TEXTO PAGINA: 16
Lima, martes 13 de enero de 1998 1. Colocar mecheros o señales luminosas permanentes, mien- tras que dure la ejecución de las obras, de manera ue haga visible el Brea de trabajo a una distancia no menor de 38metros. 2. Mantener la señalización adecuada en el brea materia de las obras. debiendo permanecer instaladas (apoyos de concreto, letreros 0 avisos fosforescentes y reflectantes; cintas amarillas. comos fosforescentes u otros). 3. Restituir dentro del plazo máximo estipulado en la autori- zación respectiva toda la infraestructura urbana y breas verdes que de vean afectadas por la ejecución de las obras. 4. Mantener las señales preventivas durante la ejecución de los trabajos v señales resctrictivas en los casos de clausura de circulación indicando vías alternas al transito. 5. Restituir dentro del plazo máximo estipulado en la autori- zación respectiva, toda infraestructura urbana y breas verdes que se vean afectadas por la ejecución de las obras. 6. La restitución de la infraestructura urbana y breas verdes deberá realizarse con materiales y acabados y especies respecti- vamente de la misma o mejor calidad que las encontradae origi- nalmente; en los casos en que se afecte directamente al flujo del tránsito vehicular, la pista y el flujo vehicular deberá ser restitui- do en un plazo máximo de 48 horas de iniciada la interrupción; en los demás casos el plazo máximo de restitución será de 48 horas de iniciada la obra en el tramo afectado. Para el caso de áreas verdes (césped y especies arbóreas), deberán entregarse en situa- ción estable (conformidad de la División de Par 7. Las reposiciones serán de responsabilid a8uea y Jardines). sohdaria entre el ejecutor y el supervisor de la obra, hasta e l período de duración ue indique la vida útil de la obra afectada 1ésta será no menor e tres (3) anos despuéa de recepcionadaa. de la conformidad, deberán remitir copia laboratorio de los testigos ensayados. En loe casos de restituciónde breas verdes. ésta no ser4 recepcionada hasta que consiga una total consolidación. 3. Recoger el desmonte mveniente de las obras dentro del plazo de cuarentiocho (481 Roras de acumulado, y eliminar el material excedente dentro de las setentidós (721 horas de culmi- nada la obra. 9. Queda terminantemente prohibida la pre cla sobre pistas, veredas y breas verdes .Cuansaración de mez- o no sea posible este requisito, se exigir8 que la superficie utilizada sea lavada y dejada tal como se encontró. Además deberán disrner ,de los materiales y equipos de manera tal que permita la ibre circula- ci6n y seguro tránsito. CAPITULO VI DE LAS INFRACCIONEX Y SANCIONES Artículo V.- Constituyen infracciones co* 8us respectivas canciones las siguientes: 1. Por no restituir la infraestructura urbana (pista) dentro de las 24 horas de detectada la infracción. (Por díacalendario y por metro cuadrado). 2% UIT 2. Por no restituir la infraestructura urbana (vereda, sardinel y brea8 verdea) dentro de las 43 horas de detectada la infracción. (Por día calendario y por metro cuadrado). 0.5% UIT 3. Por no presentar al representantemunicipal la autorización oficial para la obra en el momento que 8e requirió. (Por cada vez) 2% UIT 4. Por ejecutar obras en la vía ública sin la respectiva Autorización I&nicipal “Paralización y restitución Inmediata”. - (Por metro cuadrado) PISTA 5% UIT VEREDA 2% UIT AREA VERDE 1% UIT 5. Por realizar una deficiente restitución del brea efectada por los trabajos en la vía oública “Rest~tucih--r- Inadecuada”. (Por metro cuadrado) PISTA 1% UIT VEREDA 0.5% UIT AREA VERDE SARDINEL (MI,) x2 Ei; 6. Por instalar mobiliario ylo elementos urbanos permanentes sin autorizaci6n municipal CRetiro Inmediato”. (Por elemento y por día) 5% UIT 7. Por no recoger yío eliminar de la vía pública el desmonte proveniente de la obra, dentro de las 48 horas de acumulado. “Retiro Inmediato”. (Por metro cuadrado por dial 0.5% UIT 3. Por no recoger y/o retirar de la vfa pública el material excedente de laobra! dentro de las 72 horae de culminada la mlama. Se consideran paralizaciones de más de 72 horas. “Retiro Inmediato”. (Por metro cuadrado y por día) 9. Por no colocar aerialización rnniciente y adecuada en el brea de trabajo. (Por día y por lugar necesario). 10. Por no comunicar con anticipación sobre las obras autorizadas a los vecinos afectados. sismnre aue manifiesten maleátar por lai mismas. (Por medio afectado).0.5% UIT 1% UIT 0.54) UIT ll. Por ckear daííos a terceros, al no haberse tornado todas las precauciones necesarias por las obras ejecutadas en la vía pública. (Según la magnitud del daño). CAPITULO VII0.54~ IJIT DISPOSICIONESFINALES PRmera.- Deróguese cualquier otra norma que se opo.ngs a la presente Ordenanza. Segunda.-La resente Ordenanza entraráenvigencia aldía siguiente de su puf. .,hcacion en el Diario Oficial El Peruanr~. Regístrese, comuníquese y archívese. CARLOS ACHO MEGO Alcalde 0363 Disponen realización de evaluacionesperiódicas al personal nombrado quelabora en la municipalidad RESOLUCION DE ALCALDIA No 039-98 Carmen de la Legua, 8 de enero de 1998 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDADDISTRITAL DE CARMEN DE LALEGUA - REYNOSO CONSIDERANDO:Que, es necesario valorare1 conjuntode actitudes. aptitudes, rendimiento y comportamiento social del trabajador en el cumpli- miento de sus funciones en términos de oportunidad, calidad, cantidad de loa bienes, servicios productivos y armonía laboral; Que, el Art. 132” del D.S. N” 005-90-PCM, preceptúa que los funcionarios y servidores permanentes, deberfin aplicar, actuali- zar y trasmitir las tknicas, normas y los procedimientos inheren- tes a la función que desempeñan; Que, el co mortamiento laboral de los trabajadores de la Administración t*ubhca, eerá evaluado permanentemente a fin de efectuar o proporcionar las acciones de personal que pudiera corresponder a cada caso; Que, esta Entidad Edil requiere contar con personal idóneo para el logro de loa objetivos institucionales programados; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultaden conferidas por la Ley N” 23353, Orgánica de Municipalidadee; SE RESUELVE: A+ículo Primero.- Disponer la realización de Evaluaa:ipnes griddrcaa, alcp” istrrtal deraonal nombrado que labora en la Municipahdad armen de la Legua - Reynoso, correspondiente al aiio 1998. Artículo Segundo.- Encar ar a la Dirección Municipal, Oficina de Administración y Um3ad de Pereonal, el cumpli mien- to de lo dispuesto en la presente Resolución. Registrese, comuníquese y cúmplase JUIJdeDE DIOS GAVILANO RAMIREZ 0343