x- e onstrucción, Control y Conformidad de Obra aprobado ir Decreto Supremo N” 2594-MTC; De conformidad con el Art. 47”, Inc 6) de la Ley N” 3853; y con cargo a dar cuenta al Concejo; SE DECRETA: Artículo Unico.- Establecer los mon& de los dere- LOS municipales a que se refieren los Artículos 38” y 39 o $1 Reglamento para el Otorgamiento de Licencias de onstrucción, Control y Conformidad de Obra aprobada ir Decreto Supremo N” 2594-MTC, en los términos guientes: PORCENTAJES DEL VALOR DE OBRA. )Derecho por revisi6n de planos. - Anteproyecto en ccwlta. . Pmyectos. ) Derechos por obten& de LiCXllcia - Licencia de Edificación. _ Licencia de Modificaci6n. - Licencia de De&iiión. -Deterioro de pstas y veredas. -Primer ccnlrot de obra. - Segundo contrd de obra. _ Tercer contrd de obra.BALNEARIOS !DNA INDUBTRIAL PARCELACIONES 0.05 0.10 0.60 0.60 050 OSO 0.15 0.15 0.15CERCADO Y ILREDEDORES 0.05 0.10 0.25 0.25 0.25 0.25 0.10 0.10 0.10 En las zonas de Asentamientos Humanos, Centros oblados ylo con estas características, hasta 100.00 m2 de mstrucción, pagaran el 50% del costo icencia que corresponda a las zonas ur rr el derecho de anas o rústicas. Regístrese, comuníquese y dése cuenta. OSWALDO WEBERHOFER VILDOSO Alcalde 9126 iprueban proyecto de instalación de nódulos de seguridad ciudadana y baraderos en el distrito CAPITAL ARQUEOLOGICA DE LIMA PRIMER DISTRITO TURISTICO Y ECOLOGICO DECRETO DE ALCALDIA NoOS&97-ALCIMDSPL San Pedro de Lurin, 29 de agosto de 1997 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN PEDRO DE LURIN CONSIDERANDO: Que, mediante Informe N” 340-97-DSCMDSPL, la birección de Servicios Comunales 8lantea el requeri- iiento de instalación de Módulos de eguridad y Parade- 3s en el distrito; y que servirá para salvaguardar la itegridad física de las personas dentro de nuestra juris- icción: