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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE ENERO DEL AÑO 1998 (16/01/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 7

Lima, viernes 16 de enero de 1998 am P&& 156471 sión Permanente de Procesos Administrativos Discipli- narios; Que, analizados los actuados se desprende que el referido servidor ha incurrido en inasistencias, los días 28 de mayo, 23 de junio, 18 de julio, 1, 2, 18, 19 y 22 de setiembre; asimismo, no ha cumplido con los servicios de guardianía que le correspondía realizar los días, domingo 31 de agosto, sábado 20 y domingo 21 de setiembre del presente año, tal como aparece en los partes diarios de asistencia; Que, de igual modo, se le atribuye desacatar las órde- nes de sus superiores y el incumplimiento del Acta de Compromiso que había suscrito con fecha 10 de octubre de 1996, para mejorar su desempeño laboral; Que, los hechos expuestos configuran presuntas faltas administrativas disciplinarias, previstas en los incisos a), b), d) y k) del Artículo 28” de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobado por Decreto Legislativo N” 276, por lo que existe mérito para instaurar proceso administrativo disciplina- rio contra el indicado servidor; Estando a lo opinado por la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios mediante Infor- me Preliminar N” 005/97-CPAD-ME; y, De conformidad con el Decreto Ley N” 25762, modifi- cado por Ley No 26510, Decretos Supremos Nos. 51-95-ED y 002-96-ED y Resolución Ministerial N” 316-95ED; SE RESUELVE: Artículo Primero.- INSTAURAR Proceso Adminis- trativo Disciplinario a don Arturo LEON VILLANUEVA, trabajador de servicio II, del Colegio N” 31749 “José María Arguedas” de La Oroya, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo Segundo.- CONCEDER al citado servidor el plazo de cinco (5) días hábiles, contados a notificación y/o PY- de la ublicación de la presente reso ucion en el Diario Oficial E Peruano, a fin de que presente su descar- ao por escrito v las pruebas que estime conveniente para Su defensa. - - Artículo Tercero.- REMITIR los antecedentes a la Comisiónde Procesos Administrativos Disciplinarios para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. VICTOR SHIGUIYAMA KOBASHIGAWA Secretario General 0497. Autorizan provisionalmente el funcio- namiento de institutos superiores particulares en los departamentos de Ica, Puno, Lambayeque y Cusco RESOLUCION MINISTERIAL N” 436.97-ED Lima, 30 de diciembre de 1997 Visto, el Expediente N” 14758.96, que forma arte de los antecedentes de la presente resolución, mebante el cual se solicita la autorización de funcionamiento del Instituto Superior Particular “COMPUTER MASTER”; CONSIDERANDO: Que, es política del Estado incentivar y Participación del Sector Privado en favor del Crromover la esarrollo de a educación; Que, la documentación presentada por el pro ietario y las evaluaciones y verificaciones efectuadas, &mues- tran que procede autorizar al Instituto Superior Particu- lar “COMPUTER MASTER”, para atender la demanda de formación técnica en el área solicitada; Que, de conformidad con el primer párrafo de la Primera Disposición Complementaria y Transitoria del Decreto Supremo N” 004.97.ED, Reglamento de Autori- zación de Funcionamiento de Institutos y Eluelas Supe- riores Particulares, ias “solicitudes presentadas con ante- rioridad a la entrada en vigencia del presente Reglamento y que hayan cumplido con los requisitos vigentes a su1 1 1 4 1 , t 1 ; 1 4 1 1 1 1 1 1 ,presentación, podrán obtener autorización de funciona- miento rovunonal por un período de un año contado a partir e la publicación del a plazo durante el cual deben a Brimer padrón del REEA, ecuarse a lo establecido en este Re~1amen.t.o”; Con a o imon favorable emitida a través del Informe N” 156CE&I’-97 la visación de la Dirección Nacional le Educación Secundaria y Superior Tecnológica y de la Dficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley N” 23384, Le General de Educación; Decreto Ley N” 25762, modifica Bo por Ley No 26510, Ley Orgánica del Ministeno de Educación; Decre- to Legislativo No 882, Le de Promoción de la Inversión en la Educación; Decretos Qupremos Nos. 051.95.ED y 002- 96.ED, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación y el Decreto Supremo No 004.97. ED, Reglamento de Autorización de Funcionamiento de institutos y Escuelas Superiores Particulares; SE RESUELVE: Artículo lo.- AUTORIZAR provisionalmente, por eiperíodo de un año,, contado a partir del día si ublicación del pnmer padrón del Registro e ”riente de la e Entidades speciahzadas Autorizadas, el funcionamiento del Insti- tuto Superior Particular “COMPUTER MASTER”, ubica- do en la urbanización Santo Domingo de Guzmãn 5ta. Etapa L-2 No 5, distrito, provincia y departamento de Ica, Región Los Libertadores-Wari; Artículo 2”.- AUTORIZAR al Instituto Superior Par- ticular “COMPUTER MASTER”, a desarrollar los estu- dios conducentes al otorgamiento del Tftulo de: - Profesional Técnico en Computación e Informática A partir del 1 Semestre Académico de 1998, en dos turnos y con una meta de cuarenta (40) alumnos por cada turno. Artículo 39. Los estudios conducentes al titulo autori- zado tienen una duración de seis (6) Semestres,Académi- cos. Artículo 4”.- RECONOCER a don Jhon Dario GUI- LLEN BENDEZU como propietario y a doña Consuelo Salvinia GUILLEN BENDEZU como Directora del mencionado Instituto. Artículo 6”.- REGISTRESE rovisionalmente al Ins- tituto Superior Particular “COM sUTER MASTER” en el Registro de Institutos de Educación Superior. Regístrese y comuníquese. DOMINGO PALERMO CABREJOS Ministro de Educación 0604 RESOLUCION MINISTERLU No 437.97.ED Lima, 30 de diciembre de 1997 Visto, el Expediente N” 7-09949-94, que forma parte de los antecedentes de la presente resolución, mediante el cual se solicita la autorización de funcionamiento del Instituto de Educación Superior Particular “PERUANO CANADIENSE”; CONSIDERANDO: Que, es política del Estado incentivar y Participación del Sector Privado en favor del Crromover la esarrollo de a educación; Que, la documentación presentada por la pro ietaria y las evaluaciones y verificaciones efectuadas, &mues- tran que procede autorizar al Instituto de Educación Superior Particular “PERUANO CANADIENSE”, para atender la demanda de formación técnica en el área solicitada; Que, de conformidad con el primer parrafo de la Pnmera Disposición Complementaria y Transitoria del Decreto Supremo No 004.97-ED, Reglamento de Autori- zación de Funcionamiento de Institutos y Escuelas Supe- riores Particulares, las “solicitudes presentadas con ante- rioridad ala entrada en vigencia del presente Reglamento y que hayan cumplido con los requisitos vi entes a su presentación, podran obtener autorización e funciona-d miento provisional por un período de un afro contado a