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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE ENERO DEL AÑO 1998 (13/01/1998)

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Pág. 156378 a-0 mmNd:jfla Lima, martes 13 de enero de 1998 SE RESUELVE: Articulo lo.- Dar por concluido el proceso de romoción de la inversiónprivada aque serefiereelDecretoLeg~s ativoW674en3 La Papelera Peruana S.A. Artículo 2”.- Dar por concluido el encargo encomendado a 10s miembros de la Junta Liquidadora que 11~6 acabo el roceso de Disolución y Liquidación de La Papelera Peruana S. AI., señores Gonzalo Cisneros Vizquerra Dando Munarriz Canales y Jos6 Carlos Klauer San Roman, dkndoles las gracias por los servicios prestados. Artículo 3”.- La presente Resolución Suprema será refren- dada or el Presidente del Consejo de Ministros, por el Ministro de In cf .ustria, Turismo, Integración y Ne ociaciones Comerciales Internacionales y por el Ministro de Tra &.ajo y Promoción Socia1 Regístrese, comuniquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Const,itucional de la República ALBERTO PANDOLFI ARBULU Presidente del Consejo de Ministros GUSTAVO CAILLAUX ZAZZALI Ministro de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales JORGE GONZALEZ IZQUIERDO Ministro de Trabajo y Promoci6n Swal 0367 Autorizan viaje del presidente del co- mité especial de MINERO PERU a Ca- nadá, México y EE.UU., en comisión de servicios JXESOLUCION SUPItEMA W 009OS-PCM Lima, 12 de enero de 1998 CONSIDERANDO: Que, entre loe días 10 y 16 de enero de 1998 se llevará acabo en las ciudades de Calgary, en Alberta, Canadá; Tam Bay Mulbe- rry, en Estados Unidos de Norteamérica, y en ciuds de MBxico, México, el Road Shaw para promover el proceso de promoción de la inversión privada de los yacimientos de los fosfatos y salmue- rsa de Bayóvar; Que,, por Acuerdo de In Comisi6n de Promoción de la Inver- sión Privada - COPRI, adoptado en su sesión de fecha 16 de diciembre de 1997, se autori& al Presidente del Comité Especial de MINERO PERU. encargado del proceso de romocibn de la inversión privada mencionado en el consideran 6”o anterior, asis- tir a dicho evento; Que, mediante Acuerdo adoptado en la sesión de fecha 14 de octubre de 1997, la Comisión de Promocián de la Inversión Privada - COPRI ha dispuesto que los viajes al exterior vincula- dos con el proceso a que se refiere el Decreto Legislativo W 674, que realicen los miembros de la Direccián Ejecutiva de la COPRI 1;de los Comités Especiaies, deber& ser ratificados mediante esoluci6n Suprema; De conformidad con lo dis uesto por el Decreto Supremo N” 163-81-EF Decreto Supremo%’ 03l-8%EF y Decreto Supremo N” 13590-PCM v el Acuerdo de la Comisión de Promoci6n de la Inversión Privada - COPRI referido en el considerando anterior; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo Io.- Ratificar el Acuerdo ado de Promoci6n de la Inversión Privada - C8tado por la Comisión PR1 conforme al cual se autoriza el viaje del señor Jorge Rawamura Antich, Presidente del Comité Especial de la emresa Minera del Perú S.A. -MINE- RO PERU a las ciudades de 8algary, en Alberta, Canada; Tampa Mulberry, en Estados Unidos de Norteamérica, y en ciudad detéxmo, México, entre los días IO y 16 de enero de 1998, a fin de participar al evento al que se refiere el primer considerando de la presente Resolución. Artículo 2”.- Los gastos que ocasione el viaje de la persona antes mencionada, se efectuarán con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora 002, Dirección Administrativa de COPRI, del pliego 012 del Ministerio de Trabajo y Promocion Social, de acuerdo con el siguiente detalle: Sr. Jorge Kawamura Antich - Pasajes - Viáticos - Tarifa CORPAC :1’Articulo 3s- La presente Res&mión no otorga derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros, cualesquiera fuese su denominacibn o clase. Arth~lo 4”.- La presente Resoluci6n Suprema será refren- dada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Trabajo y Promoción Social. Registrese, comuníquese y publiquese Rúbrica de1 Ing. Alberta Fu‘imori Presidente Constitucional de la República ALBERTO PANDOLFI ARBULU Presidente del Consejo de Ministros JORGE CONZALEZ IZQUIERDO Ministro de Trabajo y Promoci6n Social 0368 Aprueban normas para el roceso de adecuación de uníversída 8es a lo dís- puesto en disposición transitoria de Ley de Promoción de la Inversión en la DECRETO SUPREMO N” OOI-OS-ED EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo N” 882 “Ley de Promoción de la Inversión en la Educaci6n”, establece en su Tercera Disposición Transitoria que las entidades promotoras de las universidades particulares que cuenten con autorización de íiancionamiento i-irovisional, otorgada de conformidad con la Ley W 26439, o que, abiendo sido creadas por Ley, se encuentren en proceso de organizaci6n, de conformidad con el Artículo 7” de la Ley W 23733, así como lae demas universidades particulares, podrán adecuarse a 10 dispuesto en el referido dispositivo; Que, es necesario dictar las normas para regular la referida adecuación de las universidades particulares de conformidad con lo disuesto en la Tercera Disposición Final del Decreto Legisla- tivo IfQ882 “Ley de Promocibn de la Inversión en la Educación”; En uso de las atribuciones ue le confiere el inciso 8) del Artículo 118” de la Constitución 8 ‘.ohtxa del Perú y de conformi- dad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N” 560, Ley del Poder Ejecutivo; DECRETA: ArtfcuIo lo.- APRIJEBASE el Reglamento que establece las Normas para el Proceso de Adecuación de Universidades confor- me a lo dispuesto en la Tercera Dis sición Transitoria del$ Decreto Legislativo N” 882, cuyo texto orma parte de1 presente Decreto Supremo y consta de once (lli Artículos y cuatro (4~ Disposiciones Finales. Articulo g.- El presente Decreto Supremo entrarA en vi en- cia al dio siguiente de su publicacibn en el Diario Oficia El 3 Peruano y será refrendado por el Ministro de Educaci6n y el Miniet.ro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los nueve días del mes de enero de mil novacientos noventa y ocho. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República DOMINGO PALERMO CABREJOS Ministro de Educación JORGE CAMET DICKMANN Ministro de Economía y Finanzas NORMAS PAR4 EL PROCESO DE ADECUACION DE UNIVERSIDADES TERCERA DISF’OSICION TRANSITORIA DECRFX’O LEGISLATIVO No 682 Articulo lo.- El presente Re lamento establece las normas que deben cumplir las universida åes que soliciten al CONAFU su adecuación alo dispuesto en el Decreto Legislativo N” 882, Ley de Promoci6n de la Inversión en la Educación, e involucran todos los aspectos presentes en el Ca ítulo 1 de esta Ley. Estas normas se dictan en cumpiimiento de o dispuesto en el segundo párrafo deP la Tercera Disposición Transitoria de la Ley.