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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE ENERO DEL AÑO 1998 (16/01/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 15

Lima, viernes 16 de enero de 1998 am(j#lJ Pág. 156479 que la hacen inejecutable, como son las irregularidades en las notificaciones debidas, por lo que considera que se le recortó el derecho a interponer dentro del plazo de Ley los recursos respectivos; Que, de los documentos que obran en autos, se acredi- ta que la firma BECONGESA fue notificada del contenido de la Resolución N” 311-PKND-IPD-97 dentro de las formalidades dispuestas en el Artículo 82” de% Decreto Supremo N” 02-94-JUS. a través de la Carta Notarial N” 6127. y dirigida al Director de dicha Empresa habiendo sido recepcionada el 28 de octubre de 19973 Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Articulo 5.8.3 del Re lamento Unico de Licitaciones y Contratos de Obras Pu hcas - RULCOP el plazo para la interposición del -6. Recurso de Apelación contra el acto administrativo que declara rescindido administrativamente el contrato es de 48 horas, aiendo para el caso que nos ocupa ue la fecha de vencimiento de dicho plazo era el día 31 9e octubre del mismo afro, apreciándose que el Recurso de Apelación interpuesto fue presentado el día 4 de noviembre de 1997. por lo que resulta extemporáneo; Estando a lo opinado por la Oficina de Apoyo Legal en el Informe N” OOl-98-PROMUDEH/OAL; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legs- lativo N” 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Legisla- tivo N” 866 - Ley de Organización y Funciones del Minis- terio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano, modificado por el Decreto Legislativo N” 893 y su Regla- mento aprobado por Decreto Supremo N” OOl-97-PRO- MUDEH, el Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo N” 02-94-JUS modificado por la Ley N” 26810, y el Reglamento Unico de Licitaciones y Contra- tos de Obras Públicas -RULCOP- aprobado por Decreto Supremo N” 034-80-W; SE RESUELVE: Artículo lo.- Declarar improcedente por extem neo, el Recurso de Apelación interpuesto por la IrmaPorá- Belén Contratistas Generales S.A. - BECONGESA, con- tralaResc~luciónN”311-P/CND-IPD-97,porlosfundamen- tos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolüción. Artículo 2”.- Remitir copia de la presente Resolución al Instituto Peruano del Deporte y a la firma interesada para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. MIRIAM SCHENONE ORDINOLA Ministra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano 0481 Aceptan donación destinada al Pro- yecto “Asistencia Alimentaria a Niños Preescolares y de Educación Primaria en Areas Rurales” RESOLUCION PRESIDENCIAL N” 004-SS-PRONAAB’ Lima, 12 de enero de 1998 VISTA: La propuesta de la Oficina de Planificación y Presu- puesto, formulada mediante Memorándum N” 780-97- PRONAAIOPP, de fecha 10 de diciembre de 1997; y, CONSIDERANDO, Que, el Programa Mundial de Alimentos de las Nacio- nes Unidas - PMA mediante Carta N” 355PMA-97. hace de conocimiento al Programa Nacional de Aslstencla Alimentaria - PRONAA la entrega en exceso de 5.82 Tm. de trigo arribadas en el Vapor “Otean Jade” al puerto del Callao, para su MonetizaciOn en el Marco del Proyecto PER-4808; Que, el 13 de junio de 1968 se suscribe el Acuerdo Básico entre el Gobierno del Perú y el Programa Mundialde Alimentos de las Naciones Unidas. sobre asistencia del Programa Mundial de Alimentos; Que, en el marco del referido Acuerdo Básico con fecha 25 de Julio de 1995 el Programa Mundial de Alimentos de las Naciones Unidas - PMA y el Gobierno del Perú suscri- bieron el Plan de Operaciones para ejecutar el Proyecto “Asistencia Alimentarla a Niños Preescolares y de Educa- ción Primaria en Areas Rurales” PER-4808; Que, mediante Decreto Ley N” 21942 se establece que las mercancías donadas provenientes del extranjero, con- signadas, entre otros, a Instituciones y Organismos Públi- cos, asi como las donadas por concepto de Cooperación Técnica Internacional y las consignadas a Instituciones Privadas debidamente acreditadas en sus respectivos sectores, orlentadas a fines asistenclales o educacionales en forma gratuita, gozarán de tratamiento preferencial en eí Despacho por las Aduanas de la República estarán libres de pago de derechos específicos y adiciona Kes conso- lidados en el Arancel de Aduanas, no siendo requisito para estos casos, la expedición de Resolución Liberatoria, ni Licencia Previa de Importación; Que, mediante Resolución Presidencial N” 124-97- PRONW de fecha 5 de agosto de 1997 se acepta la donación de lo,,012 Tm. de trigo procedente del Programa Mundial de Ahmentos para su Monetización en. el marco de los Proyectos “Apoyo Integrado al Sector Urbano Marginal” PER-4512 y “Asistencia Alimentaria a Niños Preescolares y de Educación Primaria en Areas Rurales” PER-4808 que se vienen ejecutando en el país: Que, mediante Carta de los Superintendentes de la Nave “Internationnl Inspection Services Ltd.” dirigida al Programa Mundial de Alimentos se comunica que, el PRONAA ha recibido un total de 10.017.82 Tm., es decir, 5.82 Tm. de trigo más de lo manifestado en los conocimien- tos de embarque; hecho que también es advertido por ENAPU Perú S.A. a través de los Expedientes N”s. 847111 y 847112, donde consigna la descarga de las 5.82 Tm. en exceso: Que, de conformidad con lo dispuesto or el Artículo 40” del Reglamento de la Ley General de A Buanss aproba- do por Decreto Supremo N” 121-96-EF. en concordancia con lo regulado por el Artículo 3.5.5 del hIanua1 del Procedimiento Automatizado del Manifiesto aprobado por Resolución de Intendencia Nacional N” OO1855 del 11 de Julio de 1997, ADUANAS, cuando se trate de carga de gran volumen 0 a granel, aceptará automáticamente un margen de tolerancia de hasta cmco por ciento (5%) de diferencia en el peso recibido, respecto al peso declarado en el Manifiesto, no requiriéndose solicitud de rectifka- ción. ni considerándose tal hecbo como una infracción administrativa pasible de sanclones. Que, en consecuencia resulta necesario formalizar la aceptación de la donación de la cantidad de 5.82 Tm. de tngo recibidas en exceso, provenientes del Programa Mundial de Alimentos para el Proyecto “Asistencia Ali- mentaria a Niños Preescolares y de Educación Primaria en Areas Rurales” PER-4808, las cuales arribaron en el Vapor “Otean Jade”: Con las visaciones de la Oficina de Planikacrón y Presupuesto Gerencia de Recursos Alimentarios. Geren- cia de Operaciones, Oficina de Asesoría Jurídica y de la Gerencia General; p. De conformidad a lo establwdo en el Decreto Legisla- two N” 719, Decreto Ley N” 21942, Decreto Ley N” 25774, Decretos Supremos N”s. 127-Sl-PCM y 020-92-PCM, Re- solución Suprema N” 508-93-PCM, Resolución de Contra- loría N” 038-95CG y, Resolución Ministerial N” 111-97- PROMUDEH, y; estando a las facultades conferidas al Presidente del Consejo Directivo en el inciso 1) del Artícu- lo 19” del Reglamento de Organización y Funciones de PRONAA, aprobado por Resolución Ministerial N” 142- 93-PRES; SE RESUELVE: Artículo l”.- Aceptar en vía de regulanzación, la donación procedente del Programa Mundial de Alimentos de las Naciones TJmdns, consistente en: PUERTO CALLAC PR00UC10 TnqoBULTOS TONELADAS TONELADAS VALOR VALOR BRUTAS NETAS FOB USS CIF US$ Ci!,,,l 5 82 5 R2 1.089 lkl *.2562e