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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE ENERO DEL AÑO 1998 (13/01/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 10

Pág. 156386 ti m @:[l~:W:~~~1Lima, martes 13 de enero de 1998 J3 K1 K2K3K4 Ll M1 M2 Kl151014 04 12 21 10 os 121al 1al 1al 1al 1al 1al 1al 1al 1al15 2,844.71 10 1,793.00 14 2,641.00 04 799.00 12 3,680.54 21 3,807.43 10 1,830.92 os 1,683.00 12 2,545.00 TOTAL 459 86,002.46 De la diferencia de 68,926.68 m2, corresponde a Area de Recrea- ción Publica 17,105.37 m2, distribuidos de la siguiente manera: Parque No 1 con 1,700.00 m2, Parque W 2 con 1,537.72 m2, Parque No 3 con 1,793.68 m2, Parque W 4 con 3,570.92 m2, Parque No 5 con 2,310.OO m2, Parque W 6 con 2,283.00 m2 y el Parque W 7 con 3,900.00 m2 el area de Vías Locales es de 51,821.31 m2. l El Lote W 4 de la Mz. “E-4”, con 1,307.50 m2 y el Lote IY” 8 de la Mz. “K-4”, con 1,980.00 m2, constitu uen el Aporte para el Ministerio de Educación y el Lote N” 10 de Pa Mz. “M-l” correspon- de a una Subestación electrica. El Lote N” 10 de la Mz. “M-2’ con í0,626.72 m2, corresponde a Equipamiento Educativo. Articulo Tercero.- El propietario de la Habilitació nueda obligado a insertar en los contratos de com las cláusulas que establezcan la indivisibi P9 raventa que c eebre, idad de los lotes, que estarán destinados a Uso de Vivienda. Articulo Cuarto.- Laublicación de la presente Reso- lución en el Diario Oficial E1 Peruano, estará a cargo de los interesados. Articulo Quinto.- TRANSCRIBASE a los Registros Públicos la presente Resolucion ara la inscripción correspondiente a la Municipalidad Distrit Jde La Molina, para que se incorpore al radio de su jurisdicción a la resente Habilitación que se recepcio- na y a la Superintendencia Racional de Administración Tributa- ria para su conocimiento y fines. Regístrese y comuníquese. JUAN BAUTISTA BARDELLI L. Director Municipal Dirección Municipal de Desarrollo Urbano ...... ........ ........................................................................................................................................................................................................... ...~.............~.~.~.~.....~ ....... .. ..... ,... .. ........................................................... ............................ :.:.:.:.:.,.: .......... ........... . ................ Sancionan con destitución y cese temporal a ex funcionarios de la NII iicipalidad RESOLUCION DE ALCALDIA N“ 517~970MDCH Chorrillos, ll de diciembre de 1997 EL ALCALDE DE CHORRILLOS VISTO: El informe de fecha 25 de noviembre de 1997 de la Comisión Especial de Procesos Administrativos; y, CONSIDERANDO: Que, la Comisión Especial de Procesos Administrativos, de- signada por Resolución de Alcaldía N” 4725-96-MDCH, en su sesión de fecha 24 de noviembre de 1997, se ha pronunciado por la res nsabilidad administrativa de los ex funcionarios JULIO HU&VALDIVIA MELGAR ex Alcalde. ALBERTO CAMA- CHO FERNANDEZ, ex Director Municipal: FROILAN OSORIO CERRON, ex Director de Administración; JORGE ARTEAGA MILLAN, ex Jefe de la Oficina de Asuntos Legales; JUAN CARLOS QUIÑONES PADILLA, ex Director de Administración; LUIS LOVATON SARCO, ex Director de Obras; EMILIO AGUI- LAR CAMACHO, ex Director de Administración; VICTOR AYA- LA MONTES, ex Jefe de la Oficina de Auditoria; MIGUEL YEPEZ SANCHEZ, ex Jefe de Asesoria Legal y HUGO ROJAS POLLERA, ex Jefe de la Oficina de Presueuesto en los cargos imputados por el Informe N° 014-95-CG/R L de la Contraloría General de la República por los Informes, Ns. 005-96-OAI- MDCH 007-96-OAI-MDCH 008-96-OAI-MDCH y 00l-96-OAI- MDCH: a merito de los cuales se instauró proceso administrativo disci MD8linario mediante las Resoluciones de Alcaldia N°s. 4730-96- H, 2562-97-MDCH, 3010-97-MDCH, 3719-97-MDCH y 4404- 97-MDCH, habiendose acumulado los últimos cuatro al primero, r las Resoluciones de Alcaldia N°s. 2979-97-MDCH, 3407-97- CDCH, 4122-97-MDCH y 4528-97-MDCH, respectivamente; en los siguientes terminos:l.- Que, en cuanto a don JULIO HUGO VALDIVIA MEL- GAR, ex Alcalde, la Comisión Especial se pronuncia por su res onsabilidad en las faltas graves d> 81 Art. 28” del Decreto Legislativorevistas en los incisos a) y RO 276 por haber infringido las normas contenidas en los incisos a> y b) del Art. 21” del mismo Decreto Legislativo que establecen las obligaciones de cumplir diligentemente los deberes que impone el servicio público y de salvaguardar los intereses del Estado y emplear austeramente los recursos públicos, a mérito de las siguientes imputaciones del Informe No 014-95-CG: 1. l.- Obtención de Porestamos de la Caja Municipal de Crédito dePular de Lima y del iianca de la Nación, sin la aprobación legal Conce’o Provincial de Lima. (CONCLUSION 4) 1.2.- solicitar un préstamo de S/. 1’300,OOO.OO a la Caja Municipal de Credito Popular de Lima, con el sufragar gastos corrientes, habibndose determina åropósito de préstamo fue utilizado para atender pa oso que dicho conce f;tode sueldos a funcionarios, fde planillas por emp eados, pensionistas, pago e vacaciones, jornales, entre otros, incumpliendo el inciso 12) del Artículo 36” de la Ley W 23853 Ley Orgánica de Munici- palidades. (CONCLUSION 5) 1.3.- Incumplimiento de la obligación de salvaguardar los intereses del Estado en el siniestro de la camioneta marca Chevrolet LUV 4x4 a cargo del Despacho de Alcaldía de la Municipalidad de Chorrillos, ocurrido el domingo 11 de diciem-bre de 1994 a las 22.50 horas, aproximadamente cuando elvehículo era conducido r el chofer del Municipio Sr. PERCY FRANCO ESQUIVEL EVILLANO quien se encontraba en estado de ebriedad. (CONCLUSION ‘11) 1.4.- Haber celebrado, durante los cho contratos y emitido cuatro Reso uciones de Alcaldía (Ws. p”ríodos 1993-1994, diecio- 2110,1137,1419 y 1433-UPER-MDCH, sobre servicios no perso- nales, sin la participación de la Unidad de Abastecimientos, contraviniendo los Articulos 1.1.3, incisos b) y c> y 2.3.2., inciso e) del Reglamento Unico de Adquisiciones aprobado por D.S. No 065-85-PCM. (CONCLUSION 12) 1.5.- Haber efectuado, en los períodos 1993-199495 contratos de personal ( contravinien rr servicios personales de empleados y obreros), o la prohibición e “aresacontenida en el Artículo 17”, Item 1, inciso a) de la Ley e Presupuesto para 1993 y el Artículo 39, Item 1 de la Ley de Presupuesto para 1994. (CON- CLUSION 13) 1.6.- Haber pagado, durante los meses de marzo y abril de 1993 y febrero a mayo de 1994; a los señoresRegidores, 1.5 RMV (S/. 108.00) por sesión, por conce to de dietas, incumpliendo el Articulo 1” inciso c> del D.S. r$062~92-PCM y agando la cantidad de S/. 24,898.50 en exceso. (CONCLUSIOP814.3) 1.7.- Haberse determinado que ocho funcionarios y once Regidores no han presentado su Declaración Jurada de Bienes yRentas, contraviniendo el Artículo 41” de la Constitución Política, concordante con el Artículo 22“ del Decreto Legislativo N” 276 y el Artículo 130“ del D.S. W 005-SO-PCM, así como la Ley No 24801 y el D.S. No 138-88-PCM. (CONCLUSION 16) 1.8.: Haber DIVIAMELGA!?rcibido el ex Alcalde CPC JULIO HUGO VAL- ren ast de quinta categoría por el ejercicio de su profesión en la actividad privada, así como remuneraciones mensuales en el Municipio en su calidad de Alcalde, habiéndose establecido que en el 8”ríodo de enero de 1994 a enero de 1995, ha cobrado la suma e S/. 69,440.42; contraviniendo el Artículo 22” de la Ley N” 23853 Ley Orgánica de Municipalidades modificatoria Ley No 26317, incurriendo en responsabilida Crsu ad- ministrativa por haber autorizado dichos pagos, inobservando lo dispuesto en los numerales 8 y 9 del Artículo 47” de la Ley N 23853 e incumpliendo sus obligaciones establecidas por los inci- sos a) b) del Artículo 21” del Decreto Legislativo W 276. (CONCEUSION 17) 1.9.- Haber efectuado la Municipalidad, en el período de noviembre de 1993 a diciembre de 1994, 9610 tres pagos al Instituto Peruano de Seguridad Social, por conce Pto de aporta- ciones Crr Prestaciones de Salud, Sistema Naciona de Pensiones y Accientes de Trabajo, a pesar de haber efectuado las retencio- nes correspondientes a los trabajadores de la Municipalidad. En consecuencia, adeuda al IPSS el importe de s/. 716,593.09, sin incluir moras, multas e intereses; contraviniendo de esta manera el Artículo 3r de la Ley No 24876 Ley General del Instituto Peruano de Seguridad Social y el Artículo 2 1” del Reglamento del Decreto Ley W 19990, relativo al Sistema Nacional de Pensiones. (CONCLUSION 21) l.lO.- Contravenir el Artículo 34” del Decreto Ley N” 25897, que crea el Sistema Privado de Pensiones, al adeudar la Munici- palidad, por los períodos comprendido entre octubre y diciembre de 1993 y entre julio y diciembre de 1994, la suma de S/. 129,075.82, sin considerar los intereses y recargos pertinentes. (CONCLUSION 22) l.ll.- Adeudar la Municipalidad de Chorrillos al Fondo Na- cional de la Vivienda, por el período comprendido entre setiem- bre de 1993 y diciembre de 1994, la suma de S/. 424,328.14, sin considerar los intereses y recargos pertinentes, a pesar de haber- se efectuado las retenciones correspondientes a los trabajadores. En consecuencia, se ha infringido el Artículo 12” del Decreto Ley No 22591, Ley de Creación del Fondo Nacional de la Vivienda e incumplido los Artículos 28”, 29”,30” 32” del D.S. W 113-79-EF (Normas Reglamentarias para la Ap ricación de las Contribucio- nes establecidas en el Decreto Ley W 22591). GONCLUSION 23) 1.12.- No verificar la inscripción de la empresa ECO SERVI- CE S.R.L., contratista de la obra “Remodelación del Parque de los Ninos” y la de los otros postore s ZODIACO SERVICE S.A. y